Transparencia proactiva: ¿qué dice el decreto de Sheinbaum publicado en el DOF y qué omite?

Luz Rangel · 7 de agosto de 2026

Transparencia proactiva: ¿qué dice el decreto de Sheinbaum publicado en el DOF y qué omite?

En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) del martes 4 de agosto de 2026, fue publicado el decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum que contiene  los lineamientos de políticas de transparencia proactiva. La firma,  que incluyó a Raquel Buenrostro, secretaria de Anticorrupción y Buen Gobierno, se dio ese mismo día en  la conferencia matutina.

La transparencia proactiva es la máxima publicidad de la información que genera el gobierno. El decreto busca que ésta esté disponible en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).

Especialistas reconocen que en el discurso se haga mención a empresas paraestatales como Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y que en el papel se establezca que la administración pública federal debe actualizar la información más rápido. No obstante, señalan límites en  su alcance, al tratarse solamente de un decreto que  no aborda las reservas de información y que hace referencia a  “abrir información” que, por ley, ya debería ser pública.

Me parece favorable el decreto en la medida de que plantea, digamos, transparencia por lo que hace al ámbito de las paraestatales pero no hace ninguna cuestión inherente a las reservas ni clasificación de información. Este decreto, en efecto, no tiene el alcance jurídico que se había planteado en la conferencia matutina”, señala Gabriel Espinoza Ibarra, especialista en acceso a la información pública y protección de datos personales, en entrevista con El Sabueso, la unidad de verificación de Animal Político

El decreto establece un plazo de 120 días hábiles, a partir del 5 de agosto de 2026, para que los sujetos obligados, es decir, cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos a nivel federal, estatal y municipal, cumplan con las nuevas disposiciones.

“Existe una pretensión para transparentar la gestión pública, principalmente se considera que se abona en lo relativo a abrir información por parte de empresas filiales, además de que disminuye el plazo de actualización de información; hay que señalar que el decreto queda corto respecto de las expectativas que habría generado y se limita solo a abrir información que ya era parcialmente pública”, sostiene el politólogo.

La organización Artículo 19 sostuvo en un comunicado que la información que el decreto propone establecer para su publicación es una repetición de obligaciones ya establecidas en la propia Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en artículos como el 3, 11, 20 y 65.

Consulta: Sheinbaum firma decreto para reforzar transparencia en el gobierno federal

¿Qué es la transparencia proactiva?

Para entender la transparencia proactiva, Gabriel Espinoza Ibarra primero define lo que es la transparencia. Es decir, obligaciones que ya están contempladas para los sujetos obligados.

“Transparencia es la actividad por parte de los sujetos obligados derivados de la legislación en materia de transparencia que proviene del artículo sexto y de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Transparencia proactiva es un paso adicional y corresponde, principalmente, a que los sujetos obligados procuran publicar información que para ellos resulta relevante o que es de interés público”, explica Espinoza Ibarra, maestro en Derecho y licenciado en Ciencia Política y Administración Pública.

En la conferencia del martes 4 de agosto de 2026, Raquel Buenrostro, secretaria de Anticorrupción y Buen Gobierno, explicó que este decreto busca fortalecer el principio constitucional de máxima publicidad, el cual también ya se encuentra previsto en la ley en la materia. Es decir, que toda información que tenga en su poder un ente obligado debe considerarse como pública y, por lo mismo, debe estar a la disposición de todas las personas para su consulta.

El decreto define en su artículo segundo que la transparencia proactiva es “el conjunto de actividades que promueven la identificación, generación, publicación y difusión de información adicional a la establecida con carácter obligatorio por la Ley General, que permite la generación de conocimiento público útil con un objeto claro enfocado en las necesidades de sectores de la sociedad determinados o determinables”.

Asimismo, establece que esta información debe ser de calidad, con atributos como que sea accesible, confiable, comprensible, oportuna, veraz, congruente, integral, actual, verificable.

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Raquel Buenrostro Sánchez, secretaria de Anticorrupción y Buen Gobierno. Foto: Cuartoscuro.

¿Qué establece el decreto y qué se dijo en la mañanera?

En la conferencia matutina del 4 de agosto de 2026, Raquel Buenrostro, secretaria de Anticorrupción y Buen Gobierno explicó que el decreto está orientado en cuatro áreas.

La primera es la de contrataciones públicas. Buenrostro se comprometió a publicar los contratos del gobierno mensual cada mes y no cada trimestre.

