Elecciones 2024: ¿Es ilegal quitar la propaganda electoral en las calles?

Diana Soto · 21 de marzo de 2024

Elecciones 2024: ¿Es ilegal quitar la propaganda electoral en las calles?

Con las campañas electorales en curso, las calles de la Ciudad de México lucen llenas de propaganda de candidatos que buscan la Jefatura Gobierno. 

Está en bardas, postes, espectaculares y todo tipo de rincones, incluso  en lugares prohibidos por la ley, como en árboles.

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Esta ola de publicidad trajo consigo varios videos en los que personas retiran mantas, carteles y pancartas de la vía pública, mientras otros aseguran que personas ligadas a partidos políticos destruyen estos materiales. 

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¿Qué dice la ley sobre retirar esta propaganda? Aquí te explico: 

Retirar propaganda es función de autoridades electorales

La especialista en temas electorales Jessika Velázquez detalló a El Sabueso que si bien no existe en la legislación una sanción para los ciudadanos que retiran por cuenta propia propaganda electoral , lo ideal es que de eso se encarguen autoridades electorales.

“Si es tu propiedad y es propiedad privada, la puedes remover. Si estás en una vía pública, es decir, en una calle, en una avenida que sea de tránsito público, esa es una atribución que tienen las autoridades administrativas electorales y también la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales, justamente para que puedan sancionar al partido político o a quien está haciendo la propaganda”, explicó

Además, la vocal ejecutiva del INE en Ciudad de México, María Luisa Flores Huerta, explicó que el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales local es el que rige la propaganda para los cargos de la capital. Sin embargo, ni ésta ni otras normativas contemplan regulaciones a la ciudadanía sobre el retiro de ésta promoción.

“No está hoy regulado algo para la ciudadanía”, dijo. “Seguramente tendría que valorar si causa algún daño al equipamiento, no meramente a la propaganda”.

Sin embargo, para servidores públicos sí existen sanciones por retiro de propaganda electoral. El Código Penal para la Ciudad de México establece en su artículo 359 que podrán imponerse entre seis meses hasta un año de prisión, o de 100 a 300 días de multa, a los servidores públicos que “se apoderen, destruyan, retiren, borren, supriman, oculten o distorsionen la propaganda de algún candidato, partido o planilla”. Incluso podrían ser destituidos o inhabilitados hasta por cinco años. 

El artículo 250 de la LGIPE, en tanto, acota que  “las autoridades electorales competentes” son las que pueden ordenar el retiro de  propaganda electoral contraria a las normas.

Los partidos y la propaganda

En la Ciudad de México, por ejemplo,  partidos políticos han señalado a sus adversarios por el retiro de publicidad a su favor. Pues algunas lonas de Clara Brugada, aspirante de la alianza Morena-PVEM-PT, y Santiago Taboada, representante de la coalición PAN-PRI-PRD, han sido encontradas rotas, tiradas, dobladas o simplemente desaparecieron de las calles de la Ciudad.

La especialista Jesika Velázquez explicó que, aunque se puede proceder contra el retiro irregular de propaganda, es poco probable que se compruebe la responsabilidad de partidos o autoridades.

“Es muy complicado porque justamente lo que hacen los partidos políticos, o en las candidaturas,  es tratar de dar la vuelta al decir que es la población en general la que quita la propaganda, que están haciendo esta libertad de expresión, esta libertad de participar en la vida pública y democrática del país, y es así cómo pueden ellos deslindarse”, aseguró. 

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Los candidatos para las elecciones en 2024 están obligados a declarar que los recursos utilizados para promocionarse no rebasan su tope de gastos de campaña. 

Hasta ahora, sólo Santiago Taboada informó que ha gastado más de 8 millones de pesos en promocionales de vía pública durante su campaña, mientras sus contrincantes aún no actualizan esa información en el portal de Rendición de cuentas y fiscalización del INE.