Oscar Nogueda Romero · 28 de julio de 2025
Después de que se cumpliera el plazo legal para que los estados armonizaran las leyes estatales en materia de transparencia, 23 estados transfirieron las funciones de sus institutos locales de transparencia y protección de datos personales a organismos similares a la entidad federal “Transparencia para el Pueblo”, adscrito a sus Contralorías estatales. Además, 13 entidades incrementaron las causales de reserva de información.
Estos estados replicaron el modelo de transparencia federal, donde las responsabilidades en materia transparencia y datos personales fueron absorbidas por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y el organismo Transparencia para el Pueblo.

“Genera suspicacias dejar esta importante responsabilidad en una secretaría subordinada al Ejecutivo Federal y que carece de independencia, toda vez que su actuación estará supeditada a las propias directrices del Ejecutivo. En otras palabras, será juez y parte al decidir si entrega o no la información”, señaló la organización Fundar en relación a la reforma federal que eliminó al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
De acuerdo con una revisión de los congresos locales, nueve estados aún están discutiendo sus propuestas de reforma. En Nuevo León, por ejemplo, expertos han subrayado la necesidad de mantener un órgano de transparencia autónomo, mientras que, en Chihuahua, se propone la creación de un órgano dependiente de la contraloría para reducir el gasto público y centralizar las funciones de transparencia.

Hasta el 25 de julio, 23 estados eliminaron sus institutos de transparencia locales y trasladaron sus funciones a órganos dependientes de las contralorías estatales; además, aumentaron las causales para reservar información, tal como lo estipula la legislación federal aprobada.
Estos estados también copiaron el modelo federal para que los órganos internos de control de los Poderes Legislativo y Judicial, así como de los organismos autónomos sean los encargados de atender los recursos de revisión y denuncias, cuando la gente considere que se está vulnerando su derecho a la información.
Para Gabriel Espinoza, especialista en Transparencia y Datos Personales, las reformas estatales generan una mayor dispersión de las autoridades garantes. Por ejemplo, las autoridades responsables de la transparencia a nivel estatal pasarán de 32 a más de 400 en todas las entidades.
“Las cosas no estaban bien y había cuestiones que revisar en los institutos de transparencia de los estados. Sin embargo, me parece que ahorita hay menos incentivos para ejercer el derecho de acceso a la información. Preocupa la plataforma nacional de transparencia: ¿Cómo va a operar con las autoridades garantes a nivel local? Antes tenía que conectar integrada 32 entidades y ahora vas a tener que multiplicar, suponiendo que son por lo menos 13 autoridades garantes por estado”, explicó.
Como te contamos, la organización Fundar criticó el traspaso de las funciones de transparencia y protección de datos personales a una secretaría federal debido a la falta de independencia, por lo que “será juez y parte al decidir si entrega o no la información”.
“Estas nuevas Autoridades Garantes de Chiapas son: el Órgano Desconcentrado, Transparencia para el Pueblo de Chiapas, el cual conocerá de los asuntos de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo y Municipios; el órgano encargado de la contraloría interna de cada uno de los órganos de los Poderes Legislativo y Judicial, así como de cada uno de los organismos autónomos”, señala la legislación chiapaneca.
Los dictámenes reconocen que las contralorías estatales y Transparencia para el Pueblo de cada estado resolverán los asuntos en materia de transparencia de las secretarías estatales y municipios. Además, contempla que la persona titular de los organismos de Transparencia para el pueblo en los estados será designada por el gobernador en turno.
“Estas reformas inciden en la esfera de autonomía de las autoridades municipales; está contribuyendo a que los municipios estén en una situación de subordinación respecto a las entidades federativas. Estamos abriendo un camino para que el poder ejecutivo estatal sea capaz de sancionar a los municipios”, explicó Gabriel Espinoza.
Los recursos de revisión en contra de las respuestas de las autoridades estatales y municipales serán resueltos por Transparencia para el Pueblo o Contraloría de cada estado. Por ejemplo, si solicitas información al municipio de Altamira, la dependencia encargada de revisar este recurso será Transparencia para el Pueblo de Tamaulipas, subordinado a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del estado.
Aunque ahora, a diferencia de lo que pasaba con el INAI, que revisaba recursos de inconformidad para cualquier tipo de solicitud de información a nivel local, el órgano federal “Transparencia para el Pueblo” sólo resolverá recursos de inconformidad de casos relacionados con uso de recursos públicos federales a través de los estados o municipios.
Mientras que para impugnar las respuestas de las autoridades garantes estatales, será necesario interponer un amparo ante los tribunales de transparencia designados por el Poder Judicial de la Federación.
Según el Acuerdo General 8/2025 del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), desde el pasado 1 de julio se habilitaron los juzgados de Aguascalientes para conocer de los amparos en materia de transparencia y datos personales. Dicha sede se eligió, según el Consejo, en apego a criterios de austeridad y cargas de trabajo.
“Los Tribunales Colegiados de Circuito del Trigésimo Circuito, con residencia en Aguascalientes, conocerán de los recursos que se interpongan contra las determinaciones dictadas en los juicios de amparo y sus respectivos incidentes de suspensión, así como de los impedimentos o procedimientos relacionados que pudieran tramitarse en relación con la materia de acceso a la información pública y protección de datos personales”, señaló el acuerdo.
Por otro lado, nueve estados continúan discutiendo sus reformas en materia de transparencia. En Sinaloa y Morelos, funcionarios públicos han declarado que las funciones en materia de transparencia serán asumidas por las Contralorías estatales, mientras que en Nuevo León y en Chihuahua se busca la creación de un organismos desconcentrado.
“Jurídicamente es posible tener un organismo autónomo, inclusive colegiado, haciendo las adecuaciones que se incorporaron en la nueva legislación. Entonces, me parece que no tienes que copiar el modelo nacional porque puede sustentarse con base en la ley general que ese organismo, inclusive, tenga cierta autonomía de carácter orgánico”, explicó Espinoza.
En Baja California, se presentó una iniciativa ciudadana para crear la Procuraduría de Acceso a la Información Pública y Defensa de los Datos Personales, descentralizada y autónoma del gobierno en turno, pero hasta ahora no se ha aprobado.
Al igual que la reforma federal, 13 Congresos estatales aumentaron las razones para reservar información en comparación con sus legislaciones anteriores. Por ejemplo, la nueva legislación zacatecana considera 12 causales de reserva, mientras que su normativa anterior tuvo nueve. Por su parte, Aguascalientes tenía 12 reservas, mientras que con la nueva ley en materia de transparencia aumentaron a 15.