“Lo que vamos a hacer es tener más oportuna la información. Actualmente se publica cada tres meses; lo vamos a publicar de manera mensual para que esté permanentemente actualizada toda la parte de contrataciones; entonces, todos los contratos del gobierno federal se publicarán de manera mensual”, dijo la secretaria. 

Sin embargo, el decreto no menciona esta temporalidad. El artículo décimo séptimo dice que “la obligación de transparencia deberá actualizarse periódicamente conforme se genere o, por lo menos, cada tres meses”.

El mismo artículo dice que la publicación de la obligación de transparencia se hará en el portal electrónico del sujeto obligado y en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).

“La plataforma contará con contenidos más completos y actualizados para su fácil consulta. Esto es para que aprovechemos al máximo la publicidad y también tengan un acceso más oportuno”, dijo Buenrostro.

La segunda área es la de las filiales de Pemex y CFE y sus contratos, estados financieros y políticas de operación.

“Se va a agregar a la información que se publica en Pemex, también, todos los informes ante las agencias extranjeras, estados financieros, gobierno corporativo de todas las filiales, cómo funcionan las filiales, sus políticas de operación y los contratos; todo esto a través de Pemex y de CFE, y de sus Consejos de Administración”, se comprometió Buenrostro.

La tercera área es la de fiscalización y auditorías. “Nosotros como órganos fiscalizadores publicaremos información adicional sobre el Programa Anual de Fiscalización, las estadísticas y la información de la situación de las auditorías, del seguimiento que se tienen a las observaciones que se hacen como auditores, así como el padrón y designación de los despachos, de los auditores externos que se tienen que designar por ley para revisar dependencias y entidades”, aseguró la secretaria.

Y la cuarta área es una invitación para sumarse también a todos los Poderes y a todos los niveles de gobierno a este principio de máxima publicidad para hacer más transparente la actuación pública. Aunque no debería ser una invitación porque ya es una obligación por ley.

El alcance únicamente obliga a los sujetos obligados que están bajo la tutela o jurisdicción del Poder Ejecutivo de la administración pública federal, tan es así que el mismo decreto invita a otras autoridades a sumarse”, advierte el experto Gabriel Espinoza Ibarra. 

Fonden Raquel Buenrostro
Foto: Cuartoscuro

¿Y qué pasa con las reservas de información pública?

En la conferencia matutina, Claudia Sheinbaum aseguró que con la publicación de este decreto habría lineamientos de lo que debe ser transparente y reservado, pero en el documento no hay ninguna mención explícita a las reservas de información.

“Lo que encontramos al ver el texto del decreto es que no tiene absolutamente nada que ver con los supuestos de reserva de la información. De hecho, aquí yo haría un comentario adicional porque para que esto hubiera tenido efectos, ni siquiera hubiera tenido que pasar un decreto, hubiera tenido que ser una modificación legislativa”, alerta el especialista Gabriel Espinoza Ibarra.

Sin embargo, Sheinbaum habló de que el decreto ayudaría a hacer que toda la información que genera el gobierno federal sea transparente y de la que realmente se puede resguardar por razones de interés público y seguridad nacional, en términos del artículo 6º constitucional 

“Con este decreto ya no lo dejamos a criterio del servidor público, ya no lo dejamos a criterio de un secretario, de otra secretaria, de un director de un área de Pemex o de CFE, o de cualquier Secretaría. Ya hay un lineamiento específico de, realmente, lo que debe ser transparente y aquello que, por el procedimiento administrativo judicial, no puede informarse dado que está en un procedimiento y puede caerse el procedimiento judicial o administrativo, o lo que realmente es de seguridad nacional”, dijo textualmente.

Pero el contenido del decreto no propone modificación al artículo 112 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual amplió los supuestos para clasificar información como reservada. 

“Es preocupante que el Poder Ejecutivo promulgue un decreto que solo repite las normas ya vigentes, mientras no resuelve las deficiencias de una legislación de transparencia que resultó regresiva, la cual abrió la puerta a la opacidad y a complicar el acceso a la información. Se necesita más que un decreto para corregir las fallas en un sistema que, hoy en día, niega derechos en lugar de garantizarlos”, se lee en el comunicado de Artículo 19.  

En cambio, en la conferencia Raquel Buenrostro mencionó que adicional al decreto las reservas se eliminarán en una propuesta de iniciativa de ley para el inicio de sesiones del Congreso.

“Se va a dar prioridad a que la información que se reserve no solo sea temporal, sino también se publique —aunque se reserve alguna— en versiones públicas, preferentemente cuando ocurra que haya información de interés público y de seguridad nacional, se hagan versiones públicas para que solo se reserve esa información”, dijo la secretaria.

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