Diana Soto · 24 de marzo de 2024
Con las campañas electorales en marcha, varias imágenes de propaganda en el transporte de pasajeros se han compartido en redes sociales. Algunos usuarios han expuesto promocionales en los andenes y vagones del Metro o en centrales de autobuses. ¿Pero eso está permitido?
La respuesta es sí, aunque existen ciertas limitaciones. Hoy en día tanto en Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) como en los códigos locales se establecen regulaciones para la propaganda electoral en equipamiento urbano, pero dentro de los medios de transporte, públicos y privados, existen espacios concesionados para publicidad.
“En los inmuebles que sean propiedad privada, donde exista un propietario que a cambio de un pago permitan la colocación de publicidad, (la propaganda electoral) puede ser colocada sin ningún problema”, explicó la vocal ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) en CDMX, María Luisa Flores Huerta.
En el caso de los espacios públicos que incluyen el transporte, señaló, también existen superficies destinadas a publicidad donde se puede colocar propaganda electoral, siempre que ésta no incumpla los reglamentos internos del lugar donde se coloca.
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Por ejemplo, el Metro de la Ciudad de México “tiene permisionada la contratación de publicidad en sus instalaciones” con la empresa ISA Corporativo S.A. de C.V. En este sentido, la propaganda dentro de los vagones, en la zona superior de las puertas, en espectaculares de andenes y pasillos se adquiere directamente con esa empresa.

Así como existen estos espacios concesionados, también hay aquellos que no admiten propaganda electoral. Tal es el caso de los pizarrones de “Atención al usuario”, donde pueden colocarse únicamente carteles autorizados de carácter gubernamental o de beneficio social y no se permite promoción de “la iniciativa privada, partido u organización política”, de acuerdo con los lineamientos de publicidad.
Cuando no se cuenta con el permiso necesario, el Metro retira directamente la propaganda, como sucedió con los carteles colocados por la marcha del presidente Andrés Manuel López Obrador en noviembre de 2022.

Esto mismo sucede con otros tipos de transporte como Metrobús, Tren Ligero, centrales de autobuses y hasta los aeropuertos.
“Debe haber una autorización previa por parte del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. Sin embargo, se da mucho esta discusión de que si en lugares que son de uso de transporte se puede utilizar o no la propaganda electoral”, dijo la abogada de la UNAM, Jesika Velázquez.
Si bien, es posible contratación de propaganda electoral en el transporte de pasajeros, las especialistas señalaron que ésta debe estar autorizada y alineada con los principios establecidos en leyes locales o federales.
La vocal electoral explicó que la propaganda de las candidaturas federales -presidencia, senadurías y diputaciones-, se rigen a través de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), mientras que los códigos electorales de cada entidad rigen la promoción a cargos de elección local.
En ambas normativas se establecen características de contenido que no deben ser incumplidas, a pesar de que la propaganda haya sido contratada para espacios publicitarios. Por mencionar algunas, no debe ser calumniosa, vulnerar la equidad en la contienda ni colocarse fuera de los tiempos electorales correspondientes.
De ser reportada o identificada por las autoridades, la propaganda electoral que incumpla en lugar o contenido puede ser analizada y hasta sancionada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.