Regina López Puerta · 30 de mayo de 2024
La ley marca que tres días antes de las elecciones los ciudadanos tienen el derecho a una jornada de reflexión para poder decidir de qué manera van a emitir su voto.
Este periodo es también conocido como veda electoral. Durante este periodo–que inicia el 30 de mayo y termina el 1ero de junio– está prohibido realizar cualquier tipo de propaganda electoral y gubernamental, lo cual incluye las conferencias matutinas del presidente López Obrador.
De acuerdo con el artículo 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, “las campañas electorales para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, senadores y diputados, en el año que corresponda, tendrán una duración de noventa días”. La legislación contempla que el día de la Jornada Electoral y los tres días anteriores, está prohibida la celebración y la difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales.
De acuerdo con la consejera del Instituto Nacional Electoral, Dania Ravel, el silencio nos da un espacio para que el voto sea libre, sin presiones o mensajes de último momento por parte de los partidos o candidatos.
La ley dispone de este periodo para que la ciudadanía se informe y piense por qué candidato va a votar, asegurando que el voto sea libre. Las restricciones van desde espectaculares y anuncios en medios masivos, hasta las redes sociales. Está prohibido que circulen anuncios pagados por actores políticos o los propios aspirantes.
Dentro de las prohibiciones en la ley para la jornada de reflexión, se encuentra lo siguiente:
Por esa misma razón, el presidente López Obrador tendrá que suspender sus conferencias matutinas habituales, ya que los funcionarios públicos tampoco podrán difundir información de sus gobiernos ni realizar actos públicos.
El 8 de mayo, el presidente anunció durante su conferencia matutina que durante la jornada de reflexión utilizará el tiempo que usualmente destina a “la mañanera”, para realizar una gira cultural por el país en la cual “no lo va a ver nadie” y el primero de junio hará un acto para celebrar el día de la Marina a puerta cerrada, sólo con los integrantes de esta rama.
De la misma manera, gobernadores y alcaldes, no podrán realizar actos públicos. Las únicas excepciones para las cuales la comunicación gubernamental no aplica, son aquellos mensajes que tengan que ver con salud, educación y protección civil.
En caso de que un partido político o algún candidato rompa las reglas de la veda electoral, el primer paso que toma el INE es dar la orden de quitar o eliminar la publicación o propaganda que haya sido colocada.
Para esto, aclaró la consejera Ravel, es necesario que el Instituto Nacional Electoral como los Institutos Electorales Estatales tengan actuación inmediata para poder quitar la información antes de que genere un daño irreparable con el electorado.
Posteriormente, el Instituto evalúa la violación y se somete a un procedimiento que puede resultar en multas considerables para los partidos políticos o para los candidatos.
En caso de que se trate de una falta grave y un intento de generar presión al electorado para emitir su voto en favor de un candidato, entonces se pueden incluso involucrar las fiscalías estatales o la Fiscalía General de la República (FGR), ya que obligar a alguien a emitir su voto de una manera constituye un crimen.