Arancel del 10% de Estados Unidos a México por trabajo forzado: cómo funciona

Daniel Medrano · 24 de julio de 2026

Arancel del 10% de Estados Unidos a México por trabajo forzado: cómo funciona

El Gobierno de Estados Unidos aplicó un nuevo arancel del 10% a productos procedentes de México y otros 59 países.. La medida, impulsada por la administración de Donald Trump bajo la premisa de combatir el uso de trabajo forzado en las cadenas de suministro internacionales, entró en vigor el 24 de julio.

A pesar de la alarma inicial que genera cualquier tarifa impuesta desde Washington, la medida no afectará a la gran mayoría de los bienes mexicanos. De acuerdo con la Secretaría de Economía, las exportaciones amparadas bajo las reglas de origen del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) mantendrán su arancel en cero, dejando el impacto acotado únicamente a los productos que quedan fuera del acuerdo comercial.

¿Cómo funciona en la práctica el nuevo arancel de Estados Unidos?

Para entender el funcionamiento de la medida emitida por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) bajo la Sección 301 de su Ley de Comercio, el primer elemento a considerar es que no se trata de un impuesto parejo para todo el comercio. La regulación establece una clara división entre los bienes que aprovechan el libre comercio regional y aquellos que no, explica a El Sabueso, Jair Aguilar internacionalista y profesor del Centro de Relaciones Internacionales de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM.

De esta manera, el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá actúa como un filtro automático, es decir, más del 80% de las mercancías mexicanas continuarán ingresando a territorio estadounidense con una tasa preferencial del 0%, siempre y cuando certifiquen el cumplimiento de sus reglas de origen. El nuevo gravamen del 10% se aplica de forma exclusiva para el porcentaje residual de exportaciones que ingresan fuera de los beneficios del acuerdo.

Por otro lado, la mecánica detrás de este impuesto responde a una sustitución de esquema y no a una tarifa acumulativa. La orden firmada en Washington entra en sustitución de las tarifas temporales previas que expiraron recientemente tras un fallo de la Corte Suprema estadounidense. 

“La justificación legal empleada por la administración de Washington clasifica a México en una lista de 60 países sancionados por presuntas deficiencias en la erradicación del trabajo forzado en las cadenas de suministro global. Sin embargo, para la mayoría de los exportadores nacionales, el costo real no representa un incremento adicional sobre lo que ya venían tributando bajo el marco anterior”, destaca Aguilar. 

El mecanismo de aplicación contempla exenciones específicas para evitar la duplicidad de aranceles sobre una misma mercancía. Los sectores industriales que ya se encuentran regulados por otras medidas de seguridad nacional o leyes comerciales previas –como la Sección 232– quedarán exentos de acumular este nuevo 10%. 

Esto significa que industrias estratégicas como la automotriz, la de autopartes, el acero, el aluminio y el cobre mantendrán vigentes sus esquemas tarifarios sectoriales sin sufrir un cobro doble en las aduanas de entrada a Estados Unidos.

Manuel Valencia, maestro en negocios internacionales, comparte que los aranceles no aplican a todos los productos que no están protegidos por el T-MEC de manera automática, sino que solamente en casos de que el exportador del producto no pueda comprobar que toda su cadena de suministro está limpia de cualquier indicio de fabricación con trabajo forzado. 

El especialista detalla que existe la creencia de que las aduanas estadounidenses deberán comprobar la existencia de trabajo forzado en una fábrica para aplicar la tarifa, no obstante, la medida opera bajo la lógica inversa, el exportador es quien debe demostrar que su producto está exento de que su línea de producción cuenta con trabajo forzado.

Al catalogar al país dentro de esta lista bajo la Sección 301, Estados Unidos presume la existencia de riesgos laborales sistémicos en las mercancías que no utilizan el filtro de origen del T-MEC. Por lo tanto, no se requiere una auditoría previa a cada embarque; si un producto no acredita su exención o su origen protegido, el arancel del 10% se cobra automáticamente al cruzar la frontera”, sentencia Valencia. 

Productos más perjudicados por la aplicación del arancel del 10%

El golpe principal recae sobre las empresas en México que ensamblan o fabrican bienes utilizando un alto porcentaje de insumos importados de terceros países, al no alcanzar el porcentaje de Valor de Contenido Regional (VCR) del 75%, exigido por el T-MEC, productos como transformadores eléctricos, componentes electrónicos, manufacturas de plástico y herramientas industriales quedan desprotegidos ante la tarifa. 

La industria textil y de la moda es de las más expuestas, salvo que la confección demuestre origen norteamericano desde el hilo o la fibra, los cargamentos de prendas de vestir, telas y calzado que se exportan fuera de los cupos o esquemas del T-MEC pagarán de inmediato la nueva tarifa por la normativa de fiscalización de cadenas productivas.

Aunque la mayoría de los productos agrícolas o insumos básicos no sufren este impacto, los alimentos procesados, productos de panadería industrial, confitería, chocolates y bebidas que no tramiten o no califiquen para el certificado de origen preferencial pagarán el impuesto adicional.

¿Cuáles fueron los argumentos del gobierno de Trump?

Desde la perspectiva de la administración estadounidense, sus socios comerciales han sido omisos al no implementar ni fiscalizar de manera estricta las normas que impiden el ingreso de mercancías fabricadas mediante trabajo forzado.

Fuentes oficiales de la Casa Blanca argumentaron que Estados Unidos aplica marcos regulatorios mucho más rigurosos e inflexibles que el resto de los países. A juicio de Washington, este desequilibrio en la supervisión aduanera genera una competencia desleal, otorgando una ventaja indebida a las compañías extranjeras sobre la industria local.

Por su parte, la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos defendió que la resolución no fue arbitraria, sino el resultado de un proceso exhaustivo de investigación. Esta inclusión la realización de dos rondas de audiencias públicas, la revisión de más de 2,100 comentarios ciudadanos y una serie de consultas diplomáticas con los gobiernos involucrados para discutir los vacíos en sus leyes laborales.

En este sentido, Manuel Valencia señala que es muy complejo determinar a qué productos y bajo qué condiciones podrán aplicar los aranceles del 10%, ya que México es un país con reglas y legislación laboral muy claras con respecto al trabajo infantil, el pago y prestaciones que reciben por trabajar y la no explotación laboral.