Joel Aguirre · 7 de octubre de 2026
Por Asael Nuche*
La captura de un ayuntamiento puede comenzar antes de que un alcalde sea detenido. Compromete la seguridad ciudadana, la autonomía municipal y el mandato popular. Mediante amenazas, ataques, financiamiento ilícito o acuerdos de colaboración, los grupos delictivos pueden condicionar candidaturas, imponer nombramientos, obtener contratos, acceder a información policial o conseguir que las autoridades omitan sus obligaciones. Cuando determinan las decisiones del gobierno, los intereses criminales desplazan las necesidades de la población.
La coacción busca someter mediante amenazas o violencia; la cooptación obtiene colaboración mediante beneficios o acuerdos ilícitos. Pueden combinarse, pero requieren respuestas distintas: protección para quien enfrenta una imposición y controles para detectar a quien colabora con el crimen. Una autoridad amenazada no debe ser tratada automáticamente como cómplice.
Las detenciones, revocaciones de mandato y sustituciones de ayuntamientos pueden interrumpir redes delictivas y evitar nuevos daños, pero responden a una crisis ya manifiesta. La prevención exige atender las señales de riesgo antes de que se condicionen decisiones públicas y se perjudique a la población.
El Operativo Enjambre ilustra ese límite. El 8 de septiembre, Omar García Harfuch, secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, informó que el operativo había permitido detener a 111 servidores públicos, incluidos presidentes municipales de varios estados, por su presunta vinculación con actividades delictivas. Investigar esas responsabilidades es indispensable, pero el número de detenciones no permite saber cuántas amenazas fueron atendidas a tiempo ni cuántos acuerdos criminales se impidieron.
La revisión voluntaria de perfiles impulsada por el INE ofrece un filtro antes del registro de candidaturas. Una candidatura sin vínculos delictivos identificados puede recibir amenazas durante la campaña; una autoridad electa puede ser presionada en la transición o pactar después de asumir el cargo. Aunque ya existen fiscalización electoral e investigación penal, hace falta articularlas con protección y seguimiento durante todo ese recorrido.
Un análisis difundido por un medio nacional estima predominio criminal en alrededor de 30 % del territorio nacional, control compartido o disputado en 47 % y predominio estatal en 23 %. Clasifica nueve entidades en el primer grupo, 14 en el segundo y nueve en el tercero. La publicación no expone la metodología que permitiría verificar esos porcentajes: conviene tratarlos como una aproximación y evitar atribuir a todos los municipios de una entidad la misma condición.
La gobernanza criminal comprende la imposición de reglas sobre la vida comunitaria y la economía: quién puede trabajar, circular o vender y bajo qué condiciones. Ese poder también puede condicionar las decisiones del gobierno. Por ello, contar homicidios o funcionarios detenidos resulta insuficiente para saber quién toma las decisiones públicas.
La seguridad pública es responsabilidad de la Federación, los estados y los municipios. Preservar la autonomía municipal exige capacidades, protección y colaboración entre autoridades. Para prevenir la captura criminal de los municipios, propongo siete mecanismos que aprovechan los instrumentos existentes y permiten actuar antes, durante y después de los procesos electorales.
Primero, se reformarían los códigos penales locales para investigar de oficio las amenazas contra funcionarios dirigidas a condicionar sus decisiones, sin depender de una querella de la víctima. En la Ley General en Materia de Delitos Electorales se incorporarían expresamente las amenazas destinadas a impedir una postulación, imponer una candidatura, obligar a mantenerla o forzar su retiro, sin exigir un motivo de género. Estos supuestos se investigarían de oficio conforme a la regla ya prevista en su artículo 4.
La detección de alertas, su canalización y el seguimiento de la apertura de carpetas se articularían con las Mesas de Paz. Fiscalías e instituciones de seguridad registrarían hechos conocidos por denuncias o fuentes públicas y verificarían la información anónima. El Ministerio Público iniciaría la investigación cuando corresponda, sin esperar autorización de la mesa. Cada alerta tendría una autoridad responsable y seguimiento documentado.
