blogeditor · 20 de julio de 2020
El caso del Edificio Trevi en la Ciudad de México es paradigmático. No solo como ejemplo de los procesos de gentrificación que sufren distintas colonias y barrios de la capital federal, sino porque también pone sobre la mesa un fenómeno raramente abordado en nuestro país: el acoso inmobiliario.
La semana pasada se dio fin al largo conflicto por el Edificio Trevi. Desde hace años, el inmueble fue comprado por una empresa para hacer un hotel boutique, sin respetar el derecho de tanto de las personas que habitaban en él. Se les ofreció una indemnización a cambio de que abandonaran esa emblemática construcción art deco en la Colonia Centro. Algunos aceptaron. Muchos otros se negaron a salir y fueron demandados bajo el argumento de falta de pago de la renta, aunque no fuera cierto. Tras años de tediosos litigios, manifestaciones, ruedas de prensa e incidencia, se anunció que las y los vecinos del Trevi, así como los propietarios de la mítica cafetería de su planta baja, aceptaron un arreglo con la empresa inmobiliaria para desocupar la torre.
Durante todo este recorrido, las personas inquilinas del Edificio Trevi fueron sometidas a distintas formas de presión e intimidación. Primero, la empresa introdujo a las instalaciones elementos de su seguridad privada para que vigilaran de forma permanente. Luego, aprovechándose de su situación de pobreza y calle, se dejó entrar a personas extrañas para que se instalasen en los pasillos, bajo la lógica de incomodar a quienes habitaban en el Trevi. Se dieron algunas situaciones de tensión, pero no las suficientes para hacer que las y los vecinos de los departamentos claudicaran en su lucha por permanecer. Finalmente, la empresa inició obras de construcción y mantenimiento en la totalidad del edificio, a pesar de que aún había personas habitándolo y quedaban juicios aún por concluir. El “ataque sonoro” –como lo describen las personas afectadas– de 9 de la mañana a 6 de la tarde todos los días, así como el hacinamiento de escombros en cada rincón, fueron utilizados como mecanismos para generar tensión y hartazgo que obliguen a las personas a salir “voluntariamente”.
La Ley 18/2007 del derecho a la vivienda de la Comunidad Autónoma de Cataluña describe el acoso inmobiliario como “toda actuación u omisión con abuso de derecho que tiene el objetivo de perturbar a la persona acosada en el uso pacífico de su vivienda y crearle un entorno hostil, ya sea en el aspecto material, personal o social, con la finalidad última de forzarla a adoptar una decisión no deseada sobre el derecho que la ampara para ocupar la vivienda”. Asimismo, el Código Penal de España establece en su artículo 172 que el delito de coacciones incluye aquella cuyo objetivo sea “impedir el legítimo disfrute de la vivienda”. También, en su artículo 173 relativo a “torturas y otros delitos contra la integridad moral”, establece sanciones a quien “de forma reiterada lleve a cabo actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, tengan por objeto impedir el legítimo disfrute de la vivienda”.
En Estados Unidos, la historia del acoso inmobiliario o real estate mobbing se remonta al blockbusting, una práctica racista consistente en asustar a propietarios blancos de la llegada de personas afrodescendientes a sus barrios, con el objetivo de hacerles vender sus casas a precios bajos y luego revenderlas a precios altos a familias afrodescendientes. Con la Fair Housing Act de 1968 se prohibió negarle a alguien la venta o renta, o negarse a negociar una venta o renta, o cualquier otra conducta que haga inaccesible la vivienda a cualquier persona por motivos de raza, color, religión, sexo, estatus familiar u origen nacional (Sec. 804. (42 U.S.C. 3604)). Esta cláusula, retomada de forma similar en el Equal Credit Opportunity Act, ha sido interpretada para prohibir, por ejemplo, el acoso sexual inmobiliario hacia las mujeres por parte de propietarios o agentes inmobiliarios como un obstáculo para el acceso a la vivienda. En 2017, el Departamento de Justicia de ese país inició la Sexual Harassment in Housing Initiative, la cual es una política institucional para combatir el acoso sexual inmobiliario.
Como es evidente, no existe un mecanismo único y específico para atender el acoso inmobiliario. Teniendo una postura a favor de un derecho penal mínimo, no creo que la opción vaya por la tipificación de un delito, como sucede en España. Pero el derecho y las autoridades no pueden ignorar que esta práctica incide de manera trascendental en la voluntad de las partes de un contrato, así como en el acceso a la justicia y en el ejercicio del derecho a la vivienda.
El caso del Edificio Trevi no es el único en esta especie. Similar ocurrió en el edificio de departamentos de la calle Liverpool 9 en la Colonia Juárez. Tras la compra de la torre, la empresa inmobiliaria envió a su personal de seguridad privada para ingresar y tomar fotografías de quienes seguían viviendo ahí, así como para hostigarlas en los pasillos llamándolas “invasoras” a pesar de que, tal y como en el caso del Edificio Trevi, no había aún una orden judicial de desalojo y el pago de las rentas estaba siendo consignado mensualmente ante el juez.
Como ocurre con otras problemáticas, un paso elemental para atender esta situación en México es la producción de datos. Hace falta una documentación de casos por parte de las autoridades para identificar los patrones comunes, así como el perfil de las personas víctimas del acoso inmobiliario en poblaciones como la Ciudad de México. Empezar a producir esta información es una de las medidas que pudiesen ser adoptadas para hacer frente a la inminente ola de desalojos por la pandemia, la cual ya está empezando a manifestarse.
Colofón: aprovecho la oportunidad para manifestar toda mi solidaridad y reconocimiento a las personas inquilinas del Edificio Trevi, así como al personal de la cafetería homónima. El contacto que he tenido con algunas de ellas me confirma las valiosas redes vecinales y de cooperación que se pierden con los procesos de gentrificación. Incluso la gente que ya había sido desalojada judicialmente continuó participando en la lucha en apoyo a las vecinas y los vecinos restantes en el inmueble. Si bien el acuerdo entre las partes posee un sabor agridulce, el caso del Edificio Trevi ha dejado una importante historia de lucha por el derecho a la vivienda en Ciudad de México.