Tras el asesinato de Carlos Manzo, ¿cuál es el procedimiento para elegir al presidente municipal?

Jennifer Flores · 4 de noviembre de 2025

Tras el asesinato de Carlos Manzo, ¿cuál es el procedimiento para elegir al presidente municipal?

El sábado 1 de noviembre por la noche, durante el Festival de Velas por el Día de Muertos, Carlos Manzo, alcalde de Uruapan, Michoacán, fue asesinado por un hombre armado que le disparó en siete ocasiones. Para nombrar al presidente municipal sustituto debe considerarse que la ley estatal establece que la persona debe ser del mismo género y origen partidista, aunque el Movimiento Independiente del Sombrero ya propuso al Congreso que Grecia Quiroz, viuda de Manzo, asuma el cargo. 

Carlos Manzo fue militante de Morena durante su etapa como diputado federal. Posteriormente, fue elegido como candidato independiente, con aproximadamente 66 % de los votos emitidos, para ocupar la presidencia municipal de Uruapan a partir del 1 de septiembre de 2024. 

Desde el inicio de su mandato, el alcalde denunció a diversos grupos criminales por extorsionar a los productores de aguacate y limón del municipio, pidió apoyo al gobierno federal para una mayor protección de Uruapan e incluso prometió emprender acciones letales contra los cárteles locales.

Cinco días antes de ser asesinado, el primer alcalde independiente del municipio fue entrevistado en el canal de YouTube Los Demonios Sueltos, donde aseguró que, en caso de ausentarse, las personas que integran el Movimiento Independiente del Sombrero estaban listas para continuar con su lucha y continuar en la presidencia municipal hasta 2027.

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Tras el asesinato de Carlos Manzo, el Congreso de Michoacán debe nombrar sustituto en un plazo de 30 días 

De acuerdo con el artículo 65 fracción IV de la Ley Orgánica de Michoacán, cuando la ausencia del alcalde sea mayor de 60 días por cualquier motivo, el Ayuntamiento notificará al Congreso del estado, el cual valorará la fundamentación y la motivación de la causa para nombrar una presidenta o un presidente municipal provisional. 

Durante este proceso, el Congreso nombra a una presidenta o un presidente provisional para hacerse cargo de la entidad, quien será la síndica o el síndico municipal. Según la página oficial del gobierno municipal de Uruapan, actualmente Hilda Flor del Campo Maldonado Medina es la síndica municipal, por lo que ella es quien toma el cargo de Manzo de manera provisional. 

El artículo 66 de la Ley Orgánica del estado también dicta que, posteriormente, la presidenta municipal provisional permanecerá en el cargo hasta que el titular se encuentre en la posibilidad material y legal de incorporarse a sus funciones.

En caso de que se declare ausencia definitiva —como la de Carlos Manzo—, el Congreso contará con un término de hasta 30 días naturales contados a partir del día en que tenga conocimiento oficial para designar a la presidenta o el presidente municipal.

Por ello, el Congreso tiene como fecha límite el domingo 30 de noviembre para nombrar a la persona que sustituirá a Carlos Manzo. 

La sustitución del alcalde deberá respetar el género y el origen partidista, por lo que en este caso el sustituto tendrá que ser hombre y de candidatura independiente. Además, deberá cumplir los requisitos de elegibilidad para ser candidato a presidente municipal estipulados en la Constitución local.

“Este proceso le corresponde al Congreso del estado, el cual en un plazo de 30 días tendrá que elegir a un hombre de candidatura independiente —en este caso, del Movimiento Independiente del Sombrero— para sustituir al edil de Uruapan”, explica el profesor de Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) Lisandro Morales.

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¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para una candidatura a la presidencia municipal de Michoacán?