De acuerdo con los dictámenes disponibles, las autoridades estatales podrán reservar información que comprometa la seguridad nacional; la seguridad pública o la paz social.
Un ejemplo de esto es Puebla, donde se menciona que la entidad podrá reservar información que comprometa la seguridad nacional. Aunque, de acuerdo con Espinoza, sólo la Federación puede invocar la causal de reserva por seguridad nacional; sin embargo, estados como Tamaulipas y Aguascalientes también incluyeron esta causal de reserva de información en sus legislaciones locales.
“Se considera información reservada: la que comprometa la seguridad nacional, la seguridad pública, la defensa nacional o la paz social y cuente con un propósito genuino y un efecto demostrable”, menciona el dictamen del Congreso de Puebla.
Además, se advierte que se reservará información de procesos administrativos o judiciales, que no hayan quedado firmes. También, se impedirá la difusión de información que las autoridades consideren que el daño por su publicación sea mayor al interés público de conocer esta información.
Otro ejemplo es Tamaulipas, Chiapas y Tabasco donde se reservará la información que ponga en riesgo el funcionamiento o integridad de los sistemas tecnológicos y energéticos, adquiridos u operados por el Estado, así como instalaciones, infraestructuras, proyectos, planes o servicios de protección estratégicos, prioritarios o de seguridad pública.
Además de la información referente a programas del Gobierno Federal para salvaguardar materiales o instalaciones nucleares.
“Hay menos incentivos derivados de las cuestiones de causales de reserva. Estos supuestos inclusive nos preocupa que podrían ocurrir a nivel local. En la ley general de transparencia, se aprobó la causal de paz social. Es muy discrecional, prácticamente puede ser cualquier cosa. Todo lo puedes meter en esa caja”, explicó Espinoza.
Los estados también consideran sanciones como amonestaciones públicas y multas de hasta a hasta mil quinientas veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento en que se cometa el incumplimiento (unos 169 mil 710 pesos al monto de 2025).
Estas sanciones serán impuestas por las contralorías o el organismo de Transparencia para el Pueblo estatal a los sujetos obligados por no entregar información, no cumplir con las resoluciones de las autoridades garantes, no actualizar las obligaciones de transparencia, denegar intencionalmente la información, entre otros.