Mauricio Torres · 26 de abril de 2023
Por: Felipe de la Mata Pizaña, magistrado de la Sala Superior del TEPJF (@FdelaMataPizana, @TEPJF_informa @TEPJF_EJE)
La historia política de Cuba es una que en México conocemos por partes. El vínculo entre nuestro país y la isla a propósito de la Revolución Cubana ha provocado que, por una parte, tengamos un tramo de la narrativa común muy clara mientras que, por otro, por ejemplo, su historia constitucional nos sea prácticamente desconocida.
A lo largo de poco más de un siglo, Cuba ha tenido cinco constituciones que reflejan los cambios políticos de un país que se transformó radicalmente a partir de la segunda mitad del siglo XX. En estos cambios, lo relativo a la materia electoral siempre ha sido políticamente reactivo y relevante. Así, la Constitución de 1901 consideraba mecanismos electivos de influencia norteamericana; una especie de “caucus” elegía al presidente y los senadores. Una reforma posterior modificó este mecanismo para pasar a una elección directa con ánimo de mejorar las condiciones de competencia entre la diversidad de partidos que existían en la época.
En 1940 se instituyó un órgano legislativo bicameral donde se encontraban representadas todas las fuerzas políticas, el mecanismo electivo era el voto directo y la representación proporcional. Sin embargo, la consolidación de este proceso democrático fue interrumpida por el golpe de Estado de 1952, comandado por Fulgencio Batista.
En principio, la Revolución Cubana que siguió a este golpe no modificó el texto constitucional. La Constitución de 1940 mantuvo su vigencia casi dos décadas más y no fue sino hasta 1959 que se promulgó un nuevo texto constitucional que introdujo mecanismos de democracia directa como los plebiscitos y el voto en asambleas populares. Con estas nuevas reglas, Fidel Castro convocó a elecciones para refrendar también en las urnas su liderazgo.
Después de este suceso, el modelo cubano detuvo el ciclo electoral. Durante 17 años no se realizaron elecciones populares. Mientras, se preparaba una nueva Constitución que vio la luz en 1976.
Esta Constitución marcó el viraje final del modelo electoral cubano. Se estableció un sistema de voto popular por referéndum, la elección de órganos directivos por medio de un órgano popular denominado Asamblea Popular, mismos que se replicaron a nivel provincial y municipal. En 1992, se dio fin al sistema multipartidista (que de facto había terminado muchos años antes) para formalizar el del partido único.
El proceso de selección de candidaturas —quienes participan todos a través del Partido Comunista— es el siguiente: las centrales gremiales —de trabajadores, estudiantes, agrícolas— integran la Comisión de Candidaturas y conforman un primer listado de candidaturas. Esta Constitución también modificó el modelo presidencial dándole un cariz semi parlamentario al régimen de la isla al eliminar la figura de presidente de la República y haciendo del jefe de la Asamblea, el jefe de Estado.
La Constitución más reciente es la de 2019, en esta se afinaron algunos aspectos y también se reconoció una particularidad: el abandono de la distinción clásica de división de poderes y la sustitución de esta por diferenciación de funciones, esto quiere decir que más que un asunto de pesos y contrapesos se trata de una sola voz con distintos intérpretes.
También se creó un órgano electoral permanente cuya función es la organización del refrendos, iniciativas constitucionales y plebiscitos que rinde cuentas a la Asamblea Nacional y, dándole un toque parlamentario, se retomó la figura del presidente de la República, pero también se adoptó la de primer ministro, con diferenciación de funciones y electo por la Asamblea Nacional del Poder Popular.
La elección de las candidaturas ahora se realiza mediante voto popular. Para las diputaciones, los gremios siguen proponiendo a los aspirantes y la ciudadanía, en circunscripciones, puede decir si quiere o no que dicha persona sea candidata. La Presidencia de la República se determina a partir de la selección de un candidato de entre los diputados de la Asamblea Nacional. Al tratarse de una contienda de un solo partido, no existen las campañas electorales ni la propaganda electoral.
Con este modelo se han celebrado cinco procesos electorales: la elección del actual presidente Díaz Canel, el referéndum al Código de familias, la Constitución de 2019, las elecciones municipales y las últimas elecciones nacionales.
El estudio del sistema electoral cubano deja lecciones interesantes para México (y solo a este país me referiré a continuación) y que resuenan en nuestro contexto político actual. En primer lugar, llama la atención que Cuba se identifica como una República socialista y democrática, lo último en función precisamente de la celebración de elecciones y procesos de democracia directa de forma periódica y a través de mecanismos previamente establecidos.
En Cuba, el sistema electoral ha garantizado que la Asamblea Nacional esté integrada por el 55% de mujeres y personas de todas las minorías raciales, culturales y sociales y más del 75% de la judicatura la ocupen mujeres. Ante esto cabe preguntarnos, a modo de provocación: ¿cuáles son los elementos mínimos indispensables que debe tener una democracia? El debate no está demasiado alejado de la realidad que vivimos hoy en México, donde el término “democracia” se encuentra en disputa.
Desde hace al menos una década se ha impulsado y materializado la inclusión de mecanismos de democracia directa en nuestro sistema electoral. Solo en los últimos dos años, además de elecciones de representantes y otros cargos de elección popular, hemos tenido un proceso de revocación de mandato y una consulta popular. Al tiempo que se han celebrado de forma cotidiana estos ejercicios, también hemos presenciado ataques a la independencia de los poderes, especialmente al Poder Judicial y a los órganos electorales autónomos e independientes. ¿Tenemos entonces más o menos democracia?
Dentro de las reglas democráticas está la existencia de opciones políticas reales y distintas que sean reflejo de la diversidad étnica, racial, cultural e ideológica de la nación y que todas estas alternativas tengan posibilidades reales de llegar al poder y ejercerlo.
En México hemos apostado a que este sea el pilar del sistema de partidos, donde se ha permitido la participación de un espectro ideológico amplio, cuyo límite está en el respeto a los derechos humanos. En el panorama actual y haciendo un ejercicio de análisis comparado, vale la pena reflexionar con seriedad si la búsqueda de hegemonía en la arena política u otros cambios al sistema electoral actual, tendientes a desincentivar la participación de minorías tradicionalmente excluidas, son benéficas para la representación política en un país como el nuestro.
La democracia mexicana para ser tal debe ser inclusiva, debe permitir el acceso al poder de los excluidos, a los históricamente marginados, a los socialmente desamparados. Los derechos humanos y la democracia deben ser un binomio indisoluble, un solo concepto que evidencie que ningún país es realmente democrático si excluye del ejercicio del poder a amplios sectores de su población. Garantizar que eso no ocurra es una responsabilidad conjunta de autoridades y ciudadanía.