Congreso de Guanajuato aprueba Ley de la Diversidad Sexual y Género tras cuatro años de espera

Redacción Animal Político · 15 de febrero de 2024

Congreso de Guanajuato aprueba Ley de la Diversidad Sexual y Género tras cuatro años de espera

Tras casi cuatro años de estar en la ‘congeladora’ el Congreso de Guanajuato aprobó la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género en el estado, con lo que se deberán garantizar los derechos de las comunidades LGBTTTIQ+.

La aprobación se dio por unanimidad de las bancadas del PAN, Morena, PRI, Partido Verde y Movimiento Ciudadano en una entidad que ha mantenido un entorno político históricamente conservador.

Dicha iniciativa había sido presentada desde 2020 sin ser sometida a discusión, por lo que era considerada una deuda en la lucha de los derechos humanos.

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Apenas el 1 de febrero fue aprobada por la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables del Congreso, por lo que este jueves fue llevada al pleno y también logró todos los votos en sentido positivo.

“Dicha norma tiene por objeto establecer mecanismos de coordinación entre autoridades estatales y municipales; así como las bases de actuación de los poderes Legislativo y Judicial, y de los organismos autónomos para promover, proteger y garantizar de forma progresiva el pleno ejercicio de los derechos humanos de las personas de la diversidad sexual y de género“, detalló el Congreso en un comunicado.

Con esto se busca la creación de políticas públicas dirigidas a la población de la diversidad sexual y de género. Legisladores de los distintos partidos coincidieron en que la aprobación es un “hecho histórico para Guanajuato” y un paso para “eliminar la brecha de desigualdad y discriminación”.

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Congreso de Guanajuato

¿Qué dice la Ley de la Diversidad Sexual y de Género en Guanajuato?

La recién aprobada Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios busca garantizar los derechos de las personas LGBTIQ+.

De acuerdo con la legislación se precisan derechos como a la libertad, a la identidad, al libre desarrollo de la personalidad, a la integridad y a la seguridad personal y colectiva; a la certeza jurídica y al acceso a la justicia; a la salud; a la educación; al trabajo y a las garantías laborales; a la participación política; sexuales y reproductivos; a la igualdad y no discriminación y culturales.

También detalla las atribuciones de las dependencias para la aplicación de la nueva norma.

Por ejemplo, los poderes Legislativo y Judicial, así como los organismos autónomos deberán establecer acciones afirmativas que aseguren el desarrollo progresivo de los derechos.

También considera la creación de un Programa Estatal para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género, el cual deberá contener el señalamiento de los principales problemas y tendencias; la descripción de las oportunidades y obstáculos para el desarrollo de las personas de la diversidad; las acciones para la adecuada atención y reconocimiento de sus derechos; las actividades que estimulen su quehacer artístico, cultural y de expresión y los mecanismos de coordinación y concertación.

Otro de lo puntos de la ley señala que la Secretaría de Gobierno del estado y de los diferentes Ayuntamientos deberán contar con una Unidad de la Diversidad Sexual y de Género responsable de la ejecución, promoción e impulso de las acciones en materia de diversidad sexual y de género.