Cuidar también es trabajar: la deuda con las trabajadoras del hogar

Opinión y Análisis · 27 de octubre de 2026

Cuidar también es trabajar: la deuda con las trabajadoras del hogar

Por Verónica Ruiz González Luna*

Cada día, millones de personas comen, habitan espacios limpios, reciben atención cuando enferman y encuentran condiciones para estudiar o trabajar gracias a una labor que suele pasar inadvertida: el trabajo del hogar y de cuidados. Alguien prepara los alimentos, limpia, lava la ropa, acompaña a las infancias y atiende a las personas mayores. Sin embargo, cuando estas tareas se realizan dentro de los hogares, suelen considerarse una obligación familiar o bien, cuando se contrata a alguien para hacerlas con frecuencia se les trata como un trabajo de menor valor.

Esta contradicción permite entender por qué hablar de cuidados también significa hablar de desigualdad, derechos laborales y distribución de la riqueza. El 29 de octubre, Día Internacional de los Cuidados y el Apoyo, es una oportunidad para reconocer que no puede construirse una sociedad que cuide sin garantizar condiciones dignas para quienes hacen posible ese cuidado. En particular, es indispensable mirar a las trabajadoras del hogar, cuyo trabajo sostiene a millones de familias y contribuye al funcionamiento de la economía.

La Organización de las Naciones Unidas proclamó esta fecha con la finalidad de impulsar sistemas de cuidados inclusivos, sensibles al género y respetuosos de los derechos humanos1. La conmemoración responde a una realidad: todas las personas necesitamos cuidados en distintos momentos de la vida, pero no todas participamos en su provisión en las mismas condiciones. Mientras algunas pueden delegar tareas domésticas para disponer de más tiempo, otras deben asumirlas como trabajo remunerado o no remunerado, muchas veces sin suficiente reconocimiento ni protección.

En México, las cifras permiten dimensionar la importancia económica de estas actividades. De acuerdo con la Cuenta Satélite del Trabajo No Remunerado de los Hogares de México, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2024 el trabajo del hogar y de cuidados no remunerado alcanzó un valor económico de 8 billones de pesos, equivalente al 23.9 por ciento del producto interno bruto (PIB) nacional2.

La cifra muestra que el trabajo realizado en los hogares no es una contribución insignificante. No obstante, su importancia contrasta con la forma en que se distribuyen las responsabilidades y se reconoce a quienes las realizan.

El mismo ejercicio del INEGI revela que las mujeres aportaron 72.6 por ciento del valor económico de ese trabajo no remunerado3. La Encuesta Nacional sobre Uso del Tiempo (ENUT) 2024 ofrece otra medida de esta desigualdad: las mujeres dedicaron, en promedio, 39.7 horas semanales al trabajo del hogar, de cuidados, comunitario y voluntario, frente a 18.2 horas de los hombres4.

La diferencia de 21.5 horas semanales no solo habla de una distribución desigual de tareas. También representa el tiempo que las mujeres dejan de destinar al descanso, la formación, el empleo remunerado o sus propios proyectos. El tiempo es un recurso limitado y su distribución condiciona las oportunidades económicas y personales.

Cuidar es mucho más que ejecutar tareas

Esta brecha invita a cuestionar la idea de que las mujeres están naturalmente mejor preparadas para cuidar. A propósito de esto, Borgeaud-Garciandía analiza el trabajo de mujeres migrantes que atienden a personas mayores con altos niveles de dependencia5. Su investigación permite observar que cuidar no consiste únicamente en ejecutar tareas: implica asumir responsabilidades, permanecer atenta a las necesidades de otra persona y responder ante situaciones que pueden presentarse en cualquier momento.

Esta dimensión ayuda a interpretar las estadísticas mexicanas. Las horas destinadas al cuidado no siempre reflejan toda la carga que supone organizar la vida de otras personas. Además de las actividades visibles, existe un trabajo de anticipación y disponibilidad: recordar citas, prever alimentos, identificar necesidades o estar pendiente de que alguien se encuentre bien. Cuando estas responsabilidades recaen desproporcionadamente en las mujeres, la desigualdad no se limita al número de tareas, sino que también afecta su autonomía y la posibilidad de disponer de tiempo propio.

La cuestión, por tanto, no es únicamente cuánto trabajo se realiza, sino quién asume la responsabilidad de que todo funcione. Si el cuidado se considera una obligación femenina, su distribución desigual aparece como algo natural y no como una organización social que puede transformarse.

