El pajarito de Twitter por su boca muere

blogeditor · 30 de junio de 2021

El pajarito de Twitter por su boca muere

En 1894, la importante cadena de tiendas inglesa W. H. Smith & Son (hoy sólo WHSmith) se rehusó a distribuir una novela (Esther Waters, de George Moore) por considerarla “ofensiva”. Ante ello, el célebre escritor Sir Arthur Conan Doyle publicó su opinión al respecto, declarando que al tratarse de un gran monopolio (tanto que “La exclusión de sus quioscos y librerías significa que la obra se vuelve inaccesible, al menos para el público rural”) la distribuidora era “prácticamente una institución pública, algo demasiado grande como para regirse por el capricho o la intolerancia personal” 1. Aunque esta anécdota parezca no estar relacionada con lo que sigue, pido se la recuerde pacientemente.

En los últimos tiempos hemos atestiguado intentos de regular el contenido que se difunde en redes sociales (que, por cierto, no es lo mismo que regular a las mismas redes), manifestado tanto en intentos de legislación en varios países, incluido el nuestro, como en cambios de las reglas de cada plataforma. Este súbito interés se incrementó después de que el pasado 6 de enero una inmensa turba de seguidores de Donald Trump invadió de forma violenta el capitolio de Washington DC, para impedir que se ratificara oficialmente la victoria electoral de Joe Biden; sin ahondar en más detalles, baste recordar que los “insurrectos” avanzaban con intenciones abiertamente asesinas (específicamente contra Mike Pence y Nancy Pelosi) y que el incidente dejó tras de sí cinco muertos y varios heridos. Dado que fue el propio Trump, famoso por hacer política en redes, quien instigó esta rebelión indefendible, Twitter tomó la medida “extrema” de cancelar la cuenta del entonces todavía presidente, seguido por otras plataformas.

Se volvió innegable que el discurso de odio del magnate y su influencia pública ya son demasiado peligrosos; sin embargo, también hay que tomar en cuenta que los miembros del improvisado ejército, conformado por una variedad de grupos de ultraderecha, demuestran un sesgo ideológico y político extremo influenciado por fenómenos del mundo virtual, tales como QAnon. Esto confirma, al margen del fenómeno Trump en específico, que las ilimitadas posibilidades de difusión en las redes sociales las han vuelto un caldo de cultivo para posverdades, mensajes de odio y teorías conspirativas, en parte por su algorítmica tendencia a crearnos “realidades individualizadas”. Desde hace mucho se ha hablado de cómo su funcionamiento favorece el radicalismo y el odio.

En este contexto, se ha puesto sobre la mesa una cuestión problemática: ¿Tienen las redes sociales derecho a censurar a sus usuarios? ¿Se debe aplicar semejante control sobre su supuesta “libertad de expresión”, en vista de consecuencias como las mencionadas? ¿Con qué criterios se deberá hacer, para no cruzar la línea de lo aceptable dentro del marco de los derechos y libertades? ¿A quién corresponde establecer los límites, a las mismas redes (es decir, a las empresas que las manejan), al Estado o a organismos independientes? ¿Cuáles son los alcances y cuáles las limitaciones de cada uno?

Aquí es importante señalar la existencia de organismos semi-externos dedicados a estos temas, como la Junta de Supervisión Independiente de Facebook, que actualmente debate sobre la cancelación de la cuenta de Trump 2. La susodicha dice actuar fuera de intereses políticos y económicos específicos y guiarse, únicamente, por estándares del derecho internacional. Una idea que sin duda se antoja acertada, pero sobre la que, a mi parecer, todavía se podrían señalar un par de detalles.

