Alfredo Maza · 28 de mayo de 2024
Por mayoría de 8 votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló una reforma al Poder Judicial de Baja California, propuesta por el entonces gobernador Jaime Bonilla, con la que se otorgaba al Poder Ejecutivo local la facultad de proponer de forma directa a los magistrados del Tribunal Superior de Justicia.
De esta forma, debido a que se cometieron diversas “violaciones al procedimiento legislativo”, la Corte invalidó el Decreto 110 publicado en el Periódico Oficial de la entidad el 19 de octubre de 2020 en la que también se aprobó eliminar al Consejo de la Judicatura Local y cambiarlo por una Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina.
El ministro ponente Alberto Pérez Dayán explicó que el asunto fue resuelto luego de que el propio Poder Judicial del Estado de Baja California presentó una controversia constitucional en contra de este decreto, al considerar que se cometieron diversas violaciones en el procedimiento.
La discusión del asunto inició desde la sesión del pasado martes 21 de mayo de 2024 en la que el ministro Pérez Dayán señaló que “no se cumplió con la disposición que obliga a los Congresos locales a dar participación a quienes se puedan ver afectados con la propia iniciativa”, en este caso el Poder Judicial local y diversos municipios del Estado.

“Al respecto, la Suprema Corte ha considerado que esa omisión no solo es una falta al proceso de creación de normas, sino que en el caso del Poder Judicial se trata de una vulneración a lo previsto en el artículo 116, fracción III, de la Constitución Federal”, que habla sobre la división de poderes en el país.
Entre las otras violaciones al procedimiento legislativo explicó que en la primera citación del Congreso no se adjuntó la iniciativa, mientras que la segunda citación se hizo de manera extemporánea y en ella se señaló expresamente que en la sesión en la que participaría el Poder Judicial se trataría “solamente sobre el tema de la limitación de la eliminación del Consejo de la Judicatura” local.
Además, señaló que un día antes de la sesión, un diputado presentó un oficio con una adenda en la que solicitó a los demás diputados incluir en la discusión todos los temas de la iniciativa original y no solo la eliminación del Consejo de la Judicatura. No obstante lo anterior, el Poder Judicial no recibió dicha adenda.
“De las diversas actuaciones se obtienen determinadas irregularidades en cuanto al cumplimiento de la obligación de dar debida intervención, puntual y completa al Poder Judicial que en lo individual no afectarían el propósito de su participación, pero en conjunto sí, ya que impacta la manera en que este puede participar, informar y oponerse y es que, sin estos extremos, la Constitución local y la Ley Orgánica del Órgano Legislativo, se ven profundamente alterados”, señaló Pérez Dayán.

Al respecto, la ministra Yasmín Esquivel Mossa, que votó en contra, señaló que si bien fueron ciertos los aspectos antes explicados “de cualquier forma pudo comparecer (el Poder Judicial) ante dicha comisión y expresar su punto de vista”.
“Y aún cuando es cierto que se le había informado al Poder Judicial que solo se trataría de un tema de la eliminación del Consejo de la Judicatura local, finalmente la reforma tuvo un alcance mayor, esa deficiencia no tiene potencial invalidante que se argumenta, pues la opinión que hubiera expresado el Poder Judicial tampoco tiene un carácter vinculante para los legisladores”, dijo, postura que fue compartida por la ministra Ortiz Ahlf y la ministra Lenia Batres.
Al respecto, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo explicó el día de hoy -al reanudarse la discusión- que, si bien es cierto que se citó al Poder Judicial de Baja California, ya en la propia sesión “se introdujeron muchos otros temas” sin tomar en cuenta la participación del Poder afectado, por lo que “no se cumplió con el objetivo de escuchar al Poder Judicial respecto de las normas que eventualmente puedan afectar su funcionamiento”.
“Creo yo que el requisito no es solamente que esté presente un representante del Poder Judicial, sino que tenga conocimiento de cuáles serán los temas a debatir y aunque también estoy consciente que la opinión de ese representante no es vinculatoria para los legisladores del estado, sí creo que la finalidad de evidente de esta norma es escuchar el punto de vista de la institución a la que de manera directa impactan las modificación propuestas”, dijo.
Por este motivo, el Pleno de la Corte votó a favor de que la invalidez del secreto sea efectiva a partir de que el Congreso de Baja California sea notificado de la resolución del Máximo Tribunal del país.