Redacción Animal Político · 13 de febrero de 2024
A principios del año 2022, tras la despenalización del aborto en el estado de Hidalgo, GIRE y diversas organizaciones presentamos solicitudes de información a los sistemas de salud (local, IMSS e ISSSTE) respecto de la prestación de servicios de aborto. Lo anterior como parte de una estrategia integral para asegurar no sólo la despenalización en las leyes sino también que los servicios cuenten con presupuesto, personal capacitado y lineamientos adecuados para la debida prestación del servicio de salud.
En seguimiento a la solicitud realizada en el mes de agosto de 2022, la Delegación del IMSS en el estado de Hidalgo contestó señalando que no existen unidades médicas o algún procedimiento para que mujeres y personas con capacidad de gestar puedan acceder a servicios de aborto voluntario. Esto a pesar de que en dicha respuesta el propio IMSS reconoció que en Hidalgo el acceso al aborto voluntario es un derecho al menos hasta la semana 12 de gestación.
Por lo anterior, GIRE presentó una demanda de amparo alegando violaciones a los derechos reproductivos y el derecho a decidir de las mujeres y personas con capacidad de gestar en Hidalgo, quienes al ser derechohabientes del IMSS no pueden acceder a servicios de aborto voluntario en dicha institución. La jueza que conoció del asunto reconoció que el IMSS de Hidalgo no brindaba los servicios a pesar de que debía hacerlo; sin embargo, decidió no resolver el juicio al considerar que GIRE, al ser una organización civil y no una mujer o persona gestante que acude a los servicios de salud, no podía reclamar las violaciones a derechos humanos.
Dicha decisión fue impugnada y el pasado 14 de enero el Tribunal Colegiado, órgano revisor del trabajo de la jueza de Distrito, concedió la razón a GIRE. Por un lado, el Tribunal reconoció que GIRE –al ser una organización defensora de derechos humanos que ha trabajado por más de 30 años en la búsqueda de justicia reproductiva– sí puede acudir al juicio de amparo para hacer valer violaciones a derechos reproductivos y el derecho a decidir, por lo cual sí debe estudiarse el asunto.
Por otro lado, el Tribunal reiteró la existencia de las omisiones reclamadas, es decir, la falta de prestación de servicios de aborto en el IMSS de Hidalgo, y señaló que la jueza que conoció del asunto cometió un error al momento de estudiar el caso, pues sólo llamó como autoridad responsable al Director General del IMSS cuando debió llamar también a la Asamblea General, el Consejo Técnico y la Dirección de Prestaciones Médicas, pues de concederse el amparo el IMSS deberá destinar recursos suficientes para asegurar la prestación de los servicios de salud: medicamentos, personal e infraestructura.
Desde GIRE destacamos la resolución del Tribunal Colegiado del Poder Judicial de la Federación, pues a través de su criterio se asegura que el juicio de amparo sea un recurso judicial efectivo; se permite que organizaciones defensoras de derechos humanos puedan contribuir en el goce y garantía de los mismos, y se reiteran criterios importantes sobre derechos reproductivos al reconocerse expresamente, como lo ha hecho la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que no sólo no debe criminalizarse el acceso al aborto, sino que la prestación de los servicios es una obligación del Estado mexicano cubierta por el artículo 4 constitucional, el derecho a la salud y diversos tratados internacionales de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El caso regresará con la jueza que conoció inicialmente de la demanda, por lo que la resolución del asunto tardará un poco más; la jueza deberá reconocer que GIRE sí puede combatir el incumplimiento del IMSS en Hidalgo y estudiar el deber de los altos órganos directivos de la institución para proporcionar servicios adecuados de aborto. Lo anterior –en conjunto con la decisión reciente de la SCJN que ordenó derogar el delito de aborto del Código Penal Federal– implica un paso más en la búsqueda de asegurar el acceso al servicio de aborto y la debida garantía del derecho a decidir de las mujeres y personas con capacidad de gestar, no sólo en Hidalgo sino en todo el país.