¿“Afrenta a la justicia”? Amparo a Luis Cárdenas Palomino se basa en jurisprudencia de la SCJN

Luz Rangel · 14 de febrero de 2023

¿“Afrenta a la justicia”? Amparo a Luis Cárdenas Palomino se basa en jurisprudencia de la SCJN

El presidente Andrés Manuel López Obrador y Pablo Gómez, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), criticaron el amparo que concedió un tribunal al exfuncionario de la Policía Federal Luis Cárdenas Palomino, quien fue cercano colaborador de Genaro García Luna, para que pudiera seguir utilizando sus cuentas bancarias. Incluso, consideraron esta acción de los magistrados como una “afrenta a la justicia”.

Sin embargo, especialistas consultadas explicaron que dicha resolución del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito no es arbitraria, sino que el amparo tiene como base una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

¿Y qué es una jurisprudencia? Se trata de un criterio jurídico obligatorio que deben seguir juzgadoras y juzgadores para actuar ante casos con características similares. 

“La jurisprudencia tiene, en términos generales, las funciones de interpretar la ley o integrar las lagunas que esta contenga, con la finalidad de lograr certeza jurídica a través de la unificación de criterios para la aplicación del derecho, de allí la necesidad de su obligatoriedad”, señala en un artículo el profesor de Derecho Rubén A. Sánchez Gil.

En el caso de Cárdenas Palomino, quien está en prisión preventiva desde 2021 acusado de tortura, detallaron especialistas, se siguió una jurisprudencia de la SCJN vigente desde hace cinco años, la 2a./J. 46/2018 (10a.), de rubro: “Actos, operaciones o servicios bancarios”.

Esta establece que el bloqueo de cuentas sólo es constitucional cuando se realiza para cumplir compromisos o solicitudes internacionales. 

En ese sentido, la UIF argumentó que la Administración de Control de Drogas de Estados Unidos (DEA, por sus siglas en inglés) estaba investigando a diferentes personas, entre quienes estaba Luis Cárdenas Palomino, y solicitó la colaboración del gobierno de México. 

Sin embargo, el tribunal que concedió el amparo el 25 de enero de 2023 señaló que no había una solicitud expresa para realizar el bloqueo de cuentas al exfuncionario.

“La autoridad recurrente no proporciona ningún elemento del que pueda desprenderse que el bloqueo de las cuentas bancarias del quejoso se realizó con motivo del cumplimiento de un compromiso internacional adoptado por el Estado mexicano, en los términos precisados en la jurisprudencia aludida; por el contrario, queda plenamente evidenciado que el bloqueo de las cuentas tiene origen estrictamente nacional”, determinaron de forma unánime los magistrados.

Al respecto, Estefanía Medina Ruvalcaba, especialista en sistema penal acusatorio por la Escuela Libre de Derecho, considera que no ha habido una investigación sólida a Cárdenas Palomino por parte de autoridades como la Fiscalía General de la República (FGR). 

“El actuar de los jueces es regular y más bien lo que es deficiente es el actuar de instituciones como la Fiscalía General de la República, porque es muy diferente el bloqueo de cuentas bancarias administrativas, como lo que fue en este caso, por temas que pudieran estar aparentemente vinculados con lavado de dinero, pero si el caso ya hubiera estado vinculado con una investigación y se hubiera judicializado, la propia fiscalía podría solicitar el aseguramiento de esos mismos bienes y poder tenerlos retenidos, por así decirlo, pero dentro de un proceso penal”, refirió la especialista.

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La maestra en criminología y justicia penal por la Universidad de Oxford considera que los magistrados están actuando conforme a derecho. 

“Por la información que se puede advertir hasta este momento, resulta evidente que las autoridades están actuando con apego al marco legal al que están obligadas. Lo más importante es que estas instituciones se puedan seguir manteniendo sólidas a pesar de las recriminaciones o embates desde esta posición”, agregó la abogada, cofundadora y codirectora de la organización Tojil. 

Titular de la UIF descalifica la jurisprudencia, dice que es “malinchista”

El 18 de diciembre de 2019, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la UIF ordenaron incluir a Luis Cárdenas Palomino en la lista de personas bloqueadas en el sistema financiero nacional y congelar sus cuentas bancarias de Santander, Banco Azteca y Banamex. 

“Se incluyó al quejoso en la lista de personas bloqueadas, derivado de una medida dictada como un mecanismo de prevención a la probable comisión y/o continuación del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita dentro del sistema financiero”, argumentó la UIF, según la versión pública del documento. 

Esto ocurrió antes de que la FGR cumplimentara una orden de aprehensión en su contra por el delito de tortura, el 5 de julio de 2021. 

Cárdenas Palomino también ha sido señalado como colaborador de Genaro García Luna,  el exsecretario de Seguridad Pública federal que enfrenta un juicio en Estados Unidos. 

“Teníamos una cuenta bloqueada de 5 millones y medio, y el juez, si quieren les doy el nombre del juez, el juez lo desbloqueó y al día siguiente ‘adiós’”, dijo Pablo Gómez Álvarez en la conferencia matutina sobre la orden en contra de Cárdenas Palomino. 

El titular de la UIF, en efecto, leyó los nombres de los magistrados que votaron a favor de conceder el amparo, e incluso hizo referencia a la jurisprudencia ya mencionada, aunque la descalificó diciendo que había sido forjada en su momento por el entonces ministro Eduardo Medina Mora, y que no todos los jueces la siguen a rajatabla. 

“Como es un procedimiento meramente nacional y no lo está solicitando ningún país extranjero, por lo tanto, carece de suficiente certeza y carece de seguridad jurídica, punto”, criticó Gómez. “No solamente es un criterio malinchista, es un criterio que sirve para convalidar actividades ilícitas, proteger no solamente a criminales de la delincuencia organizada, sino especialmente a los corruptos, exservidores públicos, etcétera, todo ese tipo de cosas que hemos tenido”, agregó.

.@PabloGomez1968 afirmó que Luis Cárdenas Palomino, preso por lavado de dinero, recibió el amparo de jueces de la @SCJN. El titular de la UIF señaló a los magistrados Jorge Antonio Cruz Ramos, Pablo Dominguez Peregrino y Maria Elena Rosas López pic.twitter.com/F7fh05o6gi

— Animal Político (@Pajaropolitico) February 9, 2023

 Medina Ruvalcaba, en tanto, insistió en criticar la carencia de una investigación sólida. 

“Es muy irresponsable que estas autoridades le echen la culpa en este caso particular a una jurisprudencia. La jurisprudencia no está diseñada para proteger criminales porque ni siquiera estamos hablando de un proceso penal, la UIF sigue procesos administrativos preventivos”, explica Medina Ruvalcaba.