¿Trabajas en días feriados? Esta es la fórmula para calcular lo que deben de pagarte por ley

Daniela Martínez Martínez · 2 de noviembre de 2025

¿Trabajas en días feriados? Esta es la fórmula para calcular lo que deben de pagarte por ley

¿Sabías que si trabajas un día feriado te deben pagar el triple? La Ley Federal del Trabajo (LFT) de México establece algunos días de descanso obligatorio al año. Sin embargo, en sectores como el comercio, el transporte, la salud y la seguridad miles de personas laboran durante esas fechas. 

Aquí te explicamos cuánto es el pago que te corresponde por ley si trabajas un día feriado y qué hacer si no te dan lo justo. 

El Sabueso entrevistó a la abogada Miranda Rivero, especialista en derecho laboral, quien explica que suele haber confusión sobre algunos días que la gente asume como descanso obligatorio, pero no lo son, por ejemplo, el 12 de diciembre. 

Los únicos días de descanso obligatorio son los nueve que están establecidos en la Ley Federal del Trabajo. De acuerdo con el artículo 74, son los siguientes: 

  • 1 de enero
  • Primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero
  • Tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo
  • 1 de mayo
  • 16 de septiembre
  • Tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre
  • 1 de octubre de cada seis años, cuando se realiza la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • 25 de diciembre
  • Y el día que determinen las leyes electorales, en el caso de elecciones ordinarias para realizar la jornada electoral
La Ley Federal del Trabajo establece que si laboras en días de descanso obligatorio tu salario debe triplicarse. Aquí te explicamos cómo se calcula y cómo defender tus derechos laborales.
Fuente: Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

El artículo 75 establece que las personas trabajadoras y los patrones deberán llegar a un acuerdo en caso de que se necesite de personal que preste sus servicios esos días. En caso de que no se llegue a un convenio, el tribunal —es decir, un juez laboral— lo resolverá. 

¿Cómo se calcula el pago si trabajas en día feriado?

Quienes trabajen en días de descanso obligatorios se les tendrá que pagar el salario de ese día más un salario doble. Es decir, se triplicará el salario de ese día y este pago no puede ser reemplazado por un día de descanso compensatorio. 

Por ejemplo, si te pagan 278.8 pesos diarios —el salario mínimo en la Ciudad de México—, debes recibir 836.4 pesos por trabajar un día festivo. Esto se calcula sumando el salario del día (278.8) más el doble por haber laborado (278.8 x 2), lo que en total equivale a tres veces tu sueldo diario.

¿Y si el día feriado cae en domingo? De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), en ese caso también se debe de tomar en cuenta el pago de la prima dominical que establece el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo. 

Este señala que los trabajadores que laboren en domingo deben recibir, como mínimo, 25 % adicional sobre su salario diario normal.

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Siguiendo el ejemplo, si tu sueldo diario es de 278.8 pesos, la prima dominical debe ser 25 % de esa cantidad, es decir, 69.7 pesos adicionales. Sumando esto al pago triple por laborar un día festivo (836.4 pesos), el total que debes recibir si el feriado cae en domingo es de 906.1 pesos.

La abogada Miranda Rivero agrega que cada trabajador tiene derecho, por ley, a un día de descanso a la semana con salario íntegro, según el artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo. La norma establece que, de ser posible, este día debe otorgarse en domingo.

Pero si el día de descanso semanal coincide con un feriado y el trabajador debe laborar, la empresa está obligada a pagar el triple del salario correspondiente y otorgar otro día de descanso en sustitución.

¿Cómo saber si una noticia es falsa? El Sabueso pone en tus manos este documento contra la desinformación.

¿Qué hacer si no te pagan lo correspondiente?

En el caso de que tu empleador no te pague lo que corresponde por ley, la especialista recomienda como primer paso el diálogo directo. “Es muy importante que tú como trabajador le hagas saber al patrón que conoces tus derechos”, afirma. 

Si después de esto no llegan a ningún acuerdo, puedes acudir a la Profedet para recibir asesoría legal, gratuita y personalizada. Tienes un año para reclamar en caso de que no te paguen el descanso obligatorio. 

Puedes localizar las oficinas más cercanas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral aquí. También los puedes contactar por vía telefónica en los números: 800 911 7877 y 800 717 2942; o por el correo electrónico: [email protected]

Si eres trabajador del Estado, en lugar de acudir con la Profedet deberás consultar con la Procuraduría de la Defensa de los Trabajadores al Servicio del Estado (Prodetse).

La abogada recuerda que acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje no implica que debas terminar la relación laboral ni es motivo para que te despidan. Si esto ocurriera, se considera un despido injustificado, ya que como trabajador tienes derecho a acudir a este centro.

El artículo 1000 de la Ley Federal del Trabajo establece que la multa por incumplir con las normas respecto a la remuneración de los descansos van desde 250 hasta 5,000 veces la unidad de medida y actualización (UMA). En 2025, eso equivale de 28,285 pesos a 565,700 pesos. 

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