Gonzalo Ortuño · 21 de julio de 2023
Todo a su tiempo. La ley dice que el proceso electoral federal inicia la primera semana de septiembre, que los partidos podrán llevar a cabo sus precampañas a partir de la tercera semana de noviembre y que las campañas comenzarán a principios de marzo, duran 90 días.
En toda competencia para poder iniciar hay un banderazo o señal de salida; así pasa en la natación, en las carreras de coches, en las competencias de atletismo y en cualquier deporte, pues solo así quienes participan en la competencia saben a partir de qué momento inicia. Quien empieza antes es penalizado y muchas veces descalificado.
Desde luego en la arena electoral lo ideal es que el banderazo de salida lo dé la autoridad electoral en los términos que marca la ley, pero en los hechos es común e incluso es una práctica tolerada que los partidos políticos y quienes aspiran inicien antes de tiempo. El secreto es decir que solo es un calentamiento previo a iniciar la competencia en forma.
De manera particular para 2024 los partidos han diseñado ejercicios robustos, casi a modo de primarias (de lo cual ya escribimos), para comenzar a definir sus candidaturas, pero los han disfrazado de procesos para seleccionar cargos partidistas.
Esto ha puesto a la autoridad electoral en una encrucijada, pues por un lado los tiempos legales son sumamente estrictos y las consecuencias claras, pero por el otro, aplicar la ley a rajatabla nos podría llevar a quedarnos sin contendientes, pues en estricto sentido parece que nadie, o casi nadie, está siendo respetuoso del reloj electoral.

Las quejas e impugnaciones por estos adelantamientos de la competencia han sido muchas, al grado que hoy tenemos un cúmulo de cientos de ellas. El INE a través de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE y el Tribunal Electoral por medio de la Sala Regional Especializada y la Sala Superior han buscado establecer un criterio sobre qué si se puede hacer y qué no en estos procesos.
En esencia han señalado que realizar un proceso partidista para definir algún tipo de liderazgo por sí mismo no es violatorio del marco legal, ni se puede considerar un acto anticipado de precampaña o campaña. Lo ideal es que estos procesos puedan tener reglas claras a efecto de que quienes participan en ellos sepan qué es lo que se puede hacer y qué no se puede hacer, además de tener claridad a qué tipo de público va dirigido el ejercicio, es decir, si se trata únicamente militantes de partidos, o si también incluye a simpatizantes e incluso si se debe alcanzar hasta a la ciudadanía en general.
La clave serán los actos o acciones concretos que lleven a cabo quienes participan en este tipo de procesos, es decir, los mensajes que envíen, pues no pueden llamar al voto o hacer propuestas de gobierno, ni referirse a las plataformas electorales de sus partidos y también las condiciones bajo las cuales lleven a cabo sus eventos, lo que llevará a analizar si se trata de un acto masivo o no, si es abierto a cualquier persona o dirigido a un grupo en específico. Al final será un tema que exigirá a la autoridad electoral valorar caso por caso.
Lo que queda pendiente, según lo ha señalado el Tribunal Electoral, es que se emitan unos lineamientos por parte del INE para tener claridad sobre los alcances y límites de estos ejercicios partidistas. Queda por ver si en Morena y en el Frente Amplio por México se apegan a estos criterios o si descaradamente continúan adelantando la competencia.