Las suspensiones en juicios de amparo protegen derechos, pero ¿pueden 'frustrar' obras del gobierno?

Oscar Nogueda Romero · 27 de abril de 2025

Las suspensiones en juicios de amparo protegen derechos, pero ¿pueden 'frustrar' obras del gobierno?

Arturo Zaldívar, coordinador General de Política y Gobierno de la Presidencia y exministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aseguró que las suspensiones judiciales pueden servir para detener políticas gubernamentales, por lo que llamó a votar por “los mejores perfiles para juezas y jueces de distrito”. 

“Ellos (los jueces) tienen la suspensión, esta figura procesal que puede impedir que se sigan violando derechos humanos en contra de las personas. Pero también —y esto es importante tenerlo en cuenta— es un instrumento que, si se usa de manera equivocada, puede frustrar políticas de gobierno, y transformaciones sociales y relevantes para el pueblo de México”, señaló el exministro durante la conferencia mañanera del pasado 23 de abril de 2025.

Pero especialistas e informes de la SCJN consultados por El Sabueso de Animal Político explicaron que, en el marco de un juicio de amparo, la suspensión es una medida cautelar que evita violaciones a los derechos humanos de las personas o comunidades ocasionadas por conductas de las autoridades, sin importar si se trata de un proyecto u obra prioritaria del gobierno.

Para entender mejor: La suspensión en el juicio de amparo. Explicación para personas no abogadas sobre la reforma de Morena a la Ley de Amparo

Este tipo de suspensiones a políticas gubernamentales, como la que refiere el exministro, fueron concedidas por medio de juicios de amparo. Durante el anterior gobierno, el expresidente López Obrador criticó distintas suspensiones otorgadas contra la continuidad de obras como el Tren Maya, el Aeropuerto Felipe Ángeles, así como contra la aplicación de la Ley de la Guardia Nacional o la Ley de Industria Eléctrica.

“El amparo y la suspensión están para proteger derechos humanos; y las obras del gobierno pueden vulnerar derechos humanos. La suspensión en el amparo es la figura probablemente más importante. Cuando uno presenta un amparo es porque considera que el acto de autoridad o la ley viola derechos humanos; sabiendo que los amparos tardan un determinado tiempo en resolverse, lo primero que uno solicita es que se suspenda el acto reclamado“, explicó en entrevista Eliud Tapía, especialista en derechos humanos.

Suspensiones protegieron derechos frente a proyectos del gobierno federal

Las suspensiones otorgadas por los jueces de distrito fueron criticadas por el expresidente López Obrador debido a que detuvieron las obras de proyectos como el Tren Maya o la aplicación de la Ley de la Industria Energética impulsada por el exmandatario. Estos recursos también permitieron que infantes y adolescentes accedieran a la vacuna contra la COVID-19 en plena pandemia, aunque ello no se sometiera al plan de vacunación del gobierno federal.

Una suspensión en el juicio de amparo ocurre cuando un juez de distrito o un tribunal colegiado de Circuito ordena a las autoridades detener una actuación específica, tal como la construcción de un tren, un arresto o la implementación de una ley. Esto mientras se resuelve el amparo promovido, por lo que se busca impedir que las autoridades violen las garantías del quejoso.

“(La suspensión) evita que la conducta de las autoridades responsables derive en una afectación irreparable a los derechos de las personas. Asegurar que la materia del juicio, es decir, el acto reclamado, se mantenga de la manera en que ocurrió al momento de presentar la demanda para que las juezas y los jueces puedan analizar el caso y dictar una sentencia definitiva”, detalla la SCJN en sus apuntes procesales. 

Durante la pandemia de la COVID-19, ciudadanas y ciudadanos recurrieron a estas medidas para obtener la vacuna por la respuesta tardía e inadecuada del gobierno para encarar la pandemia.

En 2022, la Corte determinó que debía otorgarse suspensiones para que niñas, niños y adolescentes, aún sin comorbilidades, fueran vacunados contra la COVID-19. Esta decisión no obstaculiza la vacunación, sino que permitió que distintas personas accedieran a la vacuna. 

Un año antes, el entonces juez Juan Pablo Gómez Fierro otorgó una suspensión provisional a dos empresas por la entrada en vigor de la Ley de Industria Eléctrica, promovida por el gobierno de López Obrador.

El juez determinó que la ley afectaría los derechos a la libre competencia y concurrencia debido a que otorgaba ventajas competitivas a la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Esta suspensión surtió efecto para todas las empresas del sector sin importar que no hayan tramitado un amparo. Es decir, tuvo efectos generales.

Por otro lado, diversos grupos de ciudadanos recibieron suspensiones provisionales y definitivas para detener la construcción del Tren Maya debido al daño al medio ambiente y violaciones a los derechos de pueblos indígenas. 

Por ejemplo, una comunidad en Calakmul obtuvo una suspensión contra este proyecto debido a que presuntamente se violaron sus derechos durante una consulta indígena. 

En enero de 2025, un tribunal otorgó la suspensión definitiva para la construcción de los tramos 5 y 7 del Tren Maya debido a que no contaba con las autorizaciones de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) y de cambio de uso de suelo no son suficientes para garantizar la protección al medio ambiente. 

¿Cómo funciona una suspensión en el juicio de amparo?

