El asesinato de Ángel Yael y el observatorio de la Guardia Nacional

blogeditor · 2 de mayo de 2022

El asesinato de Ángel Yael y el observatorio de la Guardia Nacional

No hay evento más grave para una institución armada policial o militar en tareas policiales, que una o uno de sus miembros use la fuerza letal en el ejercicio de sus funciones de manera desproporcionada. Y justo por ser el más grave evento, entonces requiere la mayor rendición de cuentas posible, lo que quiere decir asegurar las consecuencias y el aprendizaje con altos estándares de transparencia.

El pasado 27 de abril el joven estudiante Ángel Yael habría sido asesinado en Guanajuato por un miembro de la Guardia Nacional. La propia institución emitió un comunicado reconociendo la responsabilidad del uso de la fuerza mediante disparos de arma de fuego, pero luego se informó que un juez federal de control dictó la no vinculación a proceso en contra de quien habría cometido el homicidio. Mientras escribo estas líneas, la Fiscalía General de la República ha informado que interpuso recurso contra esa decisión judicial.

Hablo de asegurar dos tipos de consecuencias: personales e institucionales. En cuanto a lo primero, debe usarse el microscopio del proceso penal para, en su caso, demostrar precisamente la responsabilidad penal bajo las reglas del debido proceso; en cuanto a la segundo, debe usarse un microscopio diferente que, desde una perspectiva sistémica, responda qué falló en cuanto a las herramientas formales que tiene la institución para que la fuerza se utilice bajo los estándares de la Ley Nacional de Uso de la Fuerza: absoluta necesidad, legalidad, prevención, proporcionalidad y rendición de cuentas.

Las consecuencias institucionales se averiguan midiendo la distancia entre las reglas formales del uso de la fuerza y las prácticas de quienes las deben aplicar. Es una indagación que pone la lupa en el ecosistema institucional del uso de la fuerza, de manera que lo que haya hecho la persona presuntamente responsable de un homicidio, debe en este caso explicarse en sus causas institucionales.

Van algunos ejemplos de lo que este enfoque se pregunta: ¿Esa persona estaba adecuadamente capacitada? ¿Contaba con el equipo necesario para graduar su uso de la fuerza (desde la persuasión hasta la muerte)? ¿La persona tenía antecedentes de mala conducta? ¿La institución cuenta con un sistema de alerta temprana para identificar desvíos y prever su posible agudización? ¿La institución documenta adecuadamente el uso de la fuerza, agrega la información, identifica patrones y mejora a través del aprendizaje? ¿La GN tiene un sistema de atención psicológica pertinente para las necesidades del servicio?

En las audiencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el caso Atenco logramos que este tribunal reconociera que la ausencia de este enfoque sistémico explica tal vez en buena medida la repetición de las violaciones a la ley y los derechos por parte de personas integrantes de la policía y de las Fuerzas Armadas en tareas policiales. Justo por eso la Corte ordenó poner en marcha un observatorio externo como autoridad especializada y ciudadanizada para monitorear el uso de la fuerza y la rendición de cuentas de la GN, institución que no ha sido creada bajo el argumento de que los controles que ya existen son suficientes.

La experiencia internacional confirma que los controles internos y externos ya existentes son todo menos suficientes por todas parte; no por otra cosa, la ONU alertó que la brutalidad policial crece en el mundo entero.

López Obrador y la Sedena decidieron mantener a la GN lejos de la supervisión externa moderna y especializada; sin embargo, ¿puede el asesinato de Ángel Yael dar paso a la presión política y social alineada suficiente para lograr la instalación del observatorio de la GN ordenado por la Corte? Lo intentaremos.

@ErnestoLPV