El Fondo de víctimas en Guanajuato

blogeditor · 15 de agosto de 2021

El Fondo de víctimas en Guanajuato

A finales de 2020, el Grupo Parlamentario del PAN en el Congreso de Guanajuato presentó una iniciativa “a efecto de adicionar los artículos 154 bis y 154 ter a la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato”, con la intención de armonizar este ordenamiento con la Ley General de Víctimas. En febrero de este año solicitaron observaciones a los Colectivos de familias de personas desaparecidas vía correo electrónico y después de 7 meses la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que dictamina la iniciativa, convocó a una mesa de trabajo con las autoridades involucradas SIN la presencia de las víctimas.

La diputada Reyna Morales, suplente de la actual Secretaria de Gobierno, Libia García, no conoce el proceso de más de un año que las familias de personas desaparecidas han tenido en Guanajuato para participar en las Leyes que les involucran. En dicho proceso, que puede ser considerado modelo en términos del avance legislativo para las familias y en la capacidad de propuesta que éstas lograron, se solicitó la discusión bajo el formato de Parlamento Abierto, establecido en la Constitución local, que se concretara en una metodología para la revisión de la iniciativa que estuviera adaptada a las necesidades de las víctimas. En lugar de avanzar en el camino recorrido, el Congreso organiza una mesa sólo con autoridades incumpliendo el principio de participación y sentando un mal precedente para el cierre de esta legislatura.

Dicha mesa se llevó a cabo el 04 de agosto, duró sólo 30 minutos y tanto la Procuraduría Derechos Humanos como la Fiscalía se dedicaron a señalar que no era necesario realizar el añadido de los dos artículos señalados. La propia Secretaría de Gobierno señaló lo mismo: básicamente, que ya la Ley de Víctimas local incluye los contenidos de la Ley General de Víctimas por lo que esta iniciativa no es necesaria.

Pero ¿qué dice la iniciativa? Que el Fondo estatal de atención integral a víctimas debe calcularse utilizando una fórmula que tome en cuenta lo establecido en el artículo 157 Ter de la Ley General de Víctimas (La suma de las asignaciones anuales que cada entidad federativa aporte a su respectivo Fondo estatal será igual al 50 % de los recursos que se autoricen a la Comisión Ejecutiva en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio de que se trate). Considerando esta fórmula, el resultado es de más de $18,228,135.11 (dieciocho millones doscientos veintiocho mil ciento treinta y cinco pesos 11/00) para el presente ejercicio fiscal.

La discusión central, más allá de la cuestión técnico–legislativa sobre la necesidad de la reforma o el número de referencias que deben hacerse a la LGV en la ley local, es que de aprobarse la iniciativa duplicaría el Fondo actual de 15 millones de pesos, para sumar más de 33 millones de pesos al cierre de 2021.

Durante la citada mesa, la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas (CEAIV) señaló la necesidad de ampliar el Fondo ya que el actual puede ser insuficiente. Y tiene razón, ya que hasta ahora ha concentrado su acción en las familias de las personas desaparecidas, sobre todo en apoyo y asistencia, pero no se ha comenzado a otorgar reparaciones integrales de forma sistemática, ni tampoco se ha tenido contacto con víctimas de otras violaciones a derechos humanos como las familias víctimas indirectas de los más de 10 mil homicidios dolosos del gobierno de Diego Sinhué Rodríguez Vallejo. Esa es la envergadura del reto de la CEAIV en el estado más violento del país.

La verdadera voluntad política del Gobierno de Guanajuato para atender las necesidades de las víctimas actuales, ya no digamos de evitar que se acumulen más, debería reflejarse en el presupuesto del Fondo de atención y reparación integral; además, por supuesto, de fortalecer el presupuesto operativo de una comisión, ya que con menos de un año de su puesta en marcha, el área de primer contacto empieza a estar rebasada y saturada por la carga de trabajo; además, la CEAIV no tiene Órgano Interno de Control y no hay una ruta para crearla. Urge fortalecer ambos presupuestos.

Lo que no dicen estas autoridades es que la manera en la que actualmente se conforma el Fondo estatal (según el artículo 129 de la Ley local) no está armonizada con la Ley General de Víctimas (artículo 132, inciso II), específicamente en lo que corresponde a “el producto de la enajenación de los bienes que sean decomisados en los procedimientos penales, en la proporción que corresponda, una vez que se haya cubierto la compensación, en los términos establecidos en el Código Federal de Procedimientos Penales o en la legislación respectiva”. Es decir, La LGV indica que un recurso que le corresponde a la CEAIV lo está usando la Fiscalía, incumpliendo el espíritu de la LGV.

Por supuesto que la Fiscalía puede tener su Fondo de atención a víctimas del delito, pero el producto de enajenaciones de los bienes decomisados en los procedimientos penales deben ser asignados a la Comisión de Víctimas y no a la Fiscalía. Esta es una reforma necesaria también relativa al Fondo y las instituciones alineadas a la Secretaría de Gobierno no lo dicen.

* Raymundo Sandoval (@ray_sandoval) es defensor de derechos humanos.