Regina López Puerta · 13 de diciembre de 2024
La reforma a la Ley Federal del Trabajo aprobada por la Cámara de Diputados y de Senadores beneficia a personas que prestan el servicio como repartidores y conductores a través de plataformas digitales, otorgándoles los mismos derechos que a los empleados formales.
Con ella se adiciona a los artículos 49, 50, 127 un capítulo IX Bis y un artículo 997-B a la Ley Federal del Trabajo, para regular y proteger los derechos laborales de conductores y repartidores en plataformas como Uber, Didi, Rappi e InDrive.
Hasta ahora los repartidores y conductores han trabajado con un esquema de prestación de servicios, sin tener derecho a seguridad social y otros beneficios que protegen a empleados en todo el país. Según el dictamen, hasta enero de 2024 cerca de 685 mil personas hacían esa labor en el país.
Con la reforma, se contempla otorgar prestaciones como el derecho a un aguinaldo, vacaciones, utilidades, días de descanso e indemnización en caso de terminar la relación laboral para los trabajadores. Además les da inscripción al IMSS y obliga a que el patrón retenga las cuotas obrero patronales, y haga las aportaciones correspondientes al Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).
Otro punto es que la ley reconoce el derecho a la desconexión digital, que es un derecho laboral para que los trabajadores no tengan que conectarse a dispositivos digitales fuera de sus tiempos de trabajo estipulados. Esto para que todos puedan tener un descanso digno.
Las modificaciones también reconocen que los trabajadores de plataformas trabajan con tiempos flexibles y pueden variar de un mes a otro, por lo que se contempla que las retenciones de impuestos se efectúen con el promedio de los ingresos generados de los últimos seis meses. Además si un conductor se mantiene inactivo por más de 30 días, se da por terminada la relación laboral.
Al respecto, la diputada Maiella Gómez Maldonado, presidenta de la Comisión del Trabajo, dijo a Animal Político que se cuenta con un periodo de 180 días para la aplicación de la reforma, “sobre todo para el tema del reconocimiento, alta y puesta en marcha del sistema de seguridad social”.
Si bien existen estos beneficios, algunos conductoras y conductores consultados, además de organizaciones que les representan, aún tienen preocupaciones y dudas sobre los esquemas fiscales que contempla esta reforma, y se preguntan cómo se beneficiarán quienes realizan esa labor de repartidores pensando en obtener un ingreso complementario.
Miriam tiene casi 9 años trabajando como conductora en múltiples plataformas digitales de servicios de entregas, como una manera de obtener un ingreso complementario, adicional a su pensión obtenida bajo la modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Aunque reconoce los beneficios para muchas personas, le preocupa que no contempla todas las situaciones de quienes conducen como una manera de complementar su ingreso principal.
La reforma garantiza derechos que antes no tenían, ya que la única modalidad que manejaban en las aplicaciones era la de pago por honorarios. Esto quiere decir que los trabajadores no se consideran empleados sino prestadores de servicios, que generan facturas para cumplir con sus obligaciones fiscales.
Con el texto aprobado, en el artículo 291 se establece que serán considerados empleados subordinados todos aquellos que ingresen más de un salario mínimo mensual de la Ciudad de México, y sólo serán considerados prestadores de servicios independientes quienes ingresen una cantidad menor. Según el dictamen, aproximadamente 272 mil de un total estimado de 658 mil tenían un ingreso superior al mínimo.
Mientras que para algunos es un cambio positivo, hay quienes se benefician de ser prestadores de servicios independientes, como Miriam que ya es jubilada, y ese es precisamente el atractivo de trabajar con estas plataformas.
“Yo tenía planes a futuro de seguir trabajando en las apps, pero ya no lo voy a poder hacer”, dijo Miriam en entrevista con El Sabueso. “Dicen que nos van a incluir, van a incluir a los jubilados, y que se va a ir este esa parte a afores, pero ni ellos mismos saben lo que están haciendo”.
Explicó que a pesar de que la reforma se ha planteado con intenciones de contemplar la labor de quienes están jubilados, no confía en la iniciativa ni le queda claro cómo aplicará para personas en su situación.
Ella prefiere facturar, ya que quienes reciben pensión del IMSS comúnmente trabajan prestando sus servicios por honorarios y no como empleados, pues ya terminaron de hacer sus contribuciones al Instituto, y así sólo cumplen con las obligaciones fiscales propias de los autónomos.
César es contador público y además forma parte del Consejo de Conductores de Jalisco, ya que también trabaja como conductor a través de múltiples plataformas.
Él también expresó su deseo de seguir trabajando como prestador de servicios, y no como empleado.
“Ellos están estableciendo que se va a respetar el mismo régimen, pero es imposible, porque quien factura no puede ser trabajador, así de sencillo. Para yo permanecer en el mismo régimen, yo tendría que seguir facturando los viajes y eso no va a suceder. Al ser subordinado, como plantea la reforma, quien pasa a facturar ahora es el patrón Uber o Didi”.
Ambos cuentan con seguridad social por otros ámbitos, y en sus finanzas personales les funciona mejor trabajar por honorarios.
“Lo que pedimos es que sea opcional… a algunos conductores les convendrá pero que sea libre, esto que sea opcional y que nos dejen nuestro mismo esquema de tributar”.
La diputada Gómez Maldonado aseguró a Animal Político que “se confirma la flexibilidad en el desarrollo de sus labores, la posibilidad de la multiplataforma y el derecho a la desconexión digital”.
Sin embargo Guillermo Malpica, director ejecutivo de la Alianza In México que representa a conductores de aplicaciones en más de 100 ciudades de la república, señaló que para ellos quedó pendiente el concepto de la multiplataforma.
En el dictamen, efectivamente no aparece una definición del concepto multiplataforma, ni viene establecido cómo será la tributación para quienes trabajen con más de un patrón en las aplicaciones.
“Es algo [trabajar en multiplataforma] que hacen muchas de las personas que se conectan. Es algo que se tiene que seguir trabajando y discutir, definitivamente. Ya no sucedió en esta ley, habrá que dejarlo para un trabajo en el futuro”.
Entre los puntos que propusieron a legisladores y sí se integraron, fue que la reforma no entre en vigor al día siguiente de la publicación, sino que se dé un periodo de adaptación.
Y que para determinar las retenciones de impuestos y si un empleado es independiente o subordinado, se considere el nivel de ingreso en lugar de las horas trabajadas.
Iván, quien utiliza Didi, Uber e InDrive, y sólo trabaja como conductor los fines de semana, se pregunta cómo se verá en el futuro su contribución.
“Yo quiero ver cómo van a hacer que el seguro social y el SAT se comuniquen para decir, ‘en Didi Iván hizo 500 pesos, en Uber hizo 300, el InDrive hizo 200’, y después de ahí, cómo van a promediar el salario, quién va a pagar la seguridad social, quién la va a dar de alta, quién va a hacer sus modificaciones de salario y quién va a pagar esa seguridad social”.
Mediante un comunicado el 4 de diciembre, la alianza InMexico exhortó a que los legisladores mejoraran la redacción para brindar claridad sobre las adecuaciones al régimen fiscal aplicable, y que garantizaran los lineamientos en los artículos transitorios, para la ejecución del programa piloto con el IMSS.
Malpica reconoce que la reforma atiende una preocupación legítima, aunque seguirán buscando incidir.
“Dar seguridad social a las personas que utilizan las plataformas. En eso la alianza y sus asociados coincidimos. Creo que es positivo que quien quiera acceder a la seguridad social lo pueda tener, y eso creo que es una ventaja”.