Lenia Batres y Salinas Pliego: ¿en qué consiste el amparo que resolverá la ministra?

Luz Rangel · 18 de septiembre de 2025

Lenia Batres y Salinas Pliego: ¿en qué consiste el amparo que resolverá la ministra?

La nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó a la ponencia de la ministra Lenia Batres presentar ante el Pleno el proyecto que plantea revocar el amparo concedido a Nueva Elektra del Milenio, una empresa de Ricardo Salinas Pliego, fundador y presidente de Grupo Salinas, contra un multa de más de 67 millones de pesos.

En El Sabueso leímos el amparo directo en revisión 3842/2024 para explicarte de qué se trata y también por qué si la Primera y Segunda Sala de la SCJN había declarado impedida a la ministra Batres Guadarrama para resolver asuntos sobre Salinas Pliego, ahora sí le corresponde.

Para saber más: Corte impide a Lenia Batres discutir amparo de Salinas Pliego; “ningún ministro tiene juicio objetivo”, acusa Sheinbaum

¿Qué es el régimen de consolidación fiscal?

La síntesis de hechos del amparo explica que Nueva Elektra del Milenio, que tributaba bajo el régimen de consolidación fiscal, con la calidad de controlada, promovió juicio contra dicha multa. Pero ¿qué implica este régimen? 

De acuerdo con el amparo, el régimen de consolidación fiscal estuvo vigente hasta 2013. Consistía en grupos de empresas con intereses económicos comunes que, al reunir ciertas características, eran consideradas como una unidad económica, es decir, una misma.

Este régimen permitía reunir las utilidades y pérdidas de una unidad económica, integrada por la compañía controladora, en este caso Grupo Salinas, y sus controladas, como Nueva Elektra del Milenio, como si se tratara de una sola empresa, aun cuando estuvieran organizadas de forma individual. 

Por lo tanto, las pérdidas generadas por una sociedad podían ser amortizadas de inmediato con las utilidades generadas por otras empresas del mismo grupo. 

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¿Y cómo llegó el asunto a la SCJN? 

En mayo de 2024 Norma Piña, entonces ministra presidenta, admitió a trámite el amparo directo en revisión 3842/2024, interpuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en contra de la determinación de un Tribunal Colegiado que avaló a la empresa Nueva Elektra del Milenio, de Grupo Salinas, en un juicio contencioso-administrativo para no pagar un crédito fiscal.

Piña radicó este caso en la ahora extinta Segunda Sala, donde fue designando a la ponencia de la ministra Lenia Batres. Y, aunque el asunto llegó a la SCJN hace un año, tiene antecedentes desde 2018.

En febrero de 2018, la Administración General de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió un oficio para iniciar facultades de comprobación del ejercicio fiscal 2012.

Para septiembre de 2021, la Administradora de Fiscalización a Grupos de Sociedades de la Administración General de Grandes Contribuyentes determinó la multa de 67 millones 165 mil 827 pesos a la empresa Nueva Elektra del Milenio por declarar una pérdida fiscal mayor a la que realmente sufrió durante 2012. Esto debido a que no declaró ingresos por conceptos de inventario.

Nueva Elektra del Milenio interpuso un  recurso de revocación contra el crédito fiscal o multa. Pero el 20 de junio de 2022 el SAT la confirmó.

Luego, Nueva Elektra del Milenio demandó al Tribunal Federal de Justicia Administrativa que anulara esa resolución. Sin embargo, el 28 de abril de 2023 dicho tribunal dictó sentencia, reconociendo la validez de las resoluciones impugnadas y rechazando sus argumentos.

En es fecha, la empresa Nueva Elektra del Milenio promovió un juicio de amparo directo. El 22 de marzo de 2024, el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concedió el amparo, argumentando que las facultades de comprobación debieron iniciarse con la sociedad controladora, o sea Grupo Salinas, y no con la controlada.

El 9 de abril de 2024,  la sentencia del tribunal fue notificada. Por lo tanto, el 24 de abril de 2024, la SHCP interpuso un recurso de revisión contra dicha sentencia y, así, el asunto escaló a la SCJN. 

La decisión de la Segunda Sala, con Lenia Batres como ponente, fue revocar la sentencia del tribunal para que emita una nueva. 

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Ricardo Salinas Pliego. Foto: Cuartoscuro.

¿Por qué sí le corresponde el asunto a Lenia Batres?

La nueva SCJN determinó dejar que la ministra Lenia Batres presente ante el Pleno el proyecto en el que plantea revocar el amparo concedido a Nueva Elektra del Milenio, a pesar de que en marzo de 2024, la extinta Segunda Sala la había declarado impedida legalmente para conocer asuntos referentes al empresario y sus empresas.

Esto debido a que en múltiples ocasiones ha atacado de manera pública al fundador y presidente de Grupo Salinas, lo que pone en duda su imparcialidad al juzgar.

Sin embargo, el artículo sexto transitorio del acuerdo general número 1/2025, señala que “a fin de aprovechar el conocimiento y estudio de los asuntos turnados a las ministras Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf” continuarán en manos de ellas.

Esta nueva integración de la SCJN puede propiciar que las ministras en cuestión ya tengan los votos necesarios para que sus proyectos sean avalados.

“Devuélvase a la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien actuará como ponente en este expediente”, indicó la Secretaría General de Acuerdos de la Corte.

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Ministras Yasmín Esquivel, Lenia Batres y Loretta Ortiz. Foto: Cuartoscuro