Redacción Animal Político · 7 de agosto de 2024
¡No más sangre! ¡Tinta en vez de sangre! ¡Ilustración y no barbarie! ¡Educación al pueblo! ¡Diversiones que hablen a su inteligencia y no a sus sentidos! ¡Artes útiles en lugar de mojiganga! ¡Periódicos en vez de banderillas! ¡El cincel y no el puñal del carnicero! ¡Enseñar a pensar y no a matar! ¡Moralizar en vez de corromper!
Ignacio Manuel Altamirano
16 de septiembre de 1867,
en el periódico El Correo de México.
La situación de la llamada “fiesta brava” ha sido tema de controversia en los últimos años en México, pues se han dado intentos de abolirla debido al trato cruel y violento que sufren los animales que son obligados a participar en ella. Este tema lo hemos abordado ya en publicaciones anteriores al denunciar la crueldad de estos actos desde una perspectiva médica veterinaria, y cuestionar el respaldo que han querido darle desde instituciones académicas. Recientemente ha habido suspensiones temporales a estas actividades debido a procesos jurídicos, sin embargo, han sido revocadas causando confusión entre la población.
Hace algunas semanas, la organización Animanaturalis ha publicado un desplegado informativo al respecto para tener más claridad sobre el proceso; de él retomamos algunos puntos y agregaremos otros cuantos a continuación.
Aunque los asistentes a las festividades taurinas argumentan que su actividad es legal, esto no es así, pues en 2007 la nueva Ley Federal de Sanidad Animal (obligatoria en todo nuestro país) establece normas de bienestar animal para evitar situaciones de estrés, dolor, temor, angustia, molestias, sufrimiento, lesiones innecesarias y, sobre todo, una muerte injustificada y dolorosa. Esta ley es aplicable a todos los animales, pues no se mencionan excepciones. De acuerdo con esta Ley, en su artículo 23, cuando se dé muerte a animales que no estén destinados al consumo, la única justificación aceptable es que ese animal esté sufriendo por accidente, enfermedad, discapacidad o vejez. Así mismo, cuando la muerte del animal obedezca a fines de consumo, estos actos se rigen por la Norma Oficial Mexicana NOM-033-SAG-ZOO-2014 referente a los métodos para dar muerte a los animales domésticos y silvestres, la cual determina que los métodos deben aplicarse de forma rápida e inmediata, sin dolor, sin estrés, sin sufrimiento y con previa insensibilización. Más aún, los mismo taurinos han declarado que la carne de los toros de lidia se destina al consumo humano frecuentemente, razón por la cual debería aplicarse también la Norma Oficial Mexicana NOM-009-Z00-1994 que regula el proceso sanitario de la carne; esta norma establece claramente el tiempo de reposo del animal antes de su muerte, así como medidas sanitarias para garantizar la inocuidad del alimento, como es el procesamiento rápido del cadáver para evitar proliferación bacteriana. El cumplimiento de estas regulaciones se encuentra a cargo de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) y su órgano administrativo el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria quienes tienen la obligación de imponer sanciones a quienes no las cumplan dentro del territorio mexicano.
Es evidente que, por más de 15 años, la realización de corridas de toros ha violado estas leyes y normas mexicanas con total impunidad al matar animales de manera cruel y violenta, sin otra justificación que la diversión de unos cuantos y sin cumplimiento de las medidas sanitarias. Esto ha sido denunciado por varias organizaciones, por lo que en mayo de 2024, el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito de la Ciudad de México concedió el amparo y le ordenó a la Sader atender las denuncias ciudadanas que se presenten, así como vigilar en todo el país el cumplimiento de la Ley Federal de Sanidad Animal y las normas oficiales mexicanas correspondientes en los espectáculos taurinos; y de cometerse infracciones, proceder a imponer las sanciones respectivas. El resultado de esta falta de regulación es que continúa la muerte cruel, violenta y dolorosa de una gran cantidad de animales, así como el consumo de carne que incumple las normas sanitarias y representa un potencial riesgo de salud para la población.
La batalla legal para prohibir estos espectáculos violentos se ha dado gracias a varias organizaciones, pero el congreso local y las autoridades ejecutivas en la Ciudad de México (CdMx) no han tenido la voluntad para sancionarlas de acuerdo con la ley ni para prohibirlas definitivamente. Se han presentado varias demandas de amparo en diferentes juzgados apelando al derecho de un medio ambiente sano por la inactividad y omisión de seguir permitiendo las corridas de toros en la CdMx y del Congreso de la capital por no reformar la Ley para prohibir estos eventos de violencia y muerte.
No es aceptable que se violen las leyes ni las normas federales sobre el trato ético a los animales, ni que se mantengan las excepciones en las leyes locales para seguir permitiendo tanta violencia. Los argumentos sobre la cultura y tradición ya han sido desmentidos desde hace mucho tiempo y también hay un dictamen médico veterinario sobre las lesiones que se infringen a estos animales en el ruedo, así que las justificaciones pro taurinas simplemente se agotan.
La asistencia se reduce de manera paulatina, las corridas de toros ya no son negocio y no representan al México del siglo XXI, sólo son un remanente de tradiciones importadas durante la Colonia. La primera corrida de toros en México se realizó en 1526 para celebrar la caída de Tenochtitlan. Son tradiciones de una época en la que era aceptable divertirse a costa del sufrimiento animal y, aún entonces, la “fiesta” resultaba tan reprobable que fue prohibida por la Iglesia católica entre 1567 y 1596, y por Benito Juárez en 1867.
No, México no es taurino, siete de cada 10 mexicanos estamos abiertamente en contra de estas actividades. No, las corridas de toros no son legales porque violan la Ley Federal de Sanidad Animal, la NOM-033-SAG-ZOO-2014 y la NOM-009-Z00-1994. Entonces ¿por qué el gobierno federal y los gobiernos estatales siguen avalando la ilegalidad e impunidad de tales eventos?
Terminar con esta barbarie es una necesidad del México contemporáneo. Una necesidad que otras naciones latinoamericanas ya han logrado, como Brasil, Chile, Argentina, Uruguay, Guatemala y, la más reciente, Colombia, país que prohibió definitivamente la celebración de las corridas de toros el 29 mayo de 2024.
Ante este escenario se ha creado el movimiento México Sin Toreo, una coalición de muchas organizaciones para compartir y difundir información en torno a este tema, y organizarse para terminar con la tortura y la crueldad contra los toros, tomando palabras prestadas a Julio Cortázar: “de una vez por todas y en paz y basta”.
#TauromaquiaCorrupción #MéxicoSinToreo
* María del Carmen Valle Lira es médica veterinaria zootecnista, maestra en Ciencias por la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, y doctora en Bioética por la Facultad de Medicina, ambas por la UNAM; diplomada en Bioética por el Programa Universitario de Bioética de la UNAM y certificada como docente de Bioética por la Unesco. Su trabajo se ha enfocado, por más de 20 años, en el cuidado y conservación de los animales silvestres, en zoológicos, en vida libre y en la atención clínica de animales de compañía no convencionales. Actualmente realiza una estancia postdoctoral en el Programa Universitario de Bioética de la UNAM.
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