México acumula 16 sentencias de la Corte IDH; destacan violencia de género y desaparición forzada

Jennifer Flores · 23 de diciembre de 2025

México acumula 16 sentencias de la Corte IDH; destacan violencia de género y desaparición forzada

“Existen similitudes en las violaciones de derechos humanos de las que el Estado mexicano es responsable: la participación de miembros del Ejército, las agresiones sexuales contra mujeres y la deficiencia del sistema jurídico del país, o bien, la impunidad que protege a los agresores”, asegura Santiago Aguirre Espinosa, exdirector del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh).

El 16 de diciembre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) declaró como responsable al Estado mexicano por la violación y tortura —ejercida por miembros del Ejército— de Ernestina Ascencio Rosario, una mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años. 

Aunque este caso sucedió en 2007 y la mujer falleció a causa de las graves lesiones y la falta de atención médica, 18 años después de las agresiones, la Corte IDH ordenó al gobierno de México implementar medidas de reparación y garantías de no repetición. 

Por ello, la presidenta Claudia Sheinbaum garantizó que su gobierno cumplirá con este fallo y recalcó: “Fue en el periodo de Calderón, hay que recordarlo”. No obstante, la Corte IDH ha condenado a México por unos 16 casos contenciosos, de los cuales nueve han sido sentenciados durante gobiernos morenistas. 

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¿Qué significa que la Corte IDH responsabilice a un Estado?

La Corte Interamericana de Derechos Humanos es el tribunal regional de protección de los derechos humanos que tiene la mayor jurisprudencia para ejercer una decisión jurídica obligatoria que determina si un Estado ha violado derechos humanos que son reconocidos por la Convención Americana como el derecho a la vida y a la integridad personal. 

En las sentencias, la Corte IDH establece la responsabilidad internacional del Estado, ordena medidas de reparación para las víctimas —como indemnizaciones, atención médica y disculpas públicas— y exige cambios en las leyes, políticas o prácticas para evitar que las violaciones se repitan.

Cabe destacar que las sentencias que emite este tribunal son definitivas e inapelables y los Estados miembros de la Convención Americana sobre Derechos Humanos están obligados a cumplirlas. México es parte desde el 24 de marzo de 1981 y entró en vigor el 24 de abril del mismo año.

De acuerdo con una revisión realizada por El Sabueso, desde 2004 la Corte Interamericana ha emitido al menos 16 sentencias en las que ha declarado responsable a México por violaciones graves a derechos humanos como desapariciones forzadas, tortura, violencia de género, fallas en el acceso a la justicia y el uso indebido de la prisión preventiva oficiosa. 

“Que la presidenta Sheinbaum se refiera a estos casos como un pasado superado que solo ocurrió en el mandato de Calderón cuando las violaciones de derechos humanos son un tema recurrente advierte que, como en el caso de Ernestina, aún existen muchos que a menudo son propiciados por la militarización”, señala Santiago Aguirre Espinosa. 

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Violencia de género, un factor común entre las sentencias a México

Entre las sentencias al Estado mexicano resaltan agresiones relacionadas con violencia de género como el caso de Ernestina Ascencio o el de las mujeres víctimas de tortura sexual en Atenco, en el que 11 mujeres fueron detenidas de manera arbitraria, torturadas y violentadas sexualmente por policías durante un operativo en esta localidad del Estado de México en 2006. 

Posteriormente, el 28 de noviembre de 2018 la Corte IDH sentenció a México por violar diversos derechos como el de las mujeres a vivir libres de violencia, al reconocer que la violencia sexual fue utilizada como un método de castigo e investigación en este caso. Además, argumentó que las indagaciones posteriores fueron deficientes y ordenó medidas de reparación y garantías de no repetición. 

“Los casos en los que los agresores son militares recalcan el peligro de la militarización del país, pues el poder de estos se ha convertido en un elemento fundamental para agredir a la población más vulnerable y su participación también exige una mayor garantía de imparcialidad a la hora de condenar a los agresores”, señala Julia Suárez, integrante de Abogadas y Abogados para la Justicia y los Derechos Humanos.

A tan solo tres días de que se declarara al Estado mexicano responsable de las violaciones a la señora Ernestina, nuevamente la Corte IDH lo responsabilizó por el feminicidio de Lilia Alejandra García Andrade, una madre de 17 años que trabajaba en una maquila en Ciudad Juárez.

La Corte IDH también culpó al gobierno de México por la falta de prevención de los ataques y amenazas que sufrió Norma Andrade en la búsqueda de justicia por el feminicidio de su hija, así como por las vulneraciones a los derechos de los hijos de Lilia Alejandra.

