blogeditor · 3 de septiembre de 2021
Las desapariciones de personas pueden estar vinculadas con delitos como el secuestro, la trata de personas, el homicidio, el feminicidio, la adopción ilegal y/o el reclutamiento por parte de grupos de delincuencia organizada. En el caso de las niñas y adolescentes, su desaparición puede relacionarse con huir de contextos de violencia familiar y violencia de género1.
En México existe una alta prevalencia de desapariciones de niñas y mujeres adolescentes. Tan solo entre el primero de diciembre de 2018 y el 30 de junio de 2021, se reportó que de las 14 mil 812 personas menores de 18 años desaparecidas y no localizadas, el 66% fueron mujeres2. De ellas, el 80% se localizó con vida3; 1 mil 469 niñas y adolescentes seguían desaparecidas4,5, y 491 no habían sido localizadas6.
El gobierno federal reconoció que es un problema urgente que también involucra atacar el fenómeno de la trata de personas, ya que sus principales víctimas también se encuentran en este grupo de género y edades7. Asimismo, el Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas ha señalado que los estereotipos y discriminaciones por razones de género, tienen un impacto perjudicial en el estancamiento y abandono de las investigaciones sobre lo ocurrido con las niñas, adolescentes y mujeres8.
En este sentido, la publicación del Protocolo Adicional para la Búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes9 ha sido un avance que, al contar con un enfoque diferenciado, comienza por identificar si algún atributo de la persona de paradero desconocido constituye un factor de vulnerabilidad asociado a su desaparición, instruyendo a las autoridades a considerar, por ejemplo, las afectaciones y violencias específicas que una mujer puede padecer por su género y edad. No obstante, estos factores de vulnerabilidad no se traducen en estadísticas oficiales y públicas que registren las razones por las cuales están desapareciendo las niñas y adolescentes, lo que ayudaría a identificar y prevenir los factores de riesgo.
Lo mismo sucede con aquellas que son inscritas en el Registro Nacional de Víctimas por haber sido víctimas de algún delito antes o durante su desaparición, pues la información disponible no permite conocer cuántas se encuentran en esta situación y el tipo de delito que sufrieron. Esto a su vez dificulta dar seguimiento a procesos de impartición de justicia, reparación del daño y restitución integral de derechos.
Por otra parte, continúan sin armonizarse ni simplificarse los procedimientos de la Alerta Amber10, lo cual es indispensable para permitir su activación oportuna y eficiente, así como para asegurar la mayor difusión posible, por ejemplo, haciendo llegar a cada teléfono móvil la notificación de alguna desaparición con el propósito de que la sociedad también contribuya a la rápida localización de las personas. Con relación al Protocolo Alba11, se sugiere homologar su aplicación en todas las entidades federativas, ya que ha demostrado una alta efectividad (98%) en Ciudad Juárez, a más de 15 años de funcionamiento12.
De manera preventiva, es necesario enfocarse en el análisis y abatimiento de los factores de riesgo con perspectiva de género, que permita acciones diferenciadas de acuerdo con las condiciones que ponen en peligro a las niñas y las adolescentes por un lado, y a los niños y los adolescentes por otro. Esto además de fortalecer a las instituciones para que cuenten con personal debidamente capacitado, y con facultades y recursos financieros suficientes para emprender las búsquedas de manera inmediata, eficiente y efectiva.
Asimismo, es necesario eliminar las barreras que se enfrentan para registrar la desaparición de alguna persona, como el temor a sufrir represalias, en tanto que la autoridad encargada de recibir la denuncia puede ser la misma responsable de la desaparición o tener nexo con el crimen organizado; amenazas e intimidaciones por parte de las autoridades y/o responsables; falta de confianza en el sistema judicial; pertenencia de la familia de las víctimas a comunidades con escasos recursos; no recibir información sobre sus derechos, no tener acceso a intérpretes ni facilidades para presentar y dar seguimiento a una denuncia13.
Otro aspecto relevante es garantizar tanto a las víctimas, como a sus familias, el acceso a la justicia de manera ininterrumpida, aun en condiciones de crisis sanitaria. En contextos de violencia generalizada contra las mujeres, no puede distinguirse entre ausencias o extravíos de bajo o alto riesgo, por lo que en todo caso de desaparición de mujer y/o niña “se debe garantizar el inicio inmediato de su búsqueda, por medios efectivos y tomando en cuenta la perspectiva de género en todas y cada una de las actuaciones estatales”14.
Finalmente, es indispensable que se consolide una base de datos donde se pueda identificar, del total de niñas y adolescentes localizadas con y sin vida, cuáles son las razones por las cuales desaparecieron (si fue forzado, como es un secuestro; si fue una decisión personal; o si estaban huyendo de la violencia de sus contextos), cuántas de las localizadas con y sin vida fueron víctimas de algún delito, y cuántas desaparecen de forma repetida.
Mientras no se conozcan las razones por las cuales las niñas y adolescentes desaparecen, no se podrá incidir de forma efectiva en evitar que esta violación a sus derechos humanos siga ocurriendo en México.
* Save the Children (@SaveChildrenMx) es la organización independiente líder en la promoción y defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Trabaja en más de 120 países atendiendo situaciones de emergencia y programas de desarrollo. Ayuda a los niños y niñas a lograr una infancia saludable y segura. En México, trabaja desde 1973 con programas de salud y nutrición, educación, protección infantil y defensa de los derechos de la niñez y adolescencia, en el marco de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas.
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1 Animal Político (2021), Cada día se reporta la desaparición de 9 mujeres de entre 12 y 17 años.
2 9 mil 846 mujeres, 4 mil 954 hombres y 12 indeterminados. Fuente: Cálculos propios con base en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) de la Comisión Nacional de Búsqueda. Fecha de consulta 28 de julio de 2021. Los datos se pueden considerar como preliminares porque el Registro está en constante actualización.
3 Personas menores de 18 años localizadas con vida: 11, 212: 3 mil 356 hombres, 7 mil 854 mujeres y 2 indeterminados. Personas menores de 18 años localizadas sin vida: 106: 74 hombres; 32 mujeres. Fuente: Ibidem.
4 Persona desaparecida: Se presume, que su ausencia se relaciona con la comisión de un delito en su contra. Persona no localizada:Su ausencia no se relaciona con la probable comisión de algún delito. Fuente: Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
5 Personas menores de 18 años que siguen desaparecidas: 2 mil 698: 1,220 hombres, 1,469 mujeres y 9 indeterminados. Fuente: Op.cit.
6 Personas menores de 18 años no localizadas: 796: 304 hombres, 491 mujeres, y 1 indeterminado. Fuente: Ibidem.
7 Gobierno de México, Conferencia de Prensa, Avances en búsqueda de personas desaparecidas, 8 de abril de 2021.
8 Comité contra la Desaparición Forzada (2019), Observaciones de seguimiento sobre la información complementaria presentada por México con arreglo al artículo 29, párrafo 4, de la Convención.
9 Protocolo Adicional para la Búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes.
10 Alerta Amber: mecanismo para la búsqueda y recuperación de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en riesgo de sufrir daño grave a su integridad donde se presuma la comisión de algún ilícito ocurrido en territorio nacional. Fuente: Informe de seguimiento sobre el cumplimiento de la Convención sobre la Eliminación de todos los tipos de Violencia contra la Mujer (CEDAW), de acuerdo con las observaciones finales emitidas por el Comité de la CEDAW al 7° y 8° Informe consolidado de México, p.15.
11 Protocolo Alba: mecanismo de investigación con coordinación y reacción inmediata entre autoridades federales, estatales y municipales en caso de extravío de mujeres y niñas. Fuente; Ídem. p. 11
12 Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (CONAVIM) (2021), Protocolo Alba: la búsqueda inmediata de mujeres y niñas desaparecidas.
13 IDHEAS, IMDHD (2018), Diagnóstico: Mujeres desaparecidas en el Estado de México, p. 49.
14 IDHEAS (2021), Desaparición de mujeres y niñas en el contexto de la pandemia por COVID-19, p. 6.