Luz Rangel · 14 de febrero de 2025
Pese a que Morena se ha beneficiado de la reelección, la reforma presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum rompe con la posibilidad de profesionalizar los cargos públicos al no permitir ocuparlos de manera consecutiva.
Un ejemplo es el de la morenista Clara Brugada, quien fue electa alcaldesa de Iztapalapa en 2018 y se reeligió en 2021, siendo la política más votada de su partido en la Ciudad de México, con 393 mil sufragios durante esos comicios. En 2024 fue electa como jefa de gobierno.
Especialistas coinciden en que la iniciativa de Sheinbaum no permite madurar la reforma que en 2014 incorporó a la Constitución la reelección consecutiva para ciertos cargos: legisladores federales y locales, presidentes municipales, regidores, síndicos, alcaldes y concejales. Esto con la aspiración de favorecer la rendición de cuentas al tener mandatos más amplios, sobre todo en aquellos del Poder Ejecutivo a nivel local.
“No se deja madurar la propuesta que hubo en 2014 de la reelección para puestos como las presidencias municipales o las alcaldías en la Ciudad de México o las diputaciones que permitían la profesionalización de la clase política, un mejor desempeño de los puestos”, comenta Alejandro Escalante, consultor especializado en transparencia y rendición de cuentas.
Otro ejemplo de reelección en el Poder Ejecutivo local es el del panista Santiago Taboada, quien fue alcalde de Benito Juárez por dos periodos consecutivos, de 2018 a 2023.
Al igual que Brugada, Taboada tenía alta aceptación entre sus gobernados. Y cuando ambos compitieron por el Gobierno de la Ciudad de México en 2024, ambos presumieron en campaña que fueron reelectos por su buena gestión.
Para el analista político Ernesto Guerra, la reelección, además de ser una manera de profesionalizar la política y el gobierno, daba a la ciudadanía la posibilidad de tomar la última decisión mediante el voto.
“En el caso de la alcaldía o ayuntamiento, que es la autoridad inmediata, la más cercana a la ciudadanía en primera instancia, permitía una posibilidad de ratificarse en el cargo y finalmente es la ciudadanía la que le iba a dar ese este voto de calidad a cada uno de los gobernantes cuando estuvieran en las urnas. Hoy la reforma presentada rompe con esta posibilidad”, dice Guerra.
Sin embargo, la reforma propuesta por Sheinbaum sostiene que la reelección consecutiva permitió que ciertas élites se perpetúen en el poder, y mantengan el control de cargos públicos.
También argumenta que la reelección inmediata rompe con el principio de igualdad, porque implica ventajas para una persona servidora pública que se encuentra en funciones. Entre ellas el acceso a recursos públicos, frente a las personas que buscan ocupar dicho cargo por primera vez.
Guerra considera que una desventaja, que incluso podría ir en contra de los derechos político-electorales, es que el artículo 59 establece que suplentes de senadurías y diputaciones sí podrán ser electos para el periodo inmediato, siempre que no hayan ejercido el cargo, ya como propietarios.
“No habíamos explorado cómo podemos meter a las personas que ya estaban en un cargo de elección popular a contender de manera justa y equitativa con aquellos que no. Pero de nuevo, no le dimos tiempo de madurar a la iniciativa de 2014”, indica Escalante.
La iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum contra la reelección deja abierta la posibilidad de que quienes hayan sido elegidos para un cargo a nivel local y federal lo vuelvan a ocupar después de cierto tiempo, y no considera a las personas juzgadoras del Poder Judicial, por lo que especialistas consideran que se queda a medio camino.
“Como está planteada ahorita no tiene una lógica de no reelección pura. Tienes este problema de que lo único que está pasando es que estás rotando cargos”, advierte Alejandro Escalante.
El 7 de febrero, el Senado de la República recibió la propuesta que la presidenta había anunciado en la conferencia del 5 de febrero. “En honor a la Constitución de 1917, la no reelección a ningún puesto de elección popular. ¡Sufragio efectivo, no reelección!”, pronunció Sheinbaum.
Esto aunque con este mecanismo al menos 277 legisladores lograron su reelección, de los cuales 182 son parte de la coalición Morena, Partido del Trabajo y Partido Verde Ecologista de México, y de Nueva Alianza —que también ha colaborado con el partido guinda—, es decir, 65% del total, según documentó Animal Político.