“Aunque las sentencias sobre estos casos llegan tarde, aún son necesarias, pues envían un mensaje de reconocimiento a la búsqueda de justicia, las demandas y las exigencias de las víctimas a pesar de que, comúnmente, son sujetas a desacreditaciones y vulneraciones a sus derechos durante los procesos judiciales en México”, afirma Simón Hernández León, maestro en Derechos Humanos. 

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La contradicción de la prisión preventiva

Otras sentencias como las de los casos Tzompaxtle Tecpile y García Rodríguez establecen que la prisión preventiva oficiosa —cuando se aplica de manera automática— es incompatible con la Convención Americana porque impide el derecho a un análisis judicial individualizado. Pero este argumento es contrario al pensamiento morenista que ha defendido esta medida cautelar como un instrumento indispensable para combatir la delincuencia y garantizar la seguridad pública. 

En el caso Tzompaxtle Tecpile, la Corte declaró responsable a México por detener y aplicar prisión preventiva sin sustento legal a tres hombres que fueron detenidos el 12 de enero de 2006 en la carretera México-Veracruz luego de que una patrulla realizó una revisión y detectó elementos que consideró “incriminantes”.

Mientras, el Estado mexicano también es responsable de violar la libertad e integridad personal y la protección judicial de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, quienes fueron torturados durante su arraigo con el objetivo de obtener confesiones en relación con el homicidio de la regidora María de los Ángeles Tamés Pérez, ocurrido en 2001.

Pese a estas violaciones, desde que inició su gobierno, el expresidente Andrés Manuel López Obrador propuso diversas reformas para priorizar un enfoque de control penal y seguridad sobre los estándares internacionales de derechos humanos y mantuvo su postura incluso frente a críticas de organismos nacionales como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Corte IDH. 

Sheinbaum ha mantenido una línea de continuidad con la visión de su antecesor al respaldar la vigencia de la prisión preventiva oficiosa y no ha planteado su eliminación ni una reforma para ajustarla a los criterios exigidos por la Corte Interamericana. “Prácticamente, la totalidad de las instituciones mexicanas defienden una medida violatoria de derechos humanos”, asegura Simón Hernández León. 

“Lejos de ayudar a combatir la impunidad, esto ha provocado una nueva práctica de extorsión en la que se detiene a la población más vulnerable y se le extorsiona con ir a prisión”, continúa Simón Hernández León. “Es cierto que hay más personas en las cárceles como afirma el gobierno, pero esto no significa que sean culpables de los delitos que se les acusa”, complementa. 

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Desapariciones: la deuda que pasa de gobierno en gobierno

Ante la crisis de desaparecidos en México, la Corte IDH también ha emitido sentencias para responsabilizar al Estado por su deficiencia al resolver estos casos. La primera fue la sentencia González Méndez, que acusa la detención y desaparición de un joven indígena tzotzil originario de Chiapas, estado marcado por la militarización y la persecución contra comunidades indígenas tras el levantamiento del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) en 1999. 

A este caso se une una sentencia emitida el 28 de noviembre de 2018 en la que la Corte IDH también declaró responsable al gobierno de México por la desaparición forzada de Nitza Paola Alvarado Espinoza, José Ángel Alvarado y Rocío Irene Alvarado Reyes, ocurrida en diciembre de 2009 en Buenaventura, Chihuahua. 

Aunque estas sentencias corresponden a casos antiguos, el primer año del sexenio de Sheinbaum marcó un nuevo récord de desapariciones en México: cada día, 40 personas no regresan a sus hogares, un promedio de 1.6 cada hora. Hasta el 1 de octubre de 2025, desaparecieron 14,765 personas en el país, 16 % más que en el último año de López Obrador, reporta la organización A dónde van los desaparecidos.  

Uno de los casos recientes es la desaparición de Ana Amelí García Gámez, una joven desaparecida en el Parque Nacional Cumbres del Ajusco hace cinco meses. Ante esto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de la joven al considerar que su caso presenta una situación de gravedad y urgencia ante los pocos resultados de las autoridades. 

En la resolución 92/2025, la CIDH —organismo estrechamente ligado a la Corte IDH para la resolución de casos—  argumentó que, “dada la seriedad de la situación que involucra la situación de una joven mujer en una zona donde operarían grupos criminales y donde existen antecedentes de personas desaparecidas, resulta relevante tener la mayor diligencia posible en el actuar estatal”.

Leonardo García Gámez, hermano de la joven desaparecida, afirma que esta medida cautelar era necesaria porque el gobierno ha sido incompetente en la búsqueda de Ana Amelí. “Es lo mínimo que los familiares de personas desaparecidas podemos reclamar y recibir, merecemos un gobierno que nos proteja y, al no tenerlo, los organismos internacionales salen en nuestra defensa”, concluye en entrevista con El Sabueso

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