Redacción Animal Político · 3 de julio de 2024
El 3 de enero de este año, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación diversas modificaciones a la Ley de Coordinación Fiscal y a la Ley General de Salud con el objetivo de modificar la distribución del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA), al cual las entidades federativas han tenido acceso desde 1998. Estas reformas formalizan la transferencia de recursos financieros relacionados con la salud a las entidades federativas que decidieron integrarse al Organismo Público Descentralizado IMSS-Bienestar (OPD IMSS-Bienestar).
Al respecto escribí, en este espacio, el texto “La centralización de los recursos financieros en materia salud”, pero en aquel entonces aún no existía claridad ni documentación oficial sobre el monto y el porcentaje de los recursos del FASSA que cada estado adherido debía transferir al OPD IMSS-Bienestar. Recientemente se hicieron públicos a través del Diario Oficial de la Federación los anexos de los convenios de coordinación suscritos entre dicho organismo y las 23 entidades federativas adheridas.
Pero antes de entrar en detalle, es fundamental recordar que los estados tienen la facultad de organizar, operar, supervisar y evaluar diversos servicios de salubridad general, entre los cuales destacan la atención médica, la promoción de la formación de recursos humanos para la salud, la coordinación de la investigación en salud, la prevención y el control de enfermedades transmisibles, entre otros. Con el fin de facilitar la realización de estos servicios y a través del Ramo 33 (Fondo de Aportaciones Federales), se estableció en 1997 el FASSA. Este fondo fue creado para respaldar con recursos financieros las labores que llevan a cabo las entidades federativas en el ámbito de la salud. Dichos recursos se distribuyen con base en distintos criterios como el inventario de infraestructura médica, las plantillas de personal, las previsiones para servicios personales, el gasto de operación e inversión, la población y el índice de marginación de los estados.
Con la creación del OPD IMSS-Bienestar, los estados de la República tienen la opción de transferir sus responsabilidades sanitarias a este organismo. Hasta el momento, 23 de las 32 entidades federativas (muy probablemente se sume Yucatán) han elegido esta alternativa. A cambio de ello, y de acuerdo con los convenios de coordinación, los estados deberán ceder en promedio el 77 % de sus recursos FASSA.
Pero veamos los números para entender esto con mayor claridad, el Presupuesto de Egresos de la Federación 2024 contempló en total de recursos FASSA para los 23 estados adheridos, 103 mil 194 millones de pesos (mdp), como se muestra en la gráfica 1. Los estados que más recursos recibirán son el Estado de México, Veracruz, Guerrero, Chiapas y Oaxaca; mientras que Baja California Sur y Colima los que menos.

Ahora bien, de ese monto las entidades cederán un total de 79 mil 771 mdp, es decir el 77.3 % de esos recursos. En la gráfica 2 se muestran los recursos FASSA que cada estado se comprometió a transferir al OPD IMSS-Bienestar.

Sin embargo, la proporción de los recursos que cederán las entidades federativas al OPD IMSS-Bienestar no es la misma en todos los casos. Como se observa en la gráfica 3, los estados de Puebla, Zacatecas y Baja California transferirán casi 9 de cada 10 pesos que reciben del FASSA, mientras que entidades como Chiapas, Ciudad de México y Michoacán cederán casi 7 de cada 10 pesos de dicho fondo.

Así pues, en 2024 el OPD IMSS-Bienestar recibirá más de 79 mil millones de pesos adicionales procedentes del FASSA, recursos que pertenecen a las entidades federativas adheridas. Y aunque en los propios anexos se estipula que del total de estos recursos, el 82.5 % será para servicios personales, el 17 % para gastos de operación y el 0.5 % para gastos de inversión, aún persisten incertidumbres respecto a la distribución de estos fondos. Principalmente, para cubrir la nómina del personal de salud vinculado a los sistemas estatales de salud, así como para el mantenimiento y equipamiento de las unidades de salud, la construcción y remodelación de hospitales, y los programas de vacunación, entre otros aspectos.
Por ello, resulta indispensable que el OPD IMSS-Bienestar establezca de manera transparente las directrices para la gestión de los recursos financieros, humanos y de infraestructura que las entidades federativas adheridas cederán. Igualmente será crucial que se definan los criterios para la asignación de estos recursos, así como establecer los procedimientos para su incremento, además de implementar un necesario y claro mecanismo que permita a los estados expresar sus necesidades específicas, asegurando que una parte de estas asignaciones se ajuste de manera coherente a las demandas de su población en materia de salud. Veremos si estos importantes aspectos son comunicados en próximos días.