La suspensión se otorga de las siguientes formas: De oficio cuando el juez o el tribunal impone la suspensión al conocer de los hechos reclamados, sin la necesidad de que la persona lo solicite. También, cuando una persona solicita la suspensión durante las etapas del juicio de amparo. 

Y la suspensión de plano se dicta cuando existen hechos graves como la desaparición forzada, el destierro, la deportación, la tortura, la incorporación forzosa al Ejército, entre otros. También procede frente a actos u omisiones que pongan en riesgo los derechos agrarios, ejidales o comunales.

En ese sentido, la suspensión provisional se otorga cuando la persona juzgadora tiene conocimiento de los hechos y estará vigente hasta que se revoque o se celebre la audiencia incidental, donde se otorga o declina la suspensión definitiva. 

Mientras que una suspensión definitiva ocurre cuando la persona juzgadora cuenta con información de la persona quejosa y de las autoridades. Con esta información, el juez toma una decisión sobre otorgar o no la suspensión. Esta figura dura hasta que concluya el juicio de amparo.

“Por ejemplo, si una autoridad ordena demoler un edificio, y yo solicito que ese edificio no sea demolido. Mientras revisan si esa decisión es constitucional, se suspende la demolición porque si lo tiran, el amparo no tendría sentido”, explicó Tapia.

El especialista en derechos humanos explicó que una suspensión no significa que hubo una violación a los derechos humanos, sino que se suspenden las acciones para evitar posibles daños a las personas. Además, agregó que la decisión sobre si hubo o no una violación se toma al concluir el juicio de amparo, donde se analizan pruebas desde testimonios hasta peritajes y se determina si el acto de las autoridades fue constitucional.

Además, agregó que las suspensiones contra proyectos u obras gubernamentales se otorgan por indicios de presuntas violaciones a los derechos de las personas y no por una decisión arbitraria de los jueces para detener políticas del gobierno en turno. 

Javier Martín Reyes, especialista en derecho constitucional, explicó que las suspensiones pueden ser individuales cuando la afectación es a una sola persona. Sin embargo, enfatizó que hay proyectos, acciones o políticas que afectan a muchas personas, por lo que es necesario otorgar suspensiones generales.

“Hay políticas públicas que pueden ser importantísimas para el gobierno, pero si hay una posible violación a un derecho humano, se justifica que se dé una suspensión para que se le ponga pausa o se otorgue un amparo para que esa violación se pueda reparar. 

“Si hay una obra de gobierno que se va a construir sobre una zona natural que está protegida y donde alegas que esa obra no cuenta ni con los permisos ni con las autorizaciones en materia medioambiental, se tiene que parar la obra y eso va a tener efectos para todas las personas que están involucradas y que les pueden resentir las afectaciones. En algunos asuntos no basta con dar ni una suspensión a un particular, sino que tienen que ser con efectos generales”, comentó.

En su conferencia de prensa del 24 de abril de 2025, la presidenta Claudia Sheinbaum criticó al juzgador que otorgó una suspensión provisional al exgobernador de Michoacán Silvano Aureoles para evitar su detención y aseguró que hay casos donde los jueces no colaboran en materia de seguridad.

El secretario en funciones de juez Primero de Distrito en materia Penal en la Ciudad de México otorgó una suspensión provisional al exgobernador, quien está acusado de peculado, ejercicio indebido del servicio público, asociación delictuosa y operaciones con recursos de procedencia ilícita. Esta medida cautelar se mantendrá vigente hasta el 29 de abril, donde se decidirá si se otorga a Aureoles la suspensión definitiva o no. 

Sin embargo, la suspensión provisional no suspende el proceso penal en su contra ni lo imposibilita a comparecer ante el juez de control. La orden solo garantiza que el exgobernador no sea detenido en lo que se resuelve el juicio de amparo, que es independiente del proceso penal que lleva y el cual está en la etapa de investigación complementaria.

Reciente reforma a la Ley de Amparo limitó efectos de las suspensiones

El 13 de marzo de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma a la Ley de Amparo, la cual se armonizó con lo estipulado en la reforma constitucional al Poder Judicial. 

La reforma a la Ley de Amparo elimina los efectos generales de las suspensiones en los juicios de amparo. Esto quiere decir que la suspensión otorgada sólo protegerá a la persona que promovió este recurso y no a todos los sectores que pueden verse afectados por la acción de las autoridades.

“La suspensión obtenida sólo sería efectiva para la persona u organización que haya acudido a juicio dejando al resto de la comunidad y defensores desprotegidos, es decir, la ley seguiría siendo válida y aplicable para todas aquellas personas que NO formen parte del juicio de amparo”, subrayó el CEMDA. 

Otro de los cambios es que el amparo no procederá contra resoluciones de los nuevos órganos del Poder Judicial: el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial. Además, posibilita que la Presidencia de la República o el Congreso soliciten a la SCJN la resolución de amparos prioritarios. 

“Hay derechos que no se pueden proteger adecuadamente si no es con efectos generales. Entonces si la presidenta no quiere que los tribunales frenen políticas públicas, lo que tienen que hacer son políticas públicas que sean respetuosas de los derechos humanos. Esta reforma es una suerte de licencia para que sea más fácil violar cierto tipo de derechos”, indicó Martín Reyes.