Claudia Ramos · 21 de febrero de 2026
La noticia llegó muy rápido desde Washington, y sus ondas expansivas de inmediato cruzaron la frontera norte. La Suprema Corte de Estados Unidos decidió, por seis votos contra tres, que Donald Trump se excedió al usar la ley de poderes económicos en emergencias (IEEPA) para imponer una cascada de aranceles “globales”, incluidos recargos de 25 % sobre buena parte de las importaciones desde Canadá, México y China. No es un mero tecnicismo: es un ajuste de cuentas entre poderes sobre quién manda realmente en la política comercial estadounidense.
El punto de partida es sencillo y contundente. El Congreso tiene, según la Constitución, la llave de los impuestos y los aranceles. Trump intentó abrir esa puerta por otra vía, invocando una ley pensada para congelar activos o bloquear transacciones ante amenazas externas, no para rediseñar de facto el arancel estadounidense de casi todos los bienes y casi todos los países. La Corte, en voz del presidente John Roberts, le respondió con una frase que lo resume todo: IEEPA permite “regular la importación”, pero eso no se traduce en un cheque en blanco para fijar aranceles a discreción.
El resultado jurídico es claro. La Corte anula los aranceles que descansaban sobre IEEPA: desde los llamados “reciprocal tariffs”, que permitían gravar a China y otros socios con tasas de hasta 34 %, hasta el 25 % adicional que se impuso a ciertos productos de Canadá, México y China bajo el argumento de que no hacían lo suficiente para contener el fentanilo. La decisión deja en pie otros instrumentos –como la Sección 232 sobre seguridad nacional para acero y aluminio–, pero dibuja una línea roja: el presidente ya no puede escudarse en una emergencia económica para montar un sistema arancelario paralelo y potencialmente ilimitado.
Para México, la historia tiene matices. Más de 80 % de las exportaciones mexicanas ya entran libres de arancel al mercado estadounidense por el T‑MEC, y eso no cambia con el fallo. Lo que sí cambia es el sobrecosto que generaban las sobretasas IEEPA sobre una canasta de bienes donde México es actor central: automóviles, autopartes, electrónicos, maquinaria y otros bienes intermedios. La eliminación de esos recargos baja costos para los importadores en Estados Unidos, incluidos muchos ligados a empresas mexicanas, y refuerza la idea de Norteamérica como una plataforma integrada de manufactura.
El capítulo del acero y el aluminio es distinto. Aquí conviene no generar falsas expectativas. Los aranceles clave que pesan sobre estos metales se sostienen en la Sección 232 de la Trade Expansion Act, no en IEEPA. La Casa Blanca de Trump ya había restablecido esos aranceles a México y Canadá, condicionando exenciones a reglas estrictas de origen –el famoso “melted and poured” en América del Norte– para frenar la triangulación de acero chino. La sentencia de la Corte no toca ese fundamento: el acero y el aluminio mexicanos siguen en el radar de seguridad nacional, aunque ahora el Ejecutivo tendrá menos margen para extender o combinar esos aranceles con recargos “de emergencia”.
Hay un ángulo financiero que tampoco puede pasar desapercibido. Los economistas estiman que los aranceles amparados en IEEPA han recaudado más de 170 mil millones de dólares, una parte significativa de los cuales tendrá que devolverse a importadores si estos actúan dentro de los plazos y procedimientos que marcan la aduana estadounidense y el Court of International Trade. Detrás de las grandes cifras hay historias concretas: filiales de empresas mexicanas que pagaron el arancel al internar mercancías, socios logísticos que trasladaron el costo a los exportadores, contratos que ahora habrá que revisar para ver quién tiene derecho, en la práctica, a ese reembolso.
Más allá de las hojas de cálculo, el fallo abre una ventana política y estratégica para México. La decisión limita la tentación de usar, otra vez, la emergencia como pretexto para castigar de manera generalizada a socios incómodos, y obliga a Trump a recurrir a herramientas más específicas y más litigables. En un contexto de nearshoring y reconfiguración de cadenas de suministro, esta mayor previsibilidad jurídica es un activo: le da a México argumentos adicionales para presentarse como el socio confiable que ofrece estabilidad regulatoria dentro de un vecindario que seguirá siendo políticamente turbulento. Se vislumbra una buena oportunidad de negociación en la revisión del TMEC.
El mensaje que llega desde Washington, en el fondo, no es solo para Trump. Es un recordatorio de que, incluso en la era de la política de golpes de efecto, hay límites institucionales que importan y que pueden cambiar el cálculo de riesgo para países profundamente entrelazados con la economía estadounidense, como México. La pregunta que queda sobre la mesa es si México aprovechará este respiro para afianzar su posición en la región, o si se limitará a celebrar un alivio momentáneo en la factura arancelaria sin traducirlo en una estrategia de largo plazo.
* Iliana Rodríguez Santibáñez es profesora-investigadora del Tecnológico de Monterrey, Campus Ciudad de México.