Las 72 horas que no existen: la espera institucional que pone en riesgo a las mujeres

Jorge Avila · 21 de abril de 2026

La escena se repite con una regularidad inquietante en distintas partes del país: una mujer no regresa a casa, la familia entra en pánico, acude a una autoridad (policía, ministerio público, fiscalía) y recibe una respuesta que, aunque ilegal, se ha normalizado: “espere 72 horas”. No importa el estado, no importa el partido que gobierne, no importa el discurso público sobre la prioridad de atender la violencia de género. La respuesta es la misma. Y esas horas, que jurídicamente no existen, en la práctica pueden ser decisivas.

El caso reciente de Edith Guadalupe es dolorosamente ilustrativo. Sus familiares enfrentaron dudas, retrasos y estereotipos (la sospecha automática de que “seguro se fue con el novio”) antes de que la autoridad actuara con la urgencia que el caso exigía. La propia fiscalía reconoció retrasos injustificables. Pero lo más inquietante no es el error en sí, sino su familiaridad: no es un hecho aislado, es un síntoma.

Porque en México no existe ninguna norma que obligue a esperar 72 horas para denunciar la desaparición de una persona. Por el contrario, el marco legal establece la inmediatez como principio. Sin embargo, entre la ley y la práctica hay una distancia que no se explica solo por falta de capacitación. Lo que hay es algo más profundo: una falla estructural en la forma en que operan nuestras instituciones de seguridad y procuración de justicia.

Durante años, el debate público ha insistido en la capacitación como respuesta casi automática. Capacitar a policías, capacitar a ministerios públicos, capacitar en perspectiva de género. Pero como ha señalado Inteligencia Pública en distintos análisis, la capacitación sin mecanismos de verificación, supervisión y consecuencia tiende a convertirse en una simulación funcional: cursos que se toman, certificados que se acumulan, pero prácticas que no cambian.

El problema de fondo no es solo lo que las y los funcionarios saben, sino lo que el sistema les permite hacer sin consecuencias.

Cuando una autoridad le dice a una familia que espere 72 horas, no está simplemente desinformada; está operando en un entorno donde esa conducta es tolerada. Donde no hay supervisión efectiva que detecte la omisión en tiempo real. Donde no existen controles externos independientes que auditen la actuación. Donde las sanciones, si llegan, son tardías o inexistentes. Y donde la narrativa institucional (la de la prioridad, la de la cero tolerancia, la del compromiso con las mujeres) puede sostenerse sin necesidad de reflejarse en la práctica cotidiana. Aquí es donde la discusión debe moverse de lugar.

No basta con repetir que “las primeras horas son cruciales”. No basta con emitir protocolos si estos no tienen mecanismos de cumplimiento verificable. No basta con discursos de voluntad política si no se traducen en sistemas de control.

Fortalecer institucionalmente a las policías y fiscalías implica algo más exigente: construir un ecosistema donde la desviación no sea posible o, al menos, sea detectable y sancionable de inmediato.

Primero, se requiere profesionalización real, no declarativa. Esto significa procesos de certificación periódicos, independientes y vinculantes. No basta con acreditar un curso; es necesario evaluar desempeño en campo, toma de decisiones y cumplimiento de protocolos en situaciones reales. Y esos resultados deben tener consecuencias: permanencia, ascenso o separación del cargo.

Segundo, es indispensable establecer mecanismos de supervisión interna con capacidad operativa, pero también controles externos verdaderamente autónomos. Inteligencia Pública ha insistido en la necesidad de instancias externas que no dependan jerárquicamente de las propias fiscalías o corporaciones policiales. Sin esa independencia, la supervisión tiende a diluirse. Se necesitan auditorías operativas aleatorias, revisiones de casos en tiempo real y la posibilidad de intervención inmediata cuando se detecten omisiones.

Tercero, deben crearse sistemas de trazabilidad de la atención. Cada denuncia, cada llamada, cada interacción con la autoridad debe quedar registrada de manera que permita reconstruir, minuto a minuto, qué se hizo y qué no se hizo. La tecnología puede ser una aliada poderosa aquí: sistemas digitales obligatorios que impidan cerrar o posponer actuaciones sin dejar evidencia. Si alguien dice “espere 72 horas”, ese momento debe quedar registrado y ser automáticamente susceptible de revisión.

Cuarto, se requieren mecanismos de sanción eficaces y oportunos. No basta con la posibilidad abstracta de responsabilidad administrativa. Debe haber procedimientos ágiles que, ante una omisión grave, activen consecuencias inmediatas. La impunidad interna es uno de los principales incentivos para la repetición de malas prácticas.

Finalmente, es fundamental incorporar la voz de las víctimas y sus familias en los sistemas de evaluación institucional. No como un gesto simbólico, sino como un insumo central para medir desempeño. La experiencia de quien denuncia es, muchas veces, el primer indicador de falla.

El caso de Edith no solo evidencia una tragedia individual; revela una estructura que sigue fallando en lo más básico: actuar a tiempo. Y mientras esa estructura no cambie, la narrativa institucional sobre la atención a la violencia contra las mujeres seguirá siendo, en buena medida, demagógica.

El problema no es de un gobierno en particular. Es más incómodo que eso: es un problema de diseño institucional que atraviesa niveles de gobierno, administraciones y partidos. Cambiarlo exige ir más allá de los lugares comunes y asumir que la verdadera transformación no está en los discursos, sino en los controles.

Porque las 72 horas no existen en la ley. Pero siguen existiendo en la realidad. Y en esa brecha, demasiadas veces, se pierde todo.