A nadie le gusta la perspectiva de ser censurado. Aunque a la luz de los hechos suena sensato hacer algo para frenar la propagación de noticias falsas e incitaciones a la violencia, ello parece ir en contra de la libertad de expresión, y ponernos selectivos con la misma podría sentar un precedente peligrosísimo. Por otra parte, las distintas formulaciones que se han hecho de la libertad de expresión (que, como todas, debe tener límites) preceden al mundo virtual y aún más a la evidencia de sus consecuencias. En otras, palabras, el problema quizás requiera renovar la idea del Derecho a la Libre Expresión tal cual lo conocemos. Al definir la tolerancia, André Comte-Sponville afirma: “No está prohibido prohibir, pero no debe prohibirse lo que debe ser protegido (…) o lo que se podría combatir, sin peligro para la libertad, sin necesidad de prohibirlo” 3; y añade que los límites deben ser los del Estado de Derecho. Siguiendo este planteamiento, el problema central sería cómo reconocer dichos límites en este caso particular.

Por un lado, una iniciativa desde el Estado despierta el temor de que cada gobierno y/o partido ejerza la censura en el mundo virtual en aras del poder, el control y la propaganda, e incluso la use como excusa para espiar a los usuarios; una preocupación parcialmente realista, parcialmente paranoica y totalmente favorecida por la aún dominante ideología neoliberal, que desconfía por completo de los políticos y confía demasiado en los empresarios (en México tenemos el agravante de que la discusión en el poder legislativo parece haberse reducido a “llevar la contra” pase lo que pase). Por el otro lado, ante la idea de permitir que sean los encargados de las redes quienes se ocupen del asunto se renueva el razonamiento de fondo tras la citada crítica de Conan Doyle, vigente a más de un siglo de que éste la formulara: un poder tan grande no puede ni debe estar sujeto a los criterios y preferencias individuales, intereses personales o negocios privados, aunque se trate de empresas libres.

Así las cosas, para mostrar cierto nivel de censura directa sobre el contenido de las redes, mi opinión es la siguiente: la regulación pertinente debe obedecer a un absoluto legislado, en efecto, por el Estado, pero establecido a partir de criterios imparciales que salgan de una discusión de Ética y Derecho, como las que afirma defender la Junta Independiente mencionada hace algunos párrafos. Un organismo como ese podría contribuir a redactar los lineamientos de la regulación Estatal, en vez de alejarse suspicazmente de los legisladores.

Sin embargo, y sobre todo, tales cambios deben tomar en cuenta que hay soluciones más sencillas: como he sugerido anteriormente, deberíamos desertar lo más posible de las redes sociales y a la vez restringir y vigilar la creación de nueva tecnología, sea del tipo que sea. También suena sensato replantear y cambiar las cosas desde su mismo diseño, como sugiere Tristan Harris. Regular el contenido de redes y plataformas no es, en mi opinión, tan importante ni tan efectivo como regular y reformar a las mismas redes y plataformas. Antes de pensar cómo evitar que Twitter como lo conocemos tenga consecuencias negativas, habría que preguntarse si no es mejor desecharlo, reinventarlo y reemplazarlo.

En cualquier caso, es evidente que este tipo de control debe basarse en un debate multidisciplinario y especializado dentro de la biopolítica, y no, como señaló hace tanto tiempo el doctor Doyle, “por el capricho o la intolerancia personal”.

* Rodrigo Ruiz Spitalier es Licenciado en Letras Hispánicas por la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM y actualmente trabaja en el área editorial del Programa Universitario de Bioética. También ha sido colaborador para varias revistas literarias digitales.

 

Las opiniones publicadas en este blog son responsabilidad únicamente de sus autores. No expresan una opinión de consenso de los seminarios ni tampoco una posición institucional del PUB-UNAM. Todo comentario, réplica o crítica es bienvenido.

 

 

 

1 Arthur Conan Doyle, “Esther Waters y las Librerías” (Carta en el periódico The Daily Chronicle, 1 de mayo de 1894), en Mis libros: Ensayos sobre lectura y escritura, Traducción de Jon Bilbao, Páginas de Espuma, México, 2018, pp. 291-292.

2 Entrevista a Catalina Botero, El Universal, Año 104, N° 37,715, 21 de febrero de 2021, p. 15.

3 André Comte-Sponville, Diccionario filosófico, Paidós, Barcelona, 2005, p. 522.