El caso de personas con uso problemático de heroína

blogeditor · 9 de febrero de 2022

El caso de personas con uso problemático de heroína

Resulta paradójico cómo a pesar de la exagerada y agresiva campaña antidrogas implementada por el Gobierno Federal 1, éste permanezca omiso en lo que respecta a la ampliación y profesionalización de los servicios de tratamiento de las adicciones, haciendo más difícil que las personas que decidan tratar su consumo problemático puedan hacerlo de manera segura y digna. Pero es que esto se debe a que existe una negación en reconocer y atender las necesidades de las poblaciones que consumen drogas en nuestro país. Un ejemplo de ello se puede observar en la zona fronteriza de México con Estados Unidos, donde se encuentran las principales entidades federativas de consumo de heroína y otras drogas inyectables. 2 Allí, los problemas de salud que enfrentan los usuarios son múltiples y están asociados tanto a la falta de insumos y espacios limpios para solventar su consumo, como con la falta de un acompañamiento serio que les permita, eventual y libremente, descontinuarlo. 3

Ante esta problemática, lo ideal sería aumentar la oferta de servicios de reducción de riesgos y daño, poniendo especial énfasis en la disponibilidad de tratamiento sustitutivo con metadona, que ha demostrado ser muy efectivo en reducir el uso de opiáceos ilícitos, el contagio de VIH, la actividad criminal y las muertes asociadas al consumo de opiáceos. 4 No obstante, esto no se hace y, por el contrario, las personas que deciden entrar en tratamiento ven limitadas sus opciones. En el país solo existen dos unidades públicas de metadona 5 y, aunque son nueve las clínicas privadas que ofrecen este tipo de tratamientos en entidades como Baja California, Sonora, y Chihuahua 6, el resto cobra por el tratamiento y los usuarios no pueden costearlo.

Particularmente en Hermosillo, Sonora, no existen programas de reducción de daños, ni tratamiento de adicciones sustitutivo con metadona accesibles para las personas usuarias de drogas inyectables, a pesar de que se ha detectado que en la entidad existe un alto número de casos de consumo de estas drogas. La única institución pública en esta ciudad que proporciona tratamiento para las adicciones es el Centro de Higiene Mental. Dr. Carlos Muñoz Nava, el cual ya no cuenta con el tratamiento sustitutivo que les permitiría a los usuarios deshabituarse del consumo de la heroína de manera digna y efectiva. Por otro lado, instituciones privadas en esta entidad están abandonadas o ya no ofrecen estos servicios: el Centro de Asistencia Médica Contra las Adicciones (AMCA) y el Centro de Tratamientos Residenciales para Adicciones.

En 2016, AMCA cerró actividades pese a ser la única institución que ofrecía este tipo de tratamiento en la ciudad. Este evento representó un grave problema para sus pacientes, y es que a través de dicho tratamiento sustitutivo muchas personas encontraban una forma de controlar el uso problemático de drogas y alcanzar una mejor calidad de vida. Por ello, ese mismo año la Red Mexicana de Reducción de Daños A. C. (REDUMEX) notificó a las autoridades federales y locales de salud el cierre de la clínica y la necesidad del tratamiento. Ninguna institución del Estado ofreció restablecer el servicio y, por ello, REDUMEX interpuso en 2019 un juicio de amparo en contra de autoridades estatales y federales reclamando la omisión de proporcionar este tipo de tratamiento.

El Juez de Distrito encargado de resolver dicho amparo reconoció en su sentencia de diciembre de 2021 que es obligación del Estado proporcionar los servicios de salud y que, al existir los Centros integrales de Salud Mental, la Unidad de Atención Integral a las Adicciones, los Centros de Atención Primaria de Adicciones y las Unidades de Desintoxicación, se subsana la falta de metadona. Sin embargo, los centros médicos señalados por el juez no ofrecen tratamientos sustitutivos de este tipo, hecho que se le hizo saber a través de dos pruebas periciales en antropología social con las que se demostró que la población que necesita de estos tratamientos no ven atendidas sus necesidades por los servicios existentes.

Pese a la evidencia, el juez no usó las pruebas periciales para emitir una sentencia basada en derechos humanos y reducción de daños. Por el contrario, la sentencia acotó la elección de los pacientes sobre sus tratamientos y fue así que REDUMEX, en enero de 2021, promovió la revisión. Con ello se volverá a estudiar el asunto con la posibilidad de que se cambie la sentencia por una que verdaderamente respete el derecho a la salud de las personas que consumen drogas inyectables. También es una oportunidad del Poder Judicial de que se eliminen los estigmas y prejuicios que se les asigna a los usuarios, que no tengan obstáculos y puedan acceder a servicios especializados para tratar sus enfermedades.

Los servicios de salud públicos no solo deben incluir tratamientos para la deshabituación del uso de drogas, sino también programas de reducción de daños. El uso de drogas inyectables sin los cuidados y atenciones necesarias, así como la abstinencia solo representan más riesgos para sus usuarios, por ello la autoridad de salud federal como local, deben promover y proteger el derecho a los servicios de salud ofreciendo atención médica y medicamentos, sin estereotipos o prejuicios.

México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) acompaña a la Red Mexicana de Reducción de Daños A. C. (REDUMEX) en este caso porque consideramos que se deben reconocer y garantizar los derechos a la salud, a la igualdad y no discriminación de las personas que consumen drogas inyectables. Además, desde hace más de 20 años impulsamos una política de drogas que se base en evidencia científica, que integre las perspectivas de salud pública, derechos humanos, género, reducción del daño y desarrollo sostenible. Confiamos en el papel que tiene la autoridad y que revisará una vez más el caso para que cambie el enfoque de criminalización de las adicciones o dependencias, por uno de derechos humanos.

* Fernanda Rebollar estudia derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y se desempeña como abogada en @MUCD.

 

 

1  La Estrategia Nacional de Prevención de Adicciones (ENPA). Zwitser Guus , Álvarez Israel, Salazar, Julio, Estrategia Nacional de Prevención de Adicciones: prohibicionista, prejuiciosa y estigmatizante, 2020, disponible aquí.

2 Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz, Cuqueando la Chiva: Contextos del consumo de heroína en la frontera norte de México…, 2019, pág. 32.

3 De acuerdo con el  informe 2017-2018 del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de las Adicciones (SISVEA) la población usuaria que señaló el uso de drogas inyectables para 2017, fueron 6,141 usuarios, mientras que en 2018 correspondió a 7,535 y de éstos, el 63% (3,812) en 2017 y 64% (4,823) en 2018, mencionaron alguna vez el uso compartido de jeringas para administrarse la sustancia adictiva.

4 Romero Mendoza, M., Medina-Mora, M.E., González, H., Vásquez, J., Armas, G., y Magis, C Guía para el uso de metadona en usuarios adultos con VIH dependientes de la heroína intravenosa, Editado por el Instituto Nacional de Psiquiatría, Centro Nacional de Prevención y Control del VIH/SIDA, Secretaría de Salud, México, p. 20.

5 Pertenecen a los Centros de integración Juvenil que se ubican en Tijuana y Ciudad Juárez.

6 CONADIC, Informe sobre la Situación de la Salud Mental y el Consumo de Sustancias Psicoactivas, 2021, pág 46. Disponible aquí.