blogeditor · 21 de septiembre de 2020
En treinta años, no recuerdo haber escuchado a alguien de la policía y las fuerzas armadas, de cualquier otra entidad pública, de la sociedad civil organizada, de la sociedad en general, de los organismos públicos nacionales e internacionales de derechos humanos y del periodismo afirmar que el uso de la fuerza policial y militar en tareas policiales está bien diseñado en las normas y bien implementado en las prácticas.
Quienes ejercen esta atribución siempre se quejan de que no tienen las herramientas que necesitan, incluyendo la defensa legal adecuada; quienes son intervenidos por la fuerza policial y militar tiene los argumentos y muchas veces las evidencias para señalar desde problemas “menores”, hasta las consecuencias de la más extrema gravedad.
Pero esto no es nuevo; lo nuevo son algunas leyes, como la nacional de uso de la fuerza, la del registro nacional de detenciones, la de tortura, la de la Guardia Nacional, las reformas en materia penal y otras relacionadas que incluyen mandatos precisos con parámetros que abarcan el antes, el durante y el después del ejercicio de esa atribución.
En términos generales, si se aplicaran todas esas leyes y protocolos asociados, el uso de la fuerza sería diseñado, registrado y evaluado con metodologías, tecnologías e instrumentos especializados, internos y externos a la policía y las fuerzas armadas. Tan solo leyendo los ocho artículos del capítulo IX sobre los informes de uso de la fuerza en la ley nacional de la materia, se tiene claro que nunca un evento de este tipo puede dejar de ser documentado y jamás una desviación puede dejar de ser denunciada, investigada y, en su caso, sancionada.
Eso dicen las leyes. Pero qué es lo que realmente sucede con esta atribución del Estado. ¿Desde qué matriz cultural está construida (recojo la expresión de Amparo Marroquín -UCA, El Salvador-)? ¿Qué representaciones simbólicas se depositan en el uso de la fuerza, por ejemplo, desde la cultura política, desde las culturas institucionales y desde la cultura ciudadana? ¿Qué ponemos ahí de manera colectiva y con respecto a qué imaginario hegemónico de la seguridad y la justicia? ¿Qué es y para qué es el uso de la fuerza para una persona que ejerce ese poder y para otra que es intervenida a través de ese poder?
Ya perdí la cuenta de los testimonios policiales y de las referencias a testimonios de personal militar que explican el uso de la fuerza como la oportunidad para la “justicia inmediata” que jamás llegará después, a través del sistema de justicia penal.
Por lo demás, en columna reciente anoté que podría representar el 0.33% de las instituciones policiales las que tienen un sistema de registro, sistematización y aprendizaje sobre el uso de la fuerza.
Desde el periodismo, por otra parte, repetidamente me comparten la percepción de que la fuerza se deja de usar cuando debe usarse o, cuando se usa, se lleva al exceso; no hay grises, me dicen, refiriéndose a una atribución que justamente está diseñada para, bajo un criterio profesional y especializado, colocarse y fluir entre grados, tal como lo disponen los métodos generalmente aceptados y regulados a nivel mundial.
Nadie está conforme con lo que sucede con el uso de la fuerza. Vale reiterar el punto de partida: ninguna de las partes afectadas por la más delicada atribución del Estado tiene un saldo positivo al respecto. Un modelo comprehensivo de rendición de cuentas que cito reiteradamente, promovido por la ONU, enseña la clave del asunto, desde la perspectiva del control democrático de las instituciones responsables de la seguridad ciudadana: los controles sobre el uso de la fuerza deben ser varios y simultáneos.
La policía y las fuerzas armadas en tareas policiales deben aplicar controles internos, luego están los controles de los fiscales y los jueces; los controles administrativos de otras entidades públicas, por ejemplo, el sistema anticorrupción; el poder legislativo es otro control externo, a través de la fiscalización del poder ejecutivo; otro más son los organismos públicos de derechos humanos nacionales e internacionales y luego están los controles informales, es decir, la sociedad en general, los medios y las redes sociales.
El uso de la fuerza es de tal riesgo para todas y todos, comenzando por las instituciones que ejercen la atribución, que merece todos los controles simultáneos posibles, toda la vigilancia posible. ¿Las policías más vigiladas son las que mejor documentan, evalúan y mejoran el uso de la fuerza? Sin duda, según nuestra perspectiva; sin embargo, ese acuerdo no parece existir en la práctica en México, más allá de lo que ordenen las leyes.
Desde el Programa de Seguridad Ciudadana de la Dirección de Incidencia de la Ibero CDMX vamos a profundizar en esto, escuchando a quienes estudian y usan el uso de la fuerza, a quienes han buscado reducir los daños asociados a ella a través de la mediación y a quienes han sido lastimados por su ejercicio. Comenzaremos con una mesa redonda pública e interdisciplinaria el jueves 29 de octubre a las 17:00 horas (anunciaremos con precisión vía @PSC_Ibero).
@ErnestoLPV