Redacción Animal Político · 16 de noviembre de 2022
A inicios de año, dentro de la conferencia de prensa matutina del presidente López Obrador, fue implementada la sección Cero Impunidad, la cual tiene como objetivo proporcionar información oficial sobre los avances en materia de detenciones, investigaciones y vinculaciones a proceso de casos “lamentables y relevantes” que ocurren en el país como homicidios, secuestros y feminicidios; lo anterior con la finalidad de informar las acciones que emprende el gobierno para acabar con la impunidad.
De 2019 a junio de 2022, el equipo de investigación de Causa en Común se ha dado a la tarea de analizar 460 conferencias de prensa en las que han sido abordados temas de seguridad y justicia. 1 En este esfuerzo se coteja la información de las declaraciones emitidas en materia de seguridad, con las respuestas proporcionadas por las distintas instituciones responsables en esta materia a través de la Plataforma Nacional de Transparencia. En términos generales, el 59% de las respuestas proporcionadas por las instituciones federales de seguridad no concuerdan con las declaraciones que fueron emitidas en conferencias de prensa; no obstante, al poner la lupa en secciones como Cero Impunidad -más allá de la concordancia o discrepancia de datos- resaltan elementos que ponen en duda que las conferencias mañaneras sean un ejercicio de rendición de cuentas. Veamos algunos ejemplos.
En la conferencia de prensa del pasado 22 de septiembre, fue anunciado que como resultado de la investigación de un feminicidio acontecido el día 15 de septiembre en el estado de San Luis Potosí, se había logrado la detención y vinculación a proceso del presunto autor material de estos hechos. A través de una solicitud de información realizada a la Fiscalía del Estado de San Luis Potosí se preguntó cuántos detenidos había por este feminicidio, a lo que dicha fiscalía respondió que con el fin de no intervenir ni dañar el debido proceso penal, la información solicitada era de carácter reservado. 2
Un caso similar ocurrió con el asesinato de los sacerdotes jesuitas y un guía de turistas registrado el pasado 20 de junio en Chihuahua, donde en conferencia de prensa el subsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana expresó que 11 personas habían sido vinculadas a proceso por tal delito. Al querer contrastar esta declaración con los datos de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, ésta respondió vía transparencia que al revelar información inmersa en la carpeta de investigación se compromete la seguridad pública, y por tanto, también se reservó la información. 3
De igual forma, el pasado 2 de junio se señaló en conferencia la buena actuación de la Fiscalía General de Justicia del estado de Veracruz, que por los hechos en que perdiera la vida el presidente del DIF del municipio de Acayucan en un evento acontecido el 26 de mayo, girara una orden de aprehensión contra el autor material de dicho evento a la espera de su detención. Por su parte, la propia Fiscalía respondió en la solicitud de transparencia que por resguardo de la carpeta de investigación no se podía proporcionar la información solicitada. 4
A primera vista, a partir de estos casos se podría concluir que las fiscalías en cuestión están incumpliendo sus obligaciones en cuanto a la rendición de cuentas debido a que la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública reitera el derecho que tienen los ciudadanos al acceso a la información, y estipula la obligación de las instituciones a proporcionarla cuando éstos la solicitan. No obstante (y sin afán de justificar la reserva de información de estos casos), de acuerdo con los artículos 15 y 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales se establece que “en todo procedimiento penal se respetará el derecho a la intimidad de cualquier persona que intervenga en él”; asimismo “los registros de la investigación, así como todos los documentos, independientemente de su contenido o naturaleza, los objetos, los registros de voz e imágenes o cosas que le estén relacionados, son estrictamente reservados”.
En este sentido, si bien hay un derecho y una necesidad por parte de la ciudadanía en conocer el desarrollo de la investigación en delitos que afectan a la sociedad -más allá de hacer énfasis en el incumplimiento de las fiscalías al reservar la información penal- habrá que ir más allá y cuestionarse si la difusión de datos sobre procesos judiciales dentro de un canal de información como lo son las conferencias matutinas es pertinente. La presentación de detenciones o vinculaciones a proceso en dichos espacios tiende más a encarnar un espectáculo que una evidencia comprobable y certera que dé cuenta del avance en la impartición de justicia en México.
Por otro lado, al revisar el Censo Nacional de Sistema Penitenciario Estatal 2022 del INEGI, resalta que del total de la población que se encontraba privada de la libertad en el 2021, el 42.1% permanecía en prisión sin una sentencia, cifra que mostró un aumento de 7.6% en comparación con los datos de 2020. Este porcentaje de personas sin una sentencia pone en duda que los datos sobre detenciones sean una evidencia del avance en la impartición de justicia; en este sentido, para combatir la impunidad se necesita mucho más que Cero Impunidad.
* Estefanía López Mendoza (@_estefanialm) es licenciada en Filosofía por la UNAM. Ha participado en proyectos de investigación sobre economía política y violencia en el Instituto de Investigaciones Económicas (IIEc, UNAM). Cuenta con experiencia colaborando en el área de investigación de organizaciones de la sociedad civil sobre sistema penitenciario y discapacidad, derechos humanos y política de drogas en México.
2 Folio de la solicitud: 240469822000494
3 Folio de la solicitud: 080139722000592
4 Folio de la solicitud: 301146722000456