Redacción Animal Político · 3 de febrero de 2025
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), la tercera institución más relevante en materia de prestación de servicios de salud en el país —detrás del IMSS y el IMSS-Bienestar, por la cantidad de personas a las que atiende—, ha informado oficialmente que garantizará el acceso a un aborto voluntario a toda la población derechohabiente que solicite los servicios, independientemente de los motivos por los cuales la persona decida interrumpir su embarazo, siempre que sea legal hacerlo.
A diferencia del IMSS, que exactamente hace dos años emitió un protocolo para limitar los servicios de aborto que debería prestar a toda víctima de violencia sexual que resultara embarazada como consecuencia, el ISSSTE —por acuerdo de su director general, Martí Batres— ha decidido aprovechar las corrientes que ha generado la marea verde en el país para que los derechos reproductivos lleguen a buen puerto.
Cuando se despenalizó el aborto en la Ciudad de México en el 2007, el ISSSTE —junto al IMSS— se negó a prestar los servicios de interrupción del embarazo a su población derechohabiente en la capital del país, argumentando ser una institución federal que no se regía por la legislación emitida localmente.
El rumbo que había decidido tomar el Instituto hace casi 18 años se mantuvo invariable desde entonces, negando incluso los servicios de aborto a personas cuya salud se encontraba en riesgo si continuaban con el embarazo, como fue el caso de Marisa, habitante de la Ciudad de México, resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 2019.
Ahora, en lo que se constituye como un auténtico “golpe de timón”, el ISSSTE reconoce que en más de la mitad del país el aborto ha sido despenalizado; que existen compromisos y obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, y que el acceso a un aborto legal y seguro es indispensable para comenzar a garantizar los derechos reproductivos de su población derechohabiente.
El ISSSTE parece tomar rumbo hacia un horizonte más garantista para las mujeres, niñas, adolescentes y otras personas con capacidad de gestar —hombres trans y personas no binaries—. Sin embargo, la ruta tomada por el Instituto no está libre de retos y la travesía que le espera puede resultar complicada, especialmente si no enmienda oportunamente su carta de navegación.
El Acuerdo emitido por el director general para que el ISSSTE garantice la aplicación del Procedimiento para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) es un documento inédito que indiscutiblemente pone al instituto en el rumbo correcto, es decir, aquel en el que los derechos reproductivos no sólo se reconocen sino que se garantizan. No obstante, contiene algunas disposiciones que suponen un riesgo.
Por ejemplo: la definición de Interrupción Legal del Embarazo o ILE como un procedimiento médico realizado por personal de salud capacitado, para interrumpir un proceso de gestación en el período comprendido entre la implantación y las doce semanas completas del embarazo, puede interpretarse legalmente como que en el Instituto no se prestarán servicios de aborto seguro para interrumpir un embarazo más allá de las doce semanas, independientemente de que en entidades como Sinaloa se haya determinado un plazo más extenso.
En el mismo sentido, establecer que el Acuerdo es obligatorio para las personas servidoras públicas del ISSSTE únicamente en las entidades federativas en las que ha sido aprobada la ILE mantiene un modelo que discrimina a las personas usuarias, determinando que tienen más o menos derechos en función de su lugar de residencia. Las prestaciones a las que tienen acceso las personas derechohabientes del Instituto no pueden condicionarse en función de la geografía.
También, este modelo de atención delineado en el Acuerdo y que refiere al mismo tiempo la observancia de disposiciones estatales y federales —como la sentencia que emitió la Corte el 6 de septiembre de 2023 sobre la inconstitucionalidad de la penalización absoluta del aborto en el Código Penal Federal— supondrá una complejidad innecesaria, que en la práctica podría reducir la certeza jurídica bajo la cual opera el personal de salud del ISSSTE responsable de prestar los servicios de aborto.
Es de destacar que el propio Acuerdo emitido por el ISSSTE pone de manifiesto las complejidades de tratar de regular un servicio —al menos en parte— desde el derecho penal, o para tratar de evitar un conflicto con él, y es precisamente el motivo por el cual la Organización Mundial de la Salud recomienda firmemente abandonar por completo su uso: dejar atrás modelos de atención médica del aborto basados en supuestos, plazos, requisitos y autorizaciones y, por el contrario, garantizar que los servicios de aborto seguro sean regulados como servicios de atención de la salud, que estén disponibles permanentemente y de forma suficiente que satisfaga la demanda.
Esta decisión del director general coloca al ISSSTE en el rumbo correcto para reconocer y garantizar los derechos reproductivos en el país, en consonancia con los avances que se han logrado en los últimos años gracias a la fuerza de la marea verde.
* Francisco Cué (@PacoCue) es coordinador de Incidencia en Política Pública en @GIRE_mx.