Designación de consejero del IFE… ¡¡arrrrancan!!

blogeditor · 8 de marzo de 2013

Designación de consejero del IFE… ¡¡arrrrancan!!

Por: Paula Sofía Vásquez (@pauletta_sofia) y Arturo Espinosa Silis (@aesupd)

 

En 2013 se llevará a cabo la renovación de buena parte del Consejo General del IFE. Este año marca la salida de los consejeros Alfredo Figueroa, Macarita Elizondo y Francisco Guerrero, así como el relevo del Presidente Leonardo Valdés, si mantiene su decisión de no buscar la reelección. Es la Cámara de Diputados quien designará a los nuevos consejeros electorales y al presidente. Sin embargo, ante la sorpresiva para algunos, esperada por otros y malamente leída por algunos, renuncia del Dr. Sergio García Ramírez, la renovación del Consejo General  esperada para octubre de este año se adelanta a fin de elegir a su sustituto y con ello evitar que el Consejo General quede incompleto.

Así, a pesar de la resistencia de una buena parte de los diputados, quienes abogaban por aplazar esta designación hasta el siguiente periodo legislativo y elegir a través de un solo procedimiento a los cuatro consejeros y al consejero presidente, el 28 de febrero la Junta de Coordinación Política emitió ya la Convocatoria pública con la que arranca el proceso de selección del nuevo consejero, que estará en funciones hasta el 30 de Octubre de 2019.

En este contexto, vale la pena analizar rápidamente los puntos más importantes del procedimiento contenido en la Convocatoria:

I. Se recibirán propuestas de asociaciones civiles y académicas, o bien, grupos ciudadanos los días 7 y 8 de marzo en la Cámara de Diputados.

II. Del 12 al 15 de marzo la Comisión de Gobernación integrará los expedientes y revisará la documentación de los candidatos y así el 18 de marzo (a más tardar) la lista de candidatos que hayan cumplido con los requisitos será remitida la Junta de Coordinación Política, ésta deberá incluir la fecha y hora para las entrevistas que se realizarán posteriormente.

III. Dos días después, cualquier persona interesada podrá hacer llegar sus objeciones fundadas y motivadas hacia alguno de los candidatos.

IV. Del 1 al 8 de abril se celebrarán las entrevistas, en las que cada aspirante contará con hasta una hora para hacer una exposición y contestar las preguntas que le haga cada grupo parlamentario.

V. La convocatoria ha fijado hasta el 12 de abril para que la Comisión de Gobernación integre la lista final de candidatos, que no podrán ser más de cinco.

VI. La convocatoria establece que en el dictamen se integrarán los resultados del proceso de evaluación. La propuesta del candidato realizada por los grupos parlamentarios será sometida a votación en el Pleno –que no podrá ser suspendida y que, en caso de rechazo del candidato inicial se propondrá inmediatamente otro en esa misma sesión- ello se hará antes del cierre del segundo periodo de sesiones ordinarias.

Aunque en general, la convocatoria no presenta mayor novedad respecto de los anteriores procedimientos de su tipo. Consideramos positivo que se estipule que además de los requisitos que señala la ley para ser Consejero, se señale expresamente que los candidatos tengan y acrediten conocimientos y experiencia en materia electoral, esperemos se cumpla a cabalidad dicho requisito. También parece haber un afán aunque tímido e incompleto de dar publicidad a la lista de candidatos y a las entrevistas que se realicen, así como la inclusión de la evaluación de los candidatos en el dictamen que remita la comisión de Gobernación con los candidatos que llegaron a la última etapa del proceso. El punto más interesante es la prohibición expresa de tener entrevistas o reuniones con grupos parlamentarios o diputados fuera del procedimiento de convocatoria. Sin embargo, esta medida, aunque encomiable, parece difícil de poder vigilar.

Por otra parte, hay algunos puntos de la misiva en los que se debe poner atención: i) como ya lo hemos señalado para otras designaciones, de nueva cuenta la evaluación se centrará en la realización de entrevistas. Aunque está bien que éstas se constriñan expresamente a aspectos técnicos o jurídicos de la materia electoral, ocho días de comparecencias para un procedimiento que debe desarrollarse de la manera más expedita posible es excesivo. Valdría la pena explorar otro tipo de mecanismos, como puede ser un examen de conocimientos, lo cual sería congruente con el requisito de contar con conocimientos y experiencia en la materia electoral; ii) aunque la convocatoria señala los requisitos que tienen que entregar las organizaciones y agrupaciones que desean presentar propuestas de candidatos, no señala la orientación que deberán tener, es decir, que cualquier asociaciones o grupo, dedicado a lo que sea y sin especialización en materia electoral, puede proponer candidatos, lo que probablemente generará que se hagan propuestas de candidatos poco idóneos o con perfiles poco conocidos; iii) la Convocatoria no establece con claridad un procedimiento que genere condiciones que garanticen efectivamente que la designación se realizará de manera transparente, y iv) tampoco menciona cómo trabajarán los grupos parlamentarios a lo largo de este procedimiento para seleccionar al mejor perfil, recordemos que es justo este punto donde, con independencia de los plazos establecidos en la convocatoria, todo el ejercicio puede estancarse.

Por último, creemos que trasladar toda la responsabilidad de realizar la propuesta a la sociedad civil, además de las consideraciones que ya señalamos, puede generar efectos contraproducentes al momento de realizar el inevitable y necesario procesamiento político de los perfiles de cada aspirantes, generando condiciones de imparcialidad y falta de objetividad en la designación.

Este primer proceso de designación es una prueba importante y una oportunidad para demostrar, más allá de la firma de acuerdos y pactos, las capacidades de consenso y habilidades políticas de esta nueva legislatura a fin de devolverle a la autoridad administrativa electoral la autonomía, independencia e imparcialidad que desde un principio le fue otorgada a través de la Constitución, pero que en los distintos procesos de designación de consejeros y los propios electorales federales ha sido gravemente lesionada. En este sentido, convendría que para la designación de los consejeros electorales que se realice en 2013,  los diputados privilegiaran la transparencia en el procedimiento y la búsqueda de consensos y no de cuotas o candidatos específicos, evitando repetir la experiencia de la última designación.

El procedimiento para la designación e integración del Consejo General del IFE debe apegarse a las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, garantizando el cumplimiento de los principios rectores del proceso –certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad- de forma que se asegure el cumplimiento de la actividad institucional de la autoridad. No se debe perder de vista que el IFE es un órgano autónomo que tiene asignadas funciones estatales que son fundamentales para el desarrollo democrático.

 

*Paula Sofía Vásquez  y Arturo Espinosa Silis, son especialistas en temas electorales.