La desigualdad tampoco desaparece cuando las tareas domésticas son remuneradas. En muchos casos, simplemente cambia de manos: una familia contrata a una trabajadora para limpiar, cocinar, lavar o cuidar a niñas, niños y personas mayores. Así, sus integrantes pueden disponer de más tiempo para trabajar fuera de casa, mientras otra persona asume parte de las responsabilidades cotidianas.

El problema no es contratar a alguien para realizar estas labores, sino que esa relación laboral puede reproducir las mismas jerarquías que caracterizan al trabajo del hogar no remunerado. La persona que contrata obtiene tiempo y bienestar; quien realiza el trabajo necesita un ingreso y, con frecuencia, enfrenta condiciones de negociación desiguales.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) estima que 75.6 millones de personas mayores de 15 años se desempeñan en el trabajo del hogar remunerado en el mundo. En 2021, alrededor del 81 por ciento trabajaba en la informalidad, sin protección laboral y social efectiva6. Se trata de un sector indispensable para la vida cotidiana, pero marcado por obstáculos para acceder a derechos básicos.

En México, el INEGI reportó que, durante el tercer trimestre de 2023, el 67.8 por ciento de las personas ocupadas en el trabajo del hogar remunerado percibía hasta un salario mínimo. Entre las mujeres, la proporción alcanzaba el 70.4 por ciento, frente al 43.5 por ciento de los hombres ocupados en esta actividad7. Estas cifras evidencian una situación en la que la importancia social del trabajo no se traduce necesariamente en mejores ingresos ni en condiciones dignas.

También ocurre que, en el trabajo del hogar, la trabajadora puede encontrarse ante exigencias que no estaban contempladas en el acuerdo inicial: quedarse más tiempo, realizar labores adicionales o atender necesidades imprevistas sin que se reconozcan las horas extra.

Quien cuida también necesita descansar y vivir

Estas prácticas se vuelven más difíciles de cuestionar cuando el trabajo se presenta como una ayuda, un favor o una expresión de cariño hacia la familia empleadora. La dimensión afectiva del cuidado puede existir, pero no debe utilizarse para borrar los límites de una relación laboral. El compromiso con el bienestar de otra persona no elimina el derecho a una jornada definida, al descanso y a una remuneración justa.

La situación puede ser particularmente compleja para quienes trabajan de planta y habitan en el domicilio donde prestan sus servicios. La cercanía entre el espacio laboral y el lugar de descanso puede dificultar la separación entre el tiempo de trabajo y el tiempo personal. La presencia física se confunde entonces con la disponibilidad permanente, como si vivir en el lugar de trabajo significara estar siempre a disposición de quienes lo habitan.

La reflexión sobre la responsabilidad permite reconocer que el cuidado no puede sostenerse mediante la exigencia de que una persona sacrifique indefinidamente sus propias necesidades. Quien cuida también necesita descansar, atender su salud, convivir con su familia y disponer de tiempo para sí misma. De lo contrario, la atención de unas personas se garantiza a costa del bienestar de otras.

Además, las trabajadoras del hogar tienen sus propias responsabilidades familiares. Muchas deben organizar el cuidado de sus hijas e hijos o de otras personas cercanas mientras trabajan en casas ajenas. Así, pueden experimentar una doble carga: realizan un trabajo remunerado que sostiene la vida cotidiana de otros hogares y, al terminar su jornada, deben continuar con las tareas domésticas y de cuidados de sus propias familias.

Esta realidad cuestiona una de las principales contradicciones de la economía del cuidado: el bienestar de algunos hogares puede depender de que otras mujeres dispongan de menos tiempo para sí mismas. La desigualdad no se resuelve si el cuidado simplemente pasa de una mujer a otra. Requiere transformar la distribución de las responsabilidades y garantizar derechos para quienes realizan estas labores, independientemente de su condición laboral.

En México se han producido avances importantes en el reconocimiento de los derechos de las personas trabajadoras del hogar. La incorporación obligatoria al régimen del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se consolidó a partir de las reformas legales y del programa piloto desarrollado entre 2019 y 2022. Desde mayo de 2023, las personas empleadoras tienen la obligación de registrar a las personas trabajadoras del hogar ante el Instituto8.

La afiliación permite acceder a prestaciones de seguridad social y representa un paso fundamental para reconocer que el trabajo del hogar es una actividad laboral con derechos. Sin embargo, la existencia de una obligación legal no garantiza por sí misma su cumplimiento. Es necesario fortalecer la información, los mecanismos de inspección y denuncia y las condiciones que faciliten el registro efectivo de las trabajadoras.

