Jardiel Palomec · 28 de julio de 2016
Por: César Galicia (@cesargalicia_) y Delia González Ochoa (@delia8a)
Esta es la segunda parte de tres dedicadas a responder, punto por punto, a las 10 razones para no realizar sexting de la campaña “Pensar antes de Sextear”.
Si las tres siguientes razones para no sextear son:
Nosotrxs respondemos:
Existen dos comunes denominadores en todos los casos en los que las imágenes o videos íntimos de alguien se han hecho públicos:
Es decir, la distribución de la información digital en internet está mediada por gente de carne y hueso, que tiene responsabilidad moral (y en ocasiones, legal) con aquello que comparten. Y detrás de estas personas, existe una cultura machista de culpabilización a la víctima, estigmatización del cuerpo, violación de la privacidad y normalización de la violencia sexual.
Funciona como un círculo vicioso: cuando una imagen o video sexual privado se comparte sin consentimiento y no se denuncia (cabe decir que la gran mayoría de las veces es con una mujer como protagonista), se refuerzan los mecanismos culturales que lo permiten, normalizando la violencia y dejando la puerta abierta para que ocurra de nuevo.
En este sentido, la cadena de viralización de una foto o video ajeno puede ser rota si se rompen sus eslabones a tiempo: denunciar, reportar y no compartir ni mirar contenido sexual sin consentimiento de sus autores puede influir positivamente en la erradicación de los riesgos del sexting.
Además, como dice Amy Hassinof, investigadora y autora del libro “Sexting Panic: Rethinking Criminalization, Privacy and Consent”, no todo lo digital está creado para ser público y no hay que asumir nunca que el formato digital de un contenido privado es suficiente elemento para determinar que debería ser compartido masivamente.
Quizás, el consejo para sexting seguro más mencionado de todos sea el de ocultar la identidad.
Esto se puede hacer de distintas formas:
Aunque esta sea una recomendación básica, hay que recordar que su naturaleza es técnica, lo que significa que la mera necesidad de mencionarla responde al factor humano involucrado en los riesgos del sexting. Si no existieran personas que difundieran imágenes o videos sexuales sin consentimiento (y si no hubiera una cultura que lo refuerza), no habría necesidad de ocultar la identidad en ellos. Ocultar la identidad es tan sólo una recomendación que puede ayudar a prevenir riesgos, sin embargo, no es de ninguna manera una solución a los mismos.
Además, insistimos: si alguna persona decide revelar su identidad en el sexting, está en todo su derecho de hacerlo, y si llegase a ser víctima de violencia por lo mismo, no podemos culparla de ninguna manera, ya que la responsabilidad moral y legal siempre deberá caer sobre aquel o aquella que difunda sin consentimiento su contenido.
Llama la atención que el punto 6 de la campaña “Pensar antes de Sextear” mencione que “existen leyes que penalizan acciones ligadas al sexting”, pero que no especifique ninguna. Esto no es coincidencia: el problema más grande respecto a la legislación que existe alrededor de la protección de los derechos digitales que permean sobre la práctica del sexting es que algunos códigos civiles ni si quiera la contemplan. Y en aquellos donde sí la información es confusa y, en ocasiones, inaccesible.
Por poner algunos ejemplos: en #CiberneticaCDMX el hashtag oficial de la policía cibernética de la CDMX, no existe información al respecto, (sus tweets tan sólo remiten a contactar a algunas instancias gubernamentales), la alerta preventiva de la Secretaría de Seguridad Pública sobre “Sexo Revancha” tan sólo da recomendaciones para evitar ser víctima del delito e incluso, la misma asociación Pantallas Amigas, promotora de “Pensar antes de Sextear”, menciona que se puede denunciar como delito, pero no especifica cuál es el tipo penal en el cual se encuadrarían dichas conductas delictivas.
Pareciera por momentos que las únicas leyes que protegen a las víctimas de delitos relacionados al sexting son las que cubren a menores de edad, por pornografía infantil. Resalta el reciente caso de la página “Yucatercos“, que operaba desde 2014 extorsionando a mujeres para conseguir dinero a cambio de no publicar fotografías eróticas de ellas sin consentimiento, pero que sólo fue tomada en cuenta como delictiva por la policía de Yucatán hasta que fue acusada de trata de personas en modalidad de pornografía infantil.
Esto levanta algunas preguntas sobre las denuncias que se podrían realizar. ¿Por qué no está siendo tomada en cuenta por los códigos civiles la violencia y los delitos relacionados al sexting en mayores de edad? ¿Qué hay con la policía cibernética de otros estados que no son la CDMX? ¿Bajo qué figuras legales podría defenderse una víctima? ¿Están listos nuestros jueces para atenderla? ¿Es utópico pensar que su defensa legal va a florecer en un sistema legal que forma parte de una cultura machista y culpabilizadora?
A pesar de esto, la denuncia sí es posible. Nada más en 2014, la CDMX registró 752 delitos relacionados con la pornografía de venganza. Denuncias relacionadas al sexting podrían ser realizadas apelando daño moral, difamación (figura civil), hostigamiento sexual y revelación de secretos (delitos federales). Al ser un particular en posesión de un dato sensible (la imagen o el video), se podría apelar a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares o, incluso, a través de una demanda administrativa por derecho de autor (darle un uso indebido a la imagen o video).
En caso de tener algún problema, es importante recurrir a las instancias legales posibles, así como a la denuncia social y en medios. Fomentar una cultura de solidaridad y denuncia es uno de los primeros y más importantes pasos para poder hacer más transparente la ley que rige estas situaciones e incluso, hacer presión para la modificación de los códigos penales de cada estado de forma que tomen en cuenta estos delitos específicos y puedan ser atendidos de la manera más transparente y adecuada.
* César Galicia y Delia Ochoa son psicólogxs egresadxs de la UIA Puebla y el ITESO, respectivamente, y estudiantes de la Maestría en Sexología Clínica por el Instituto Mexicano de Sexología. Actualmente realizan una investigación sobre cuerpo, sexualidad, erotismo e internet. Son autores del blog EstudiosNudes, que nace de la mezcla entre deseo, cuerpo, virtualidad y curiosidad, de las ganas de conocer a fondo los cómos, porqués, cuándos, dóndes de las prácticas sexuales y corporales que nos llenan la vida.