Las dimensiones del derecho al cuidado

Redacción Animal Político · 26 de agosto de 2024

El derecho al cuidado es, actualmente, un tema central en la conversación política y social de México: fue uno de los asuntos destacados en las recientes campañas electorales. Aprovechemos este protagonismo para insistir en su relevancia y para plantear algunas consideraciones útiles para entender sus dimensiones y sus retos.

Tradicionalmente relegado al ámbito privado y considerado un deber natural de las mujeres, el cuidado incluye un conjunto de actividades esenciales para el bienestar de las personas: desde el cuidado de las infancias, personas mayores o con discapacidad, hasta las tareas domésticas que sostienen la vida cotidiana. Sin embargo, la crisis global de los cuidados, agravada por la pandemia de COVID-19, ha evidenciado la urgencia de reconocerlo como un derecho humano.

Entendido como el derecho de las personas a cuidar, a ser cuidadas y a ejercer el autocuidado con base en los principios de igualdad, universalidad y corresponsabilidad social y de género, el derecho al cuidado debe ser una responsabilidad compartida entre la sociedad, las familias, las empresas y el Estado. Aunque distintas, las tres dimensiones del cuidado están profundamente conectadas y son esenciales para la vida.

El derecho a ser cuidado implica tener acceso a servicios y apoyos que aseguren el bienestar físico, mental y emocional de todas las personas, así como reconocer que, en algún momento, todos requerimos apoyo y atención, ya sea en la infancia, la vejez, o durante periodos de enfermedad o vulnerabilidad. Este cuidado debe ser accesible, sin discriminación por situación económica, género, etnia, edad o condición social. Sin embargo, en la realidad, esta actividad sigue siendo una carga desproporcionada para las mujeres, quienes asumen la mayor parte de estas responsabilidades sin reconocimiento ni remuneración. Esta distribución desigual perpetúa las brechas de género y limita el desarrollo pleno de quienes cuidan. Desde una perspectiva de derechos humanos, es necesario impulsar políticas públicas para asegurar un acceso equitativo al cuidado y mejores condiciones laborales para quienes lo brindan, tanto en los hogares como en instituciones.

Por otro lado, el derecho a cuidar reconoce la importancia de dignificar y valorar este trabajo, remunerado o no. Este derecho implica, en primer lugar, la libertad de elegir cuidar sin que esto suponga una carga económica o emocional. Para muchas personas el cuidado se convierte en una obligación que restringe su desarrollo personal y profesional. Por ello, es esencial crear condiciones que permitan compatibilizar el cuidado con otras esferas de la vida, como el trabajo, la educación y el tiempo libre. Además, se relaciona con la necesidad de formación y apoyo para realizar las tareas de cuidado de manera adecuada, es clave contar con programas que ofrezcan formación y redes de apoyo para quienes asumen esta labor. También es crucial promover la redistribución equitativa del cuidado entre géneros y que tanto el Estado como el sector privado jueguen un papel activo en el diseño de servicios accesibles y de calidad.

El autocuidado es, a menudo, la dimensión más olvidada del derecho al cuidado, aunque es crucial para la salud y el bienestar. Este concepto se refiere a la capacidad de atender las propias necesidades físicas, emocionales y mentales, adoptando prácticas que promuevan el bienestar integral. En una sociedad que, además de desigual, prioriza la productividad sobre el bienestar, el autocuidado se convierte en un acto de resistencia y en una necesidad para mantener la salud y el equilibrio; implica tener acceso a tiempo, recursos y espacios para descansar, nutrirse y llevar a cabo actividades que fomenten la salud física y emocional. Es vital que las políticas públicas consideren el autocuidado como parte integral del bienestar social: jornadas flexibles, promoción de la salud mental y acceso a recursos que faciliten el cuidado personal. Es importante entender que el autocuidado no es solo una responsabilidad individual; las condiciones estructurales  juegan un papel clave en la posibilidad de llevar a cabo estas prácticas.

Para que el derecho al cuidado sea una realidad, es necesario un enfoque integral que contemple estas tres dimensiones. No se puede garantizar el derecho a ser cuidado sin tener en cuenta a quienes cuidan y en qué condiciones lo hacen. Del mismo modo, el derecho a cuidar no puede desvincularse del autocuidado, ya que quienes cuidan también necesitan tiempo y recursos para sí mismos.

Este enfoque requiere un cambio profundo en la forma en que valoramos el cuidado en nuestra sociedad, y adoptar “marcos normativos, políticas, programas y sistemas integrales de cuidado con perspectiva de interseccionalidad e interculturalidad, que respeten, protejan y cumplan los derechos de quienes reciben y proveen cuidados de forma remunerada y no remunerada”, como se plasmó en el Compromiso de Buenos Aires.

Reconocer y promover el derecho al cuidado desde un enfoque integral y como un derecho humano no solo beneficia a quienes reciben cuidado, sino también a quienes lo brindan y a quienes buscan cuidar de sí mismos, es decir, a la sociedad en su conjunto. Un esfuerzo que solo será posible con el compromiso y la acción desde diversos frentes.

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