blogeditor · 16 de diciembre de 2013
Por: Luis Carlos Ugalde (@LCUgalde)
El presidente del PRD anunció la semana pasada el arranque de la estrategia 15-15 para mantener acciones en defensa del petróleo: “La lucha por la defensa del sector energético […] terminará hasta el 2015 con la Consulta Popular, cuando se venga abajo su proyecto privatizador”. Varios actores destacados, entre ellos Daniel Giménez Cacho, Eugenio Derbez y Demián Bichir lanzaron una campaña denominada “El Grito Más Fuerte” para exigir una consulta popular en 2015 en contra de la reforma. Cuauhtémoc Cárdenas ha dicho que todavía puede revertirse la privatización de Pemex: “Tenemos que echar mano de todos los recursos que la Constitución nos ofrece, tenemos que agotar las vías jurídicas”.
El problema es que la Cámara de Diputados aprobó la semana pasada una iniciativa de Ley Federal de Consulta Popular que no contempla revocaciones ni tampoco consultas para reformas constitucionales, sino solo legales. Llama la atención que el PRD haya votado mayoritariamente a favor de una ley que no contempla una vía para revocar la reforma energética. ¿Por qué se aprueba una ley que impide consultas para revocaciones constitucionales, pero en el discurso se dice lo contrario? ¿Se trata de un engaño? ¿Es una forma de generar expectativas para despresurizar el momento político? ¿O se aprobó una ley sin el análisis sereno y profundo?
Cuatro razones que impiden una consulta revocatoria:
Hay un argumento esgrimido de que la consulta no procede en el caso de la reforma energética, porque según el artículo 35 de la Constitución no pueden ser objeto de consulta popular “los ingresos y gastos del Estado”. Sin embargo, la reforma en cuestión trasciende lo fiscal y es mucho más que eso. Por eso desde mi punto de vista ése no es un argumento para bloquear la consulta.
[contextly_sidebar id=”d39085ae53ae382c1b887509effad4e7″]Dice la ley que la trascendencia y constitucionalidad de la materia de las consultas populares serán resueltas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación tratándose de peticiones ciudadanas. De tal forma que aunque no proceda, el PRD insistirá en una consulta revocatoria en 2015 y el asunto llegará a la Suprema Corte, que simple y llanamente dirá que no es procedente, tanto porque no se puede usar para reformas constitucionales como por el hecho de que no procede para revocar decisiones ya adoptadas por el Congreso. Como sus resoluciones son definitivas e inatacables, los peticionarios acudirán a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y a otras instancias internacionales.
Aunque estoy a favor de la reforma energética recién aprobada, soy empático con quienes se oponen y exigen una consulta popular para expresar su rechazo. Pero me indigna que se generen expectativas que no se pueden cumplir. No se vale que siendo corresponsables del contenido y alcance de la consulta popular, tanto porque participaron en su aprobación en 2012 a nivel constitucional, así como la semana pasada a nivel legal, algunos miembros de las izquierdas convoquen a una consulta que no procede porque algunos de ellos mismos aprobaron dicha modalidad. Si la figura de la consulta popular es limitada en su alcance, ha sido obra de todos los partidos políticos.