Presunto tráfico de influencias: Los casos en que ha sido señalado Gertz

Siboney Flores · 7 de julio de 2022

Presunto tráfico de influencias: Los casos en que ha sido señalado Gertz

Como fiscal General de la República Alejandro Gertz ha sido señalado por supuestas irregularidades y abusos con su cargo público, que a decir de especialistas eran motivo suficiente para abrir investigaciones, aunque no ocurrió así, y mientras tanto el presidente Andrés Manuel López Obrador ha insistido en defenderlo.  

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“Yo considero, y ese es mi criterio, que el fiscal no ha cometido delitos graves”, dijo este miércoles el mandatario federal, cuestionado sobre si consideraría pedir la remoción de Gertz, que como fiscal general tiene la responsabilidad de procurar justicia efectiva en el país. 

Las acusaciones contra Gertz

Gertz fue acusado de intervenir y ejercer presión en el caso de Alejandra Cuevas Morán -a quien acusó por la muerte de su hermano-, incluso teniendo acceso anticipado al proyecto de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) con que se discutiría su situación legal y posible liberación, según la filtración de una llamada del funcionario.

Especialistas consultados refirieron que lo se escuchó en dicha llamada telefónica mostró indicios de presión a la Corte, obtención de documentos de forma irregular y uso de la FGR para motivos personales. 

Situaciones que debieron investigarse, aunque los mismos especialistas criticaron la falta de contrapesos y mecanismos de control, que hacen improbable que la FGR indague a su propio titular. 

“Si hago algo, prácticamente me lo van a denunciar a mí mismo, y entonces yo puedo si quiero no investigar y el asunto no queda en nada”, refirió la abogada Estefanía Medina.

Otro hecho conocido es que Julio Scherer Ibarra, quien fuera consejero jurídico de la Presidencia del propio López Obrador, acusó a Gertz de  posibles conductas delictivas como tráfico de influencias, cohecho, abuso de autoridad y faltas administrativas graves.

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Entre ellas, supuestamente ofrecer en el pasado criterios de oportunidad a cambio de mentir y que denunciaran a Scherer, en casos como los de Gómez Mont y Juan Collado.

Scherer también señaló que, supuestamente, el fiscal Gertz le pidió como favor impedir que su cuñada Laura Morán y su hija, Alejandra Cuevas Morán, obtuvieran un amparo. 

La polémica más reciente que involucró a Gertz también se dio a partir de la grabación de una de sus llamadas, donde se escucha una supuesta negociación entre Gertz y el padre de Emilio Lozoya, exdirector de Pemex, acusado de corrupción al mando de la petrolera.

¿Qué responsabilidad tiene AMLO respecto al fiscal general?

El artículo 102 constitucional señala que el Fiscal General podrá ser removido por el Ejecutivo Federal “por las causas graves que establezca la ley”.

La remoción, agrega, “podrá ser objetada por el voto de la mayoría de los miembros presentes de la Cámara de Senadores dentro de un plazo de diez días hábiles, en cuyo caso el Fiscal General será restituido en el ejercicio de sus funciones. Si el Senado no se pronuncia al respecto, se entenderá que no existe objeción”.

Javier Martín Reyes, abogado de la UNAM, insistió en que el fiscal Gertz puede ser removido por el presidente por causas graves, como dice la Constitución, aunque precisando que no es lo mismo causas que delitos graves.

“Causas graves es una categoría más amplia. Si uno revisa la ley de la Fiscalía General de la República, ahí se señalan las diferentes razones más allá de delitos que podrían motivarla. Por ejemplo, cualquier infracción en materia administrativa o falta administrativa grave, puede ser motivo para remover al fiscal, y esas están en la ley general de responsabilidad y ahí el catálogo es super amplio”, señaló Reyes.

“Puede ser cohecho, puede ser peculado, puede ser desvío de recursos públicos, puede ser uso indebido de información, abuso de funciones, ahí hay un catálogo muy grande de infracciones administrativas que podrían eventualmente ser razón suficiente para removerlo y que no son delitos”.

En una revisión a la ley de responsabilidades, también se mencionan como faltas administrativas graves el conflicto de interés, tráfico de influencias, encubrimiento, desacato y nepotismo.

Incluso, explica el consultor en derecho anticorrupción y litigio estratégico, Miguel Alfonzo Meza, los altos índices de impunidad por su desempeño en FGR o cualquier incompetencia en algún caso, pueden ser considerados como causa grave. 

La facultad que tiene el presidente, señaló también el abogado Martín, es de los pocos contrapesos que tiene el fiscal general. 

“De las pocas válvulas de escape políticas que tiene la constitución para poder limitar el poder de un fiscal que le rinde cuentas a muy pocos es precisamente ese proceso de remoción que tiene, esa facultad que tiene el presidente de la república”, dijo el abogado.

“Entonces aquí no es de que no hay denuncia, nadie ha dicho nada, él tiene un deber de vigilar al fiscal, tiene un deber constitucional de verificar que la Fiscalía General no incurra en ninguna de esas conductas, y por eso creo que hay una clara omisión del presidente, que no se está tomando en serio su mandato constitucional y que está permitiendo que este fiscal que ya sabemos que ha incurrido en muchísimas irregularidades siga en el cargo”.