Segundo, la recepción de una alerta activaría la valoración del riesgo y, cuando proceda, la protección urgente. La atención comprendería a aspirantes, candidaturas, autoridades electas y funcionarios; también a familiares, colaboradores y exfuncionarios expuestos por estos hechos. La cobertura dependería del riesgo individual y continuaría mientras este persista, incluso después del proceso electoral o de concluir el cargo. La persona amenazada no tendría que identificar al agresor ni probar el móvil político para recibir atención.
El plan de protección precisaría medidas, responsables, recursos y fechas de revisión. La Mesa de Paz analizaría el contexto, coordinaría apoyos y verificaría el cumplimiento de acuerdos. La fiscalía informaría sobre atención y avances dentro de los límites legales de reserva. Si la institución protectora estuviera implicada, otra autoridad competente asumiría la atención.
Tercero, las Mesas de Paz coordinarían la elaboración de un mapa estatal de riesgos para los municipios, a cargo de las áreas técnicas de seguridad y procuración de justicia. Identificaría necesidades de protección, investigación y fortalecimiento policial, por ejemplo, en municipios con robo de hidrocarburos y policías débiles. Integraría información sobre grupos criminales, amenazas, extorsión y explotación ilícita de recursos, junto con datos sobre personal, certificaciones, equipamiento y capacidad de respuesta policial. Durante la transición, permitiría informar a las autoridades electas y preparar convenios de mando único técnicamente justificados. Su aprobación correspondería al ayuntamiento en funciones y a las autoridades competentes. Cada convenio precisaría el riesgo que busca reducir, las capacidades que aportará la institución receptora, las funciones, recursos, duración, supervisión y condiciones de revisión.
Cuarto, las autoridades municipales colaborarían con la fiscalización electoral y administrativa para revisar posibles relaciones entre aportaciones de campaña y posteriores nombramientos, contratos o protección a intereses ilícitos. Se contrastaría información legalmente disponible sobre aportantes, personas designadas y proveedores. Una coincidencia justificaría verificar posibles compromisos o conflictos de interés; los indicios se remitirían a la autoridad competente.
Quinto, antes de designar responsables de seguridad, tesorería, permisos de comercio y expendio de alcohol, adjudicaciones, pagos y supervisión de contratos, se integrarían expedientes verificables. Dejarían constancia de quién propone a la persona, qué requisitos, inhabilitaciones y conflictos de interés se revisaron y quién aprobó el nombramiento. En seguridad se comprobarían también las certificaciones exigibles.
Sexto, la contraloría tendría un programa anual de revisión de cargos y decisiones sensibles, con seguimiento trimestral y verificaciones extraordinarias ante alertas. La cooptación puede surgir después del nombramiento mediante pagos, favores o presiones para entregar contratos, desviar recursos o permitir delitos. El programa identificaría responsables y documentos que acrediten resultados y correcciones.
Séptimo, los congresos estatales supervisarían la atención de alertas, la protección, los convenios de mando único, los controles municipales y el ejercicio de recursos mediante requerimientos de información, comparecencias e informes públicos de seguimiento. Verificarían que existan personal, presupuesto y plazos de cumplimiento, respetando las competencias de cada autoridad y la información reservada.
Prevenir la captura significa que una amenaza encuentre respuesta, que un acuerdo ilícito pueda detectarse y que las instituciones rindan cuentas por sus omisiones. La autonomía municipal se defiende durante las campañas, la transición y cada día del gobierno.♦
*Asael Nuche es politólogo e investigador en Causa en Común. Su trabajo se centra en el análisis de riesgos, la prospectiva y la evaluación de políticas e instituciones de seguridad y justicia en México. Ha coordinado investigaciones e informes sobre violencia política, robo de hidrocarburos, militarización y estudios nacionales sobre el desarrollo de policías, fiscalías y sistemas penitenciarios. Redes: @AsaelNG