Redacción Animal Político · 31 de julio de 2025
Gerardo Vargas Landeros, alcalde desaforado de Ahome, Sinaloa, tramitó en otro estado un juicio de amparo contra su desafuero, aprobado por el Congreso local, con el que busca volver a sus funciones como titular del gobierno municipal.
El, hasta ahora, exfuncionario emprendió un proceso legal en el Juzgado Primero de Distrito de Zacatecas, bajo el expediente 1832/2025, en el que pidió amparo federal contra una orden de aprehensión por parte de la Fiscalía General del Estado (FGE) y de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
De igual manera, en el recurso alegó en contra del juicio de procedencia que aprobó el Congreso el pasado 2 de mayo, en el cual le quitaron el fuero y abrió la puerta para que la FGE pueda investigarlo por presuntos actos de corrupción.
Bajo este expediente, el 29 de julio un juez federal concedió una suspensión definitiva contra el juicio de procedencia y emitió como medida cautelar anular los efectos de dicho proceso, y dio un plazo de 48 horas para cumplirla.
A pesar de esto, la resolución no representa un fallo definitivo en favor de que Vargas Landeros sea restituido como alcalde de Ahome, por lo que continuará el juicio de amparo con la audiencia constitucional del próximo 8 de septiembre.

En otra resolución emitida el 16 de julio, el mismo juez primero de Zacatecas negó al quejoso la suspensión provisional en contra de los actos reclamados al legislativo local, justificando que incurrió en omisión de allegar elementos de pruebas, lo cual representa un conflicto jurídico que podría derivar en recursos de revisión ante el Tribunal Colegiado de Mazatlán.
Cabe destacar que el mismo 29 de julio, el Congreso de Sinaloa presentó un recurso de queja contra la admisión del amparo de Vargas Landeros.
Sobre el proceso legal del alcalde desaforado de Ahome, la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Congreso de Sinaloa señaló no haber sido notificada formalmente de ninguna resolución que conceda la suspensión definitiva, además de que las decisiones de Declaratoria de Procedencia son “inimpugnables” por resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
A la vez, precisaron que la resolución del juzgado de Zacatecas se refiere a una medida cautelar, la cual no entra al fondo del asunto, que está por desarrollarse en la audiencia constitucional del 8 de septiembre.
Los legisladores también dieron a conocer que se han interpuesto otros recursos de amparo en otros estados solicitando la suspensión, los cuales se han declarado improcedentes, “razón por la cual es improcedente volver a conocer del mismo tema, según lo dispone la Ley de Amparo en su artículo 145”.

De igual manera, se precisó que en ningún caso puede obtenerse suspensión contra un acto ya consumado, como en el caso de Vargas Landeros, cuya situación jurídica ya es la de vinculado a proceso y mientras esto no se resuelva no puede desempeñar un cargo de elección popular, según lo establecido en la constitución sinaloense.
“Estamos ante un acto de corrupción, toda vez que se invocó una supuesta orden de aprehensión en un estado diverso al hecho impugnado para tratar de forzar la competencia y la procedibilidad de la revisión de un acto jurídico que es constitucional y legal. La actuación del congreso sobre el caso Ahorne, es constitucional, y plenamente apegada a derecho”, concluye el posicionamiento, el cual fue leído durante la sesión por Teresa Guerra Ochoa , presidenta de la Jucopo.
Con información de Noroeste.