Redacción Animal Político · 10 de enero de 2026
El Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz (OPLE) aprobó el proceso para la elección extraordinaria en el municipio de Tamiahua, tras declararse la nulidad por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por el rebase de tope de gastos que realizó la candidata ganadora del Partido Verde, Citlali Medellín.
Dicha elección se celebrará el próximo 29 de marzo.
Durante sesiones extraordinarias, se extendió un plazo para las asambleas de organizaciones en proceso de constitución de partidos políticos locales.
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“Se aprobó en cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) en la que se determina que las organizaciones: “Asociación Veracruzana Antipopulismo A.C.”, “Alianza Local por Veracruz A.C.”, “Cruzada Ciudadana Alterna A.C.” y “Bienestar y Justicia Social A.C.”, tendrán derecho a la prórroga ordenada”, señaló el OPLE.

En ese sentido, del 9 al 13 de enero se programarán las asambleas por parte de las organizaciones políticas mencionadas y del 15 de enero al 25 de febrero del 2026 se cumplirá con la ampliación del plazo para la celebración de asambleas y recepción de afiliaciones.
“La fecha límite para presentar la solicitud formal de registro será el 28 de febrero y el 1 de julio del 2026 surtirá efectos constitutivos el registro de los partidos políticos”, aclaró el OPLE.
El OPLE publicó la convocatoria para quien esté interesado en obtener su registro bajo la figura de “Candidaturas Independientes” para el cargo de Presidencia Municipal y Sindicatura del Ayuntamiento de Tamiahua, Veracruz, en el Proceso Electoral Local Extraordinario 2026.
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“La Secretaría Ejecutiva, a través de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del OPLE Veracruz, será la instancia encargada de recibir y tramitar las solicitudes presentadas por la ciudadanía interesada en participar bajo la figura de candidatura independiente, así como de realizar los actos derivados de dicho procedimiento”, señaló la convocatoria.
Declaró que las ciudadanas o ciudadanos que aspiren a obtener los cargos de presidencia municipal y sindicatura deben tener propuestas en fórmulas compuestas por una persona propietaria y suplente del mismo género.
“No obstante, esta regla podrá exceptuarse cuando la persona propietaria que encabeza la fórmula sea hombre; en tal circunstancia, se permitirá que la suplencia corresponda a una mujer, pero no a la inversa. Además, deberá respetarse la alternancia de género entre los cargos”, reiteró.
De acuerdo con la convocatoria, los requisitos son los siguientes:

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