La iniciativa refiere que será aplicable a partir de los procesos electorales federales y locales de 2030, cuando concluye el sexenio de Sheinbaum. Por lo tanto, quienes se encuentren ejerciendo los cargos públicos en dicho año no podrían postularse para reelección en ese año, pero sí en 2027, cuando habrá elecciones legislativas a nivel federal y municipales en casi todo el país.
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La iniciativa propuesta por Claudia Sheinbaum está enfocada en reformar los artículos constitucionales 59, 115, 116 y 122, para prohibir la reelección inmediata. Que aquellas personas que hayan obtenido un cargo de elección popular no puedan ser electas para el periodo siguiente, para el mismo cargo que están ejerciendo.
Un ejemplo de reelección inmediata es el diputado Sergio Gutiérrez Luna, de Morena, quien en 2018 fue diputado suplente, en 2021 resultó electo y en 2024 se reeligió. De la oposición, Lilly Téllez fue senadora del Partido Acción Nacional (PAN) de 2018 a 2024, y resultó reelecta ese mismo año por otros seis.

“Es un buen ejercicio, sin embargo, cuando tú le pones la palabra ‘inmediata’, me parece que ahí es donde pierde efecto. Es decir, tú puedes ser representante popular hoy, esperarte y volver a ser candidato. Era una buena intención, pero me parece que queda a medias”, menciona en entrevista Ernesto Guerra, analista político.
“Se entiende que estas condiciones están referidas tanto al acceso a la función pública por elección popular, como por nombramiento o designación”, se lee en la iniciativa.
Si este mandato ya fuera constitucional, Rosario Piedra Ibarra, por ejemplo, no hubiera podido reelegirse como titular de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), luego de ser designada por el Senado de la República.

En 2014, una reforma incorporó a la Constitución la reelección consecutiva para ciertos cargos —legisladores federales y locales, presidentes municipales, regidores, síndicos, alcaldes y concejales— con la aspiración de favorecer la rendición de cuentas al tener mandatos más amplios.
Especialistas coinciden en que la reelección consecutiva también pudo ayudar a profesionalizar los cargos públicos para los cuales estaba permitida. Sobre todo en aquellos del Poder Ejecutivo a nivel local.
Sin embargo, la reforma propuesta por Sheinbaum sostiene que la reelección consecutiva permitió que ciertas élites se perpetúen en el poder, y mantengan el control de cargos públicos.
“La reelección en puestos del Poder Ejecutivo tenía mucho más sentido y permitía profesionalizar estos cuadros, un mejor desempeño de los puestos, como las presidencias municipales o las alcaldías en el caso de la Ciudad de México”, comenta Escalante.
Sheinbaum también menciona que la reelección inmediata rompe con el principio de igualdad, porque implica ventajas para una persona servidora pública que se encuentra en funciones. Entre ellas el acceso a recursos públicos, frente a las personas que buscan ocupar dicho cargo por primera vez.
En cambio, Ernesto Guerra considera que una desventaja, que incluso podría ir en contra de los derechos político-electorales, es que el artículo 59 establece que suplentes de senadurías y diputaciones sí podrán ser electos para el periodo inmediato, siempre que no hayan ejercido el cargo, ya como propietarios.
El 15 de septiembre de 2024 fue publicada la reforma al Poder Judicial por la cual las personas juzgadoras serán electas mediante voto popular. La iniciativa de no reelección propuesta por Sheinbaum no aplica a ministras y ministros, magistradas y magistrados, juezas y jueces.
“Se propone que las personas que hayan obtenido un cargo de elección popular, con excepción de los que correspondan a los de los poderes judiciales, no podrán ser reelectas para el período inmediato posterior para el mismo cargo”, se lee en la reforma.
Escalante y Guerra concuerdan en que debe existir congruencia, pues la reforma judicial sí previó que las personas que estaban como juzgadoras pudieran optar el “pase directo”, si así lo consideraban, para competir en las urnas con los demás perfiles que aprobaran los comités.
“Deberíamos ser congruentes en los alcances y limitaciones de este mecanismo. Su discurso fue ‘retomemos el espíritu de la Constitución del 1917’, pero en la reforma del poder judicial, los jueces sí se van a reelegir por votación popular. Entonces, ellos van a tener su sufragio y van a tener su reelección”, señala Escalante.
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