El artículo 119 de la Constitución local del estado establece que, para ser electo o electa como presidente o presidenta municipal, síndico o síndica, o regidor o regidora es requisito: 

  • Ser ciudadano mexicano por nacimiento, ser michoacano en ejercicio de sus derechos y no haber sido condenado por delito doloso.
  • Haber cumplido 21 años el día de la elección.
  • No ser funcionario de la Federación, del estado o municipal, ni tener mando de fuerza en el municipio en que deba efectuarse la elección, durante los noventa días anteriores a la fecha en que aquella se celebre; si se trata del tesorero municipal, es preciso que hayan sido aprobadas sus cuentas.
  • No ser ni haber sido ministro o delegado de algún culto religioso.
  • No estar comprendido en ninguno de los casos que señala el artículo 116.

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Movimiento Independiente del Sombrero propone a Grecia Quiroz como nueva alcaldesa de Uruapan

Grecia Quiroz en el funeral de Carlos Manzo. Foto: Cuartoscuro

A pesar de que las normas michoacanas dictan que la persona que asuma la presidencia de Uruapan debe ser hombre y de candidatura independiente, Carlos Bautista Tafolla, diputado local del Movimiento Independiente del Sombrero, aseguró que el partido buscará que Grecia Quiroz sea la presidenta sustituta

El martes 4 de noviembre, en entrevista con Azucena Uresti, Bautista Tafolla confirmó que el partido independiente envió la propuesta al Congreso para que Grecia Quiroz, viuda de Carlos Manzo, sea la nueva presidenta municipal de Uruapan y solo esperan que sea aprobada por el Congreso de Michoacán. 

De acuerdo con Francisco Burgoa, abogado constitucionalista, sí es posible que Grecia Quiroz asuma la presidencia municipal si el Congreso lo aprueba. “Finalmente, es entendible que una mujer supla a un hombre, pero no a la inversa —por los roles de género—. Dado el contexto de mantener viva la lucha de Carlos Manzo, pienso que nadie se inconformaría”, explicó. 

Durante la entrevista, el diputado Bautista Tafolla también aseguró que esperan recibir la toma de protesta de la próxima presidenta de Uruapan este miércoles 5 de noviembre. “Fue una decisión muy fácil, nadie estuvo en contra. Es una persona que trabajó con Carlos desde los inicios y es la persona que mejor puede encabezar la presidencia”, dijo. 

El abogado Lisandro Morales explica en entrevista que las normas de género fueron implementadas para formar un Estado con paridad, por lo que, bajo esta lógica, Grecia Quiroz sí puede acceder a esta designación, pero al no ser una decisión que es parte de la literalidad de la norma puede existir el riesgo de una impugnación. 

“La norma debe respetarse para garantizar el Estado de derecho mexicano. Sin embargo, las leyes no prevén todas las circunstancias de la vida como este caso, por ello, podría adecuarse a una realidad concreta que no vulnere lo establecido en el artículo 66”, explica Lisandro Morales. 

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Grecia Quiroz no ha dado declaraciones sobre asumir el cargo

Actualmente, Grecia Quiroz es presidenta honoraria del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de Uruapan. Durante el homenaje póstumo del alcalde, emitió un discurso de despedida en donde aseguró que preservarán el trabajo del edil porque Uruapan “está cansada de tanta violencia”. 

También afirmó que, “aunque apagaron su voz, no apagarán su lucha” y que seguirá luchando contra la delincuencia y violencia en el municipio.

Además, tras las protestas en Morelia, Grecia Quiroz llamó a la población a realizar manifestaciones pacíficas porque la lucha de su esposo no incluía actos vandálicos. “Yo les pido de favor, y en memoria de Carlos que, por favor, lo hagamos de manera pacífica, lo hagamos de una manera civilizada”, pidió en una transmisión a través de las redes sociales de Manzo.

Al momento, estas han sido las únicas apariciones públicas de Grecia Quiroz y, aunque aseguró que continuará con el trabajo de su esposo, no ha expresado que asumirá la presidencia municipal de Uruapan u otro cargo distinto al que ya tiene en el DIF municipal.