Acciones a favor de las personas cuidadoras

Las personas empleadoras tienen una responsabilidad directa. Contratar trabajo del hogar significa establecer una relación laboral, no adquirir disponibilidad ilimitada sobre el tiempo de otra persona. Registrar a la trabajadora ante el IMSS, acordar por escrito las condiciones de empleo, respetar las jornadas, pagar el salario correspondiente y garantizar descansos son obligaciones que deben formar parte de cualquier relación laboral digna.

También es necesario que los hombres asuman una proporción equitativa del trabajo del hogar y de cuidados no remunerado. Contratar a una trabajadora puede resolver algunas necesidades del hogar, pero no elimina la responsabilidad de sus integrantes de compartir las tareas. La corresponsabilidad requiere modificar prácticas cotidianas y cuestionar la idea de que las mujeres deben estar siempre disponibles para atender a otras personas.

Al mismo tiempo, el Estado debe garantizar servicios públicos accesibles para el cuidado infantil, la atención de personas mayores y el acompañamiento de quienes viven con discapacidad o enfermedades que requieren apoyo. Un sistema de cuidados no puede depender exclusivamente de la capacidad económica de cada familia para contratar servicios ni de la disponibilidad de mujeres que asuman estas tareas sin remuneración.

La responsabilidad de cuidar debe distribuirse entre las familias, el Estado, el mercado y la comunidad. Esto implica reconocer el trabajo no remunerado, fortalecer los servicios públicos, promover la corresponsabilidad y asegurar condiciones dignas para quienes realizan labores remuneradas de cuidado. También exige considerar las desigualdades económicas y sociales que determinan quién puede acceder a servicios, quién necesita trabajar y quién termina asumiendo las tareas más pesadas.

En este sentido, la aportación de Borgeaud-Garciandía invita a mirar más allá de la persona que necesita atención y a preguntarse quién responde por esa necesidad y en qué condiciones. La discusión pública suele centrarse en cómo garantizar cuidados suficientes, pero también debe examinar qué recursos, derechos y límites necesitan quienes los proporcionan. No basta con que el cuidado ocurra: importa cómo se organiza, quién lo realiza y qué consecuencias tiene para su vida.

Los datos del INEGI y de la OIT muestran la magnitud económica del trabajo del hogar, su distribución desigual y la precariedad que afecta a una parte importante de quienes lo realizan de manera remunerada. Las reflexiones sobre la responsabilidad permiten comprender que esas cifras no son solamente indicadores de tiempo, ingresos o informalidad. También revelan una forma de organizar la vida social en la que ciertas personas pueden delegar tareas mientras otras asumen obligaciones que limitan su autonomía.

El 29 de octubre debe servir para pasar del reconocimiento simbólico a la garantía efectiva de derechos. Cuidar también es trabajar, y quienes realizan ese trabajo deben contar con salarios justos, seguridad social, jornadas dignas, descanso y protección frente a la discriminación. El cuidado no puede seguir considerándose una obligación natural de las mujeres ni una actividad menor cuando se convierte en empleo.

Una sociedad no puede considerarse justa si el bienestar de unos hogares depende de la vulnerabilidad laboral de quienes trabajan en otros. La pregunta para este Día Internacional de los Cuidados y el Apoyo no debería ser solamente cómo cuidar mejor, sino cómo construir una organización social en la que cuidar no implique renunciar a los propios derechos. Reconocer a las trabajadoras del hogar es indispensable para que el cuidado deje de ser una responsabilidad invisibilizada y se convierta en una tarea compartida y, sobre todo, en un derecho con derechos para quienes lo realizan.♦ 

*Verónica Ruiz González Luna es coordinadora de la causa de Trabajo del Hogar en Nosotrxs.

Referencias:

1Naciones Unidas. Día Internacional de los Cuidados y el Apoyo.

2Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2025). Cuenta Satélite del Trabajo No Remunerado de los Hogares de México, 2024.

3Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2025). Cuenta Satélite del Trabajo No Remunerado de los Hogares de México, 2024. 

4INEGI. (2025). Encuesta Nacional sobre Uso del Tiempo (ENUT) 2024. Principales resultados.

5Borgeaud-Garciandía, Natacha. (2020). “Cuidado y responsabilidad”. Estudos Avançados, 34(98), 41–56.

6Organización Internacional del Trabajo (OIT). (2021). Hacer del trabajo doméstico un trabajo decente: avances y perspectivas una década después de la adopción del Convenio núm. 189. 

7INEGI. (2024). Estadísticas a propósito del Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar. Datos del tercer trimestre de 2023. 

8Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Personas trabajadoras del